Visto el expediente incoado en la Dirección
General de Energía del Departamento de Trabajo,
Industria, Comercio y Turismo de La Generalidad de
Cataluña, a instancia de "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", con domicilio en La Moraleja,
Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los
Gaitanes 177, solicitando la autorización administrativa
de la ampliación de la instalación eléctrica arriba
citada.
Resultando que la subestación de Begas fue
autorizada por Resolución de la Dirección General de
la Energía del Ministerio de Industria y Energía
de fecha 21 de julio de 1981.
Resultando que sometida la petición de "Red
Eléctrica de España, Sociedad Anónima", a información
pública, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 125 del Real Decreto 1995/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, no se han presentado
alegaciones ni oposición alguna durante el plazo
reglamentario a la autorización solicitada.
Resultando que remitido un ejemplar del proyecto
al Ayuntamiento de Beges y al ayuntamiento de
Vallirana, en cuyos términos municipales radica la
subestación, a fin de que, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 127 y 131 del citado Real
Decreto 1995/2000, informen sobre su
conformidad, objeciones o reparos y establezcan, en su caso,
el condicionado que se estime oportuno, se ha
emitido conformidad al proyecto por el Ayuntamiento
de Begues.
Resultando que por el Ayuntamiento de Vallirana
se emite escrito en el que se manifiesta que:
No se tendría inconveniente en emitir un informe
favorable para que se pudiera proceder a la
ampliación de la subestación de Begues.
No obstante, se muestra su oposición a la
ampliación proyectada por no contemplar paralelamente
una solución a los graves problemas de suministro
eléctrico que padece el municipio de Vallirana.
Resultando que por "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima" se contesta al escrito de la
referida Administración, manifestando que:
Los "supuestos problemas" de suministro eléctrico
no resultan en modo alguno de su competencia
y responsabilidad, siendo esta una cuestión de
desarrollo de la red de distribución a resolver con
la compañía distribuidora de la zona.
Dicho desarrollo de la red de distribución
requerirá de las correspondientes autorizaciones y
permiso, siendo la actividad de distribución ajena por
completo al objeto social de Red Eléctrica, la cual
únicamente puede realizar la actividad de transporte
de energía eléctrica en virtud de lo establecido en
la Ley 54/1997, de 26 de noviembre, del Sector
Eléctrico.
Que la ampliación proyectada supone un
importante refuerzo de la red de transporte, y como
consecuencia, de todo el sistema eléctrico, lo que
facilitará un mejor desarrollo de la red de distribución
de la zona.
Visto el informe favorable emitido por el
Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo
de Barcelona de la Generalidad de Cataluña.
Visto el informe emitido por la Comisión
Nacional de Energía aprobado por el Consejo de
Administración en su sesión celebrada con fecha 1 de
julio de 2004.
Considerando que la ampliación de los parques
de 400 y 220 KV y la reubicación de las posiciones
en ambos parques tiene por finalidad:
Poder atender al incremento de potencia como
consecuencia del desarrollo experimentado por el
mercado de Barcelona y su área metropolitana,
instalando un nuevo Autotransformador de 600 MVA
con sus respectivas calles en los parques de 400
y 220 KV.
La alimentación al Tren de Alta Velocidad (TAV)
Lérida-Barcelona, intercalando una futura
subestación de 400 KV de La Espluga de Francolí en
la actual línea Ascó-Begas.
Adecuación para la futura modificación de la línea
Begas-Senmenat que entrará en la subestación de
Pierola 400 KV.
La alimentación del tramo de TAV
Lérida-Barcelona desde la red de 220 KV aumentando la
potencia de cortocircuito en la subestación de Castellet,
para lo que será necesario realizar una entrada-salida
en Begas de la actual línea de transporte a 220 KV
Castellet-Viladecans.
Considerando que la ampliación proyectada traerá
como consecuencia, la posibilidad de un mayor
desarrollo, en su caso, de la red de distribución
en la zona por lo que deviene precisamente sin
objeto la alegación del Ayuntamiento de Vallirana,
máxime si se tiene en cuenta que por el mismo
no se tendría inconveniente en informar
favorablemente el proyecto de ampliación
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios que se establecen en el Capítulo II,
del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
Autorizar a "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima" la ampliación de los parques a 400
y 220 KV de la subestación de "Begas", situada
en los términos municipales de Begues y Vallirana,
en la provincia de Barcelona, con las características
técnicas siguientes:
Parque de 400 KV en configuración de doble
barra con barra de transferencia:
Instalación de una nueva posición de
transformación AT-4 en la calle 10, para alimentación al
nuevo Autotransformador AT-4 DE 600 MVA.
