El Presidente del Fondo Español de Garantía
Agraria en relación al procedimiento seguido contra
Chocolates y Galletas Art d' Ibérica, Sociedad
Anónima (expediente número 2-408/03), y para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Hago saber: Que mediante resolución de fecha
31-3-2004, este Organismo acordó reclamar a la
mencionada Firma la cantidad de 1.212,47 euros
por restituciones indebidamente percibidas,
cantidad que deberá hacerse efectiva en un plazo de
treinta días mediante transferencia bancaria en la
entidad 9000 Banco de España, Sucursal: 0001
Madrid, C/c: 20-0200009025 "FEGA-FEOGA
Garantia Organismo Pagador", con la advertencia
de que, si transcurrido ese plazo no se hubiese
realizado el reintegro, se iniciará la vía de apremio
con los consiguientes recargos e intereses. Contra
dicha resolución podrá interponerse recurso de
alzada ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación en el plazo de un mes a contar desde
la publicación de este anuncio.
Madrid, 26 de abril de 2004.-El Presidente, P.S.R.
Art. 4.3 a) Estatuto FEGA, aprobado por R.D.
1441/01, de 21-12-01, B.O.E. 14-1-2002, el
Secretario General.-Fdo.: Carlos Sánchez Laín.-25.396.
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