La Dirección General del Patrimonio del Estado,
de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 17 y 45 a 47 de la Ley de Patrimonio de las
Administraciones Públicas, de 3 de noviembre de
2003, con fecha 19 de mayo de 2004 ha acordado
iniciar expediente de investigación sobre la presunta
propiedad patrimonial de los inmuebles que a
continuación se describen:
Finca A: Parcela urbana de terreno rocoso, muy
escarpada, de tres mil doscientos setenta y ocho
metros cuadrados, medidos en proyección
horizontal, que constituye la cima del promontorio
denominado de Monteagudo, en la pedanía del mismo
nombre, del término municipal de Murcia.
Sobre dicha parcela se asientan las ruinas de la
fortaleza y castillo de Monteagudo, a la que se
accede a través de unas cuestas y escaleras que parten
de la plaza Virgen de la Antigua.
La parcela tiene forma irregular siguiendo las
curvas del nivel del terreno, y se encuentra rodeada
en su totalidad de la finca B que se describe
seguidamente.
Esta parcela está inscrita en el Registro de la
Propiedad de Murcia nUNO, a favor de la Excma.
Sra. DAntonia Hernández de Córdoba, al
folio 203, tomo 113, finca n8.600, desde el 19
de diciembre de 1.867
Finca B: Parcela urbana de terreno escarpado,
de ocho mil ochocientos siete metros cuadrados,
medidos en proyección horizontal, que constituye
la falda del promontorio denominado Monteagudo,
en la pedanía del mismo nombre, del término
municipal de Murcia.
La parcela tiene forma irregular y linda: al Norte,
con las parcelas catastrales 71002005, 06, 10, 11
y 18; Sur, con las parcelas 7100213 y 14, y camino
de subida al cerro, denominado C/ Collado; Este,
parcela 7100212; y Oeste, parcela 7100217.
En el interior de esta parcela, y como finca
independiente, se encuentra la finca A descrita
anteriormente en la que se ubican las ruinas del castillo.
Ambas fincas están incluidas en la parcela con
referencia catastral 7100216XH6170S0001W.
Dentro de la finca A, ubicado en la parte más
alta del recinto del castillo, se sitúa el Monumento
al Corazón de Jesús, el cual queda excluido de la
investigación por entender que pertenece al común
de los vecinos que costearon su construcción,
considerándolo un bien comunal del municipio.
Lo que se hace público para general conocimiento,
advirtiendo que de conformidad con lo dispuesto
en el art. 20 y siguientes del Reglamento del
Patrimonio del Estado (Decreto 3588/1964, de 5 de
noviembre), en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente a la publicación de este anuncio
en los Boletines Oficiales del Estado y de la Región
de Murcia, podrán las personas o entidades
afectadas por el expediente de investigación, alegar por
escrito ante la Delegación de Economía y Hacienda
de Murcia, cuanto estimen conveniente a su derecho
sobre las citadas fincas, acompañando los
documentos en que funden sus alegaciones.
Murcia a 15 de junio de 2004.-El Delegado
Provincial de Economía y Hacienda, Antonio Nieto
García.-37.726.
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