Está Vd. en

Documento BOE-B-2004-168068

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Las Palmas sobre acuerdo de 14 de mayo de 2004, de delegación de competencias del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas en el Presidente de la misma, en materia de recaudación de las tasas y en materia sancionadora, y acuerdo de 27 de febrero de 2004, de delegación de competencia del Presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas en el Director de la misma para el otorgamiento de autorizaciones de ocupación de dominio público portuario.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 13 de julio de 2004, páginas 6216 a 6216 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2004-168068

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad

Portuaria de Las Palmas, en sesión celebrada el 14

de mayo de 2004, con el fin de dotar de la necesaria

agilidad, eficacia y operatividad en la tramitación

de los respectivos expedientes, y de conformidad

con el artículo 41.2 g) de la Ley 27/1992, de 24

de noviembre de Puertos del Estado y de la Marina

Mercante, modificada por la Ley 62/1997, de 26

de diciembre, y por la Ley 48/2003, de 26 de

noviembre de régimen económico de los puertos

de interés general, acordó delegar en su Presidente

las siguientes competencias:

1. La función de recaudar las tasas por

utilización privativa o aprovechamiento especial del

dominio público portuario, así como las tasas por

prestación de servicios no comerciales, y resolución

de los recursos de reposición sobre las mismas.

2. La competencia para la resolución e imposición

de las sanciones leves previstas en la Ley 27/1992,

de 24 de noviembre de Puertos del Estado y de la

Marina Mercante, modificada por la Ley 62/1997,

de 26 de diciembre, y por la Ley 48/2003, de 26

de noviembre, de régimen económico de los

puertos de interés general.

Los presentes Acuerdos del Consejo de

Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas

agotan la vía administrativa de acuerdo con lo

previsto en el artículo 109 c) de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, por lo que de conformidad con

lo establecido en el artículo 116 del citado texto

legal podrá interponerse recurso de reposición ante

el propio Consejo de Administración de la

Autoridad Portuaria en el plazo de un mes contado a

partir del día siguiente al de la publicación de la

presente Resolución o interponer recurso

Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de

Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, en

virtud de lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, el Presidente de la Autoridad Portuaria

de Las Palmas, mediante resolución de fecha 27

de febrero de 2004, acordó delegar en el Director

la competencia que le reconoce el artículo 103.3

de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre de régimen

económico de los puertos de interés general, para

otorgar o denegar las solicitudes de autorizaciones

de ocupación del dominio público portuario cuyo

plazo de vigencia no exceda de tres (3) meses.

Las anteriores delegaciones de competencia se

amparan en lo dispuesto en el artículo 13 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, según redacción

dada por la Ley 4/1999.

Lo que se hace público de conformidad a lo

previsto en el artículo 13 y 60 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de julio de 2004.-El

Director, Esteban Del Nero Benéitez.-35.501.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid