Por Orden Ministerial de 8 de enero de 1993
se aprobó el deslinde de los bienes de dominio
público marítimo-terrestre en las Salinas de Calpe, en
el término municipal de Calpe (Alicante).
Con fecha 26 de junio de 2003, tiene entrada
en la Dirección General de Costas, la Sentencia
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Supremo de fecha 16 de abril de 2003 que
declara que no ha lugar al recurso de casación
núme
ro 3349/97, interpuesto por la Administración
General del Estado contra la Sentencia de fecha
25 de octubre de 1996, que deviene firme, dictada
por la Sección Primera de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que
estimaba el recurso contencioso-administrativo
número 443/1994, interpuesto por Mercantil
Deborja, S.A., y declaraba contraria a derecho, anulándola,
la Orden Ministerial de 8 de enero de 1993, por
la que se aprobó el deslinde de las Salinas de Calpe.
Dicha Sentencia dice en su parte dispositiva lo
siguiente:
"Fallamos: Que declaramos no haber lugar al
recurso de casación número 3349/97 y, en
consecuencia, confirmamos la sentencia dictada por la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, Sección Primera, de fecha 25 de
octubre de 1996 y en su recurso
contencioso-administrativo número 443/94."
Consideraciones jurídicas:
Visto el fallo de la Sentencia de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo
de fecha 16 de abril de 2003, dictada en el recurso
de casación número 3349/97, procede ejecutar la
sentencia en sus propios términos.
En su virtud, la Dirección General de Costas, por
delegación de la Excma. Sra. Ministra, ha resuelto:
Declarar nula y dejar sin efecto la Orden
Ministerial de 8 de enero de 1993, por la que se aprobó
el deslinde de los bienes de dominio público
marítimo-terrestre en las Salinas de Calpe, en el término
municipal de Calpe (Alicante).
Se acompaña una relación de interesados con su
último domicilio conocido:
Don Antonio Buigues Jornet y doña Elena Soler
Javaloy, avenida de los Ejércitos Españoles, s/n.
03710 Calpe (Alicante).
Don Francisco Davó Escrivá, en representación
de don Juan María Buigues Galarza, calle Conde
Montornés, 4-4.o, 46003 Valencia.
Doña Jacinta Buigues Marí, calle Castellón, 12-10,
46004 Valencia.
Doña Josefa Isabel Belliure Herrero, avenida
Ifach, 17-6.o-13, 03710 Calpe.
Alicante, 22 de junio de 2004.-El Jefe del Servicio
Provincial de Costas, Tomás Prieto Martín.-34.515.
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