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Por Resolución de fecha 17 de junio de 2002,
se aprueba el Proyecto de construcción arriba
indicado.
Es de aplicación el artículo 8 de la Ley 25/1988
de 29 de julio de Carreteras, modificado por el
artículo 77 de la Ley 24/2001 de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social a cuyo tenor,
la aprobación de los proyectos de carreteras estatales
implicará la declaración de utilidad pública y la
necesidad de urgente ocupación y adquisición de
derechos correspondientes, a los fines de expropiación,
de ocupación temporal o de imposición o
modificación de servidumbres. La tramitación del
correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar,
por tanto, al procedimiento de urgencia previsto
en los artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y concordantes
de su Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el Art. 98 de la
LEF y atendiendo a lo señalado en las reglas 2
y 3de su Art. 52, ha resuelto convocar a los
propietarios que figuran en la relación que se hará
pública en el Boletín Oficial de la Provincia de León,
y que se encuentra expuesta en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Mansilla de las Mulas, así
como en el de esta Demarcación de Carreteras y
en la Unidad de Carreteras del Estado en León,
para que asistan al levantamiento de las Actas
Previas a la Ocupación, en el lugar, día y horas que
a continuación se indican:
TMunicipal: Mansilla de las Mulas.
Lugar: Ayuntamiento de Mansilla de las Mulas.
Día: diecisiete de agosto de dos mil cuatro.
Horas: de nueve treinta a catorce quince horas.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en los diarios el "Diario de León"
y "El Mundo-La Crónica de León" así como en
el "Boletín Oficial de Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Conforme establece el Art. 56.2 del Reglamento
de Expropiación Forzosa, hasta el momento en que
se proceda al levantamiento de las citadas actas
previas a la ocupación, los interesados podrán
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental
(Avda. José Luis Arrese, s/n, 47071 Valladolid) y
ante la Unidad de Carreteras del Estado en León
(C/ San Agustín, 9 24071 León ) alegaciones a
los solos efectos de subsanar posibles errores que
se hayan producido al relacionar los bienes afectados
por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Valladolid, 5 de julio de 2004.-El Jefe de la
Demarcación. Fdo. Antonio del Moral
Sánchez.-35.755.
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