El Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Castellón, en la sesión celebrada el 28
de junio, a la vista de que con la entrada en vigor
de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen
económico y de prestación de servicios en los
puertos de interés general, han variado sustancialmente
el régimen sustantivo y de las funciones orgánicas
de esta Entidad en materia de tasas portuarias, a
propuesta del Director y con el objeto de dotar
de la necesaria agilidad, eficacia y operatividad a
la tramitación de expedientes en esta materia, acordó
lo siguiente:
Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria
de Castellón la concesión de aplazamientos de pago
de deudas tributarias.
Delegar en el Jefe del Área Económico-Financiera
de la Autoridad Portuaria de Castellón la
competencia que tiene atribