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Documento BOE-B-2004-149067

Resolución del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música de incoación de expediente de reintegro de las subvenciones concedidas a "Cianuro Producciones, Sociedad Limitada", por Resolución de 20 de junio de 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 21 de junio de 2004, páginas 5488 a 5488 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-B-2004-149067

TEXTO

Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación

ordinaria a Cianuro Producciones, Socieda

Limitada, se le notifica que por la Subdirección General

de Teatro se le ha dirigido el escrito que expresa

en los siguientes términos:

Expediente número 01.00/013-03.

Interesado: Cianuro Producciones, Sociedad

Limitada.

Procedimiento: Reintegro de subvención.

Fecha: 23 de febrero de 2004.

Por Resolución de este Instituto de fecha 20 de

junio de 2003 se concedió a "Cianuro Producciones,

Sociedad Limitada" una subvención por importe

de treinta mil euros (30.000,00 uros), en la

modalidad de Apoyo a la Difusión de la Dramaturgia

Española Viva, con la obra "El Cianuro.... olo

o con leche?" de Juan José Alonso Millán, con

las condiciones establecidas en la Orden de 10 de

marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 18

de marzo).

Entre dichas condiciones, figura en el punto

undécimo de la citada Orden la obligación de justificar

la aplicación de los fondos públicos percibidos antes

del 31 de enero de 2004, condición que no se ha

cumplido a esta fecha.

A los hechos descritos con anterioridad resulta

de aplicación el artículo 81.4 de la Ley General

Presupuestaria, aprobada por Real Decreto

Legislativo 1091/1998, de 23 de septiembre, en su

redacción dada por el artículo 13.3 de la Ley 31/1999,

de 27 de diciembre, que establece que "procederá

el reintegro de las cantidades percibidas y la

exigencia del interés de demora desde el momento

del pago de la subvención y en la cuantía fijada

en el artículo 36 de esta Ley, en los siguientes casos:

a) Incumplimiento de la obligación de justificación,

y d) Incumplimiento de las condiciones impuestas

a los beneficiarios con motivo de la concesión de

la subvención". El apartado decimoquinto de la

Orden de 10 de marzo de 2003 realiza una remisión

expresa a los preceptos de la Ley General

Presupuestaria, y establece el procedimiento a seguir para

el reintegro de subvenciones.

En consecuencia con todo lo anterior, este

Instituto, sin perjuicio de la responsabilidad por

infracción administrativa que pueda derivarse de los

hechos descritos, en ejercicio de las competencias

que tiene atribuidas y de conformidad con lo

dispuesto en el Reglamento General de Recaudación

(Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre,

Boletín Oficial del Estado de 3-1-91), así como en el

artículo 81 del texto refundido de la Ley General

Presupuestaria, en la redacción dada por la Ley

31/1990, de 27 de diciembre, de los Presupuestos

Generales del Estado, acuerda incoar expediente de

reintegro de la subvención concedida a "Cianuro

Producciones, Sociedad Limitada", en el año 2003,

con cargo a la Aplicación Presupuestaria

18.207/475, Programa 456-B "Teatro", más el

interés de demora desde el pago de dicha subvención

hasta la fecha de resolución, y abrir un período

de audiencia según lo establecido en el artículo 84

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción

dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como

en el artículo 8 del Reglamento del Procedimiento

para la Concesión de Subvenciones Públicas,

aprobado por Real decreto 2225/1993, de 17 de

diciembre, para que en el plazo máximo de quince días

se aporte por el interesado los documentos o las

alegaciones que estime pertinentes antes de dictar

la resolución que proceda.

Notifíquese a Cianuro Producciones, Sociedad

Limitada, de conformidad con lo establecido en el

artículo 58 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en

la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero.

En Madrid, a 28 de mayo de 2004.-Subdirector

General de Teatro. Fdo.: Fernando Cerón

Sánchez-Puelles.-31.830.

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