Antecedentes de hecho
Primero.-Con fecha 11 de marzo de 2002, esta
Dirección General de Industria, Energía y Minas
autorizó a Compañía Sevillana de Electricidad,
Sociedad Anónima (actualmente Endesa
Distribución), la instalación de una línea Alta Tensión 66
kV, interprovincial Córdoba-Jaén, con origen en la
subestación "Priego de Córdoba" (Córdoba) y final
en la subestación "Alcalá la Real" (Jaén) y cuya
finalidad era mejorar la calidad de servicio.
Segundo.-Consta en el expediente Declaración
de Impacto Ambiental favorable, emitido por la
Dirección General de Prevención y Calidad
Ambiental de fecha 31 de mayo de 2001 (B.O.J.A.
13 de septiembre de 2001).
Tercero.-Con fecha 20 de septiembre de 2001,
la citada empresa solicitó en esta Dirección General
de Industria, Energía y Minas la aprobación del
Proyecto de Ejecución y la Declaración en concreto
de Utilidad Pública.
Cuarto.-De acuerdo con el artículo 53 de la
Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre
de 1954 sobre expropiación forzosa y artículos 6
y siguientes del Decreto 2619/1966, de 20 de
octubre, se sometió el expediente a información pública,
insertándose anuncios en el Boletín Oficial del
Estado número 140, de 12 de junio de 2002, Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía número 30 de
12 de marzo de 2002, Boletín Oficial de la provincia
de Jaén número 81 de 10 de abril de 2002, Boletín
Oficial de la provincia de Córdoba número 54, de
20 de marzo de 2002, Diario de Jaén de 19 de
abril de 2002 y Diario de Córdoba de 29 de
diciembre de 2001.
Quinto.-De acuerdo con los artículos 12 y
siguientes del Decreto 2617/1966, se remitieron
separatas a los efectos de los correspondientes
condicionados, a los siguientes organismos y entidades
afectadas:
Excelentísimo Ayuntamiento de Priego de
Córdoba.
Excelentísimo Ayuntamiento de Almedinilla.
Excelentísima Diputación Provincial de Córdoba.
Ministerio de Fomento (Carreteras).
Consejería de Medio Ambiente (Vías Pecuarias).
Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
Telefónica de España.
Excelentísimo Ayuntamiento de Alcalá la Real.
Excelentísima Diputación Provincial de Jaén.
Consta en el expediente que estos organismos
emitieron su correspondiente condicionado que
fueron aceptados por la empresa solicitante.
Sexto.-Se remitió a todos los afectados por la
instalación en cuestión copia del anuncio de
información pública, que en su día se remitió a los
distintos boletines y diarios.
De todos los afectados presentaron alegaciones
los siguientes:
Doña Carmen Cobo Zamora.
Don Diego Cobo Zamora.
Doña Rosa Álvarez Carrillo Muñoz.
Don José Blas Luque Acosta (hijo de D. Antonio
Luque García).
Don Pablo Luque Acosta (hijo de D. Antonio
Luque García).
Dichas alegaciones fueron remitidas a la empresa
solicitante y contestadas por ésta.
Fundamentos de derecho
Primero.-Esta Dirección General de Industria,
Energía y Minas es competente para conceder la
solicitada Aprobación de Proyecto, Declaración en
concreto de Utilidad Pública y Expropiación
Forzosa de la Línea en cuestión según lo dispuesto
en el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, Decreto del Presidente de
la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre
Reestructuración de Consejerías y Decreto
201/2004, de 11 de mayo, sobre Estructura
Orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y
Empresas.
Segundo.-La Aprobación del Proyecto de
Ejecución, de instalaciones eléctricas está regulado por
el artículo 12 del Decreto 2617/1966, en virtud
de la Disposición Transitoria Primera de la Ley
54/1997, del Sector Eléctrico.
La Declaración en concreto de Utilidad Pública
está regulada por el artículo 53 de la Ley 54/1997,
del Sector Eléctrico y artículo 52 de la Ley 16/1954,
sobre Expropiación Forzosa.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación, esta Dirección General de
Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de
Energía, resuelve:
Primero.-Aprobar el Proyecto de Ejecución de
la Línea de Alta Tensión 66 kV referenciada,
solicitada por la Empresa Endesa Distribución, cuyas
características principales serán:
Origen: subestación "Priego de Córdoba".
Final: subestación "Alcalá la Real".
Longitud: 24 kilómetros. Longitud Provincia de
Córdoba 15,5 kilómetros. Longitud Provincia de
Jaén 8,5 kilómetros.
Términos Municipales afectados: Priego,
Almedinilla en Córdoba, Alcalá la Real en Jaén.
Tipo: Aérea Simple Circuito.
Tensión en servicio: 66 kV.
Cable de tierra: AC-50.
Apoyos: metálicos Galvanizados.
Conductores: LA-180.
Aislamiento: Cadenas U-70 BS.
Segundo.-Declarar en concreto su Utilidad
Pública, que lleva implícita la necesidad de ocupación
de bienes o de adquisición de los derechos que
constan en la "relación de bienes afectados", que
se publicó en la fase de información pública, en
los distintos boletines oficiales y diarios y que, se
remitió también a todos y cada uno de los afectados,
lo que implica la urgente ocupación a los efectos
del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Tercero.-Antes de proceder a la puesta en servicio
de las instalaciones deberá tener en cuenta lo
siguiente:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con
el proyecto presentado, con las variaciones que, en
su caso se soliciten y autoricen, así como con los
condicionados emitidos por los distintos organismos
y los que consta en la Declaración de Impacto
Ambiental, anteriormente citada.
2. El plazo de puesta en marcha será de 1 año
contado a partir de la fecha de notificación de la
presente resolución.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta
de la terminación de las obras a las Delegaciones
Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia
y Empresas de Córdoba y Jaén a efectos de
reconocimiento definitivo y emisión de las
correspondientes Actas de puesta en servicio.
Contra la presente Resolución que no pone fin
a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
de alzada, ante el Excelentísimo señor Consejero
de Innovación, Ciencia y Empresas, en el plazo
de un mes, contado a partir del día de su
notificación, de conformidad con lo establecido en el
artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero,
de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Sevilla, 31 de mayo de 2004.-El Director General
de Industria, Energía y Minas, Jesús Nieto
González.-34.001.
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