No siendo posible practicar la notificación del
trámite de referencia a la Entidad Mercantil
"Foreing Information Service, Sociedad Limitada", por
causas no imputables a esta Comisión del Mercado
de las Telecomunicaciones (según el servicio de
Correos caducado en lista), de acuerdo con lo
establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (en adelante, LRJPAC), se
procede a notificarle por este medio que, con fecha
de 14 de abril de 2004, el Secretario del Consejo
de la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones, ha resuelto, en relación con el expediente
administrativo 2004/602: "No tener por realizada
la notificación a la que se refiere el artículo 6.2
de la Ley General de Telecomunicaciones, efectuada
por la entidad "Foreign Information Service,
Sociedad Limitada", para la prestación de servicios de
comunicaciones electrónicas consistentes en la
prestación del servicio de consulta telefónica sobre
números de abonado, por no reunir los requisitos
establecidos en dicha Ley".
Asimismo, se pone de manifiesto que contra la
presente Resolución que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de
esta Comisión en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de su notificación o, directamente,
recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo
Contencioso Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 48, apartado 17, de la
Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de
Telecomunicaciones, la Disposición adicional cuarta,
apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y el artículo 116 del la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto en
el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.
Madrid, 1 de julio de 2004.-Por Delegacion del
Consejo de la CMT (Resolución de 18.12.97: BOE
núm. 25, de 29.01.98).-El Secretario del Consejo
de la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones, Jaime Velázquez Vioque.-35.120.
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