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Documento BOE-B-2004-150095

NOTARÍA DE D. RICARDO SÁNCHEZ JIMÉNEZ

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 22 de junio de 2004, páginas 5528 a 5528 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2004-150095

TEXTO

Edicto

Yo, D. Ricardo Sánchez Jiménez, Notario del Ilustre

Colegio de Valencia con residencia en Alicante,

Hago saber: Que en mi Notaría se sigue

procedimiento extrajudicial al amparo de lo dispuesto

en el artículo 16.2 de la Ley 28/1998, de 13 de

Julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, a

instancia de FCE Bank PLC Sucursal en España y,

en virtud de acta de requerimiento autorizada ante

mí, con el número 3.058 de mi protocolo, de fecha

24 de diciembre de 2003, se requiere de pago a

doña Salustiana Jiménez Amador, en paradero

desconocido, en su calidad de Comprador del Contrato

de Financiación a Comprador de Automóviles

número 181123, de fecha 28 de enero de 2002,

suscrito con FCE Bank PLC Sucursal en España,

como Financiador, para la financiación de la

adquisición del vehiculo Mazda Premacy Ex DVTAA

5 D t u r i s m o , n ú m e r o d e b a s t i d o r

JMZCP19R201158826, matrícula 1682-BSK. El

requerimiento de pago se efectúa sobre la suma

total de once mil trescientos dieciocho euros con

noventa y cinco céntimos (11.318,95 euros), de

principal, más tres mil trescientos euros (3.300,00

euros), presupuestados para intereses y costas, sin

perjuicio de ulterior liquidación, siendo la causa del

vencimiento de la obligación el impago de más de

dos plazos de los pactados en el contrato de

financiación suscrito, conforme a lo dispuesto en el

Artículo 10.2, último párrafo, de la Ley 28/1998, de

13 de Julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.

Todo ello haciendo constar que, si la deudora

no pagara los citados importes en el plazo de tres

días, se procederá a la subasta o adjudicación

notarial de los bienes sin necesidad de nuevas

notificaciones ni requerimientos, reservándose FCE Bank

PLC Sucursal en España el derecho de actuar en

la forma prevista en el segundo y tercer párrafo

del apartado c), con relación al apartado e), del

artículo 16.2 de la Ley 28/1998, dejando, a

disposición del requerido, el excedente que pudiera

resultar de la subasta o adjudicación notarial, en

su caso.

Alicante, 1 de marzo de 2004.-El Notario,

D. Ricardo Sánchez Jiménez.-31.728.

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