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Documento BOE-B-2004-163113

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana referente a la expropiación forzosa para la realización de las obras del proyecto de regulación del Canal de Lobón, términos municipales de Badajoz y Lobón (Badajoz), modificado.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 7 de julio de 2004, páginas 6064 a 6064 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2004-163113

TEXTO

La Ley 7 de abril de 1952 aprueba el plan de

obras de colonización, industrialización y

electrificación de la provincia de Badajoz, determinando

la urgencia de la ocupación de los terrenos afectados

mediante el Decreto de 13 de mayo de 1953.

En cumplimiento de lo preceptuado en los

artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16

de diciembre de 1954 y el 56 de su Reglamento,

se convoca a los propietarios para el levantamiento

de las correspondientes actas previas de ocupación,

que tendrá lugar, de acuerdo con los turnos

establecidos y que se publican en los tablones de edictos

de los Ayuntamientos afectados el próximo día 9

de julio de 2004, a las diez horas, en el

Ayuntamiento de Lobón y once horas, en el

Ayuntamiento de Badajoz. No obstante lo anterior, si algún

afectado así lo solicita, el citado levantamiento se

producirá en los propios terrenos a expropiar.

A dicho acto podrán asistir los afectados

personalmente, o bien representados por una persona

debidamente autorizada, para actuar en su nombre.

Aportarán la documentación acreditativa de la

titularidad de los bienes objeto de expropiación

(certificado del Registro de la Propiedad, escritura

pública o fotocopias compulsadas de esos documentos,

así como los recibos del IBI de los dos últimos

años o fotocopias compulsadas de los mismos). Los

afectados pueden hacerse acompañar a su costa de

Perito y Notario, si lo estiman oportuno.

Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley

de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957,

las personas que se consideren afectadas podrán

formular por escrito, ante esta Confederación, hasta

el momento del levantamiento de las actas previas

a la ocupación, alegaciones a los solos afectos de

subsanar posibles errores que se hayan podido

producir, al relacionar los bienes afectados.

La relación de propietarios afectados se encuentra

expuesta en el tablón de edictos de los

Ayuntamientos citados.

Badajoz, 18 de junio de 2004.-El Secretario

general, Diego de la Cruz Otero.-&34.354.

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