Por Resolución de fecha 2 de febrero de 2004,
se aprueba el Proyecto de construcción arriba
indicado.
Es de aplicación el apartado 1 del artículo 8 de
la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, a
cuyo tenor se declara de urgencia la ocupación de
los bienes por la expropiación forzosa a que dé
lugar la construcción de la mencionada obra. La
tramitación del correspondiente expediente
expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento
de urgencia previsto en el artículo 52 de la vigente
Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26
de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el articulo 98 de
la Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a
lo señalado en las reglas 2y 3de su
artículo 52, ha resuelto convocar a los propietarios que
figuran en la relación que se hará pública en el
Boletín Oficial de la Provincia de Girona, y que
se encuentra expuesta en el tablón de anuncios de
los Ayuntamientos de Riudellots de la Selva y Caldes
de Malavella, así como en el de esta Demarcación
de Carreteras y en la Unidad de Carreteras de
Girona para que asistan al levantamiento de las Actas
Previas a la Ocupación en el lugar, día y hora que
a continuación se indica:
Término Municipal: Riudellots de la Selva.
Lugar: Ayuntamiento de Riudellots de la Selva.
Días: 26 y 27 de julio de 2004, a partir de las 09:00
horas.
Término Municipal: Caldes de Malavella.
Lugar: Ayuntamiento de Caldes de Malavella.
Días: 27, 28 y 29 de julio de 2004, a partir de
las 09:00 horas.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en los diarios "La Vanguardia"
y "El Punt" y en el "Boletín Oficial de Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, servirá como notificación a los
posibles interesados no identificados, a los titulares de
bienes y derechos afectados que sean desconocidos
y a aquellos de los que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian,
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario
Conforme establece el artículo 56.2 del
Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento
en que se proceda al levantamiento de las citadas
Actas Previas a la Ocupación, los interesados podrán
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras, Calle de la Marquesa 12, 08003
Barcelona, o en la Unidad de Carreteras de Girona,
Rda. Ferran Puig, 24, 17001 Girona, alegaciones
a los solos efectos de subsanar posibles errores que
se hayan producido al relacionar los bienes afectados
por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Barcelona, 21 de junio de 2004.-El Jefe de la
Demarcación, Fdo.: Vicente Vilanova
Martínez-Falero.-33.458.
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