Modificación en la posición en la calle 7 por
cambio de destino. Pasa de línea Ascó a línea La
Espluga.
Modificación de la posición en la calle 8 por
cambio de destino. Pasa de línea Sentmenat a línea
Pierola.
Instalación de un Autotransformador AT-4 de 600
MVA. El nuevo banco del AT-4 se compondrá
de 3 unidades monofásicas con ventiladores y
bombas, con relación de transformador del
conjunto 400/230/26,58 KV.
Aparamenta a instalar:
Calle 10: tres seccionadores de barras (1 de ellos
con puesta a tierra) un interruptor, un seccionador
de línea, tres transformadores de intensidad, un
transformador de tensión capacitivo y tres
autoválvulas.
Parque de 220 KV en configuración de doble
barra:
Instalación de una nueva posición de
transformación AT-4 en la calle 6, para alimentación desde
el Autotransformador AT-4 de 600 MVA.
Modificación de la posición en la calle 10 por
cambio de destino. Pasa de línea Sant Boi a línea
Castellet.
Instalación de una nueva posición en la calle 9,
línea Viladecans.
Modificación de la posición de la calle 7 por
cambio de destino. Pasa de línea Collblanc 1 a
línea Sant Boi.
Instalación de una nueva posición en la calle 4.
Línea Collblanc 1 que anteriormente estaba en la
calle 7.
Aparamenta a instalar:
Calle 6: Dos seccionadores de barras, un
interruptor, tres transformadores de intensidad, un
transformador de tensión y tres autoválvulas.
Calle 9: Dos seccionadores de barras, un
interruptor, tres transformadores de intensidad, un
seccionador de línea, dos bobinas de bloqueo y tres
transformadores de tensión.
Calle 4: Dos seccionadores de barras, un
interruptor, tres transformadores de intensidad, un
seccionador de línea y tres transformadores de tensión.
Calle 10: Dos bobinas de bloqueo.
Barras: Dos transformadores de tensión.
Instalaciones comunes a ambos parques de 400
y 220 K:
Red de tierras: Ampliación de la red de tierras
inferiores mediante una malla enterrada a la que
se conectarán los aparatos y soportes que se instalen.
Estructura metálica: Las estructuras y soportes
de aparamenta se construirán con perfiles de acero.
Obras civiles necesarias para los nuevos equipos.
sistemas de protección, control y comunicaciones
para las nuevas calles así como ampliación de las
instalaciones de alumbrado y fuerza.
Después de esta ampliación la subestación de
Begas quedará con las siguientes posiciones:
Parque de 400 KV:
Calle 12: Posición de acoplamiento.
Calle 11: Posición de transferencia.
Calle 10: Posición de autotransformador AT-4
DE 600 MVA.
Calle 9: Posición de autotransformador AT-3
de 500 MVA.
Calle 8: Posición de línea Pierola (si bien
temporalmente Sentmenat).
Calle 7: Posición de línea La Espulga (si bien
temporalmente Ascó).
Calle 6: Posición de línea Vandellós.
Calle 5: Posición de línea Rubí.
Parque de 220 KV:
Calle 11: Posición de Acoplamiento.
Calle 10: Posición de línea Castellet (si bien
temporalmente Sant Boi).
Calle 9: Posición de Línea Viladecans.
Calle 8: Posición de Autotransformador AT-3 de
500 MVA.
Calle 7: Posición de línea Sant Boi (si bien
temporalmente Collblanc-1).
Calle 6: Posición de Autotransformador AT-4
de 600 MVA.
Calle 5: Posición de línea Collblanc-2.
Calle 4: Posición de línea Collblanc-1 (si bien
temporalmente Rubí-1).
Calle 3: Posición de línea Castebillbal.
Calle 2: Posición de línea Vilaseca.
Calle 1: Posición de línea Rubí-2.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor
Secretario General de Energía (por delegación Orden
ITC/1102/2004, de 27 de abril, Boletín Oficial del
Estado número 103 de 28 de abril) en el plazo
de un mes, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el
artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración
General del Estado.
Madrid, 12 de julio de 2004.-El Director General,
Jorge Sanz Oliva.-&37.836.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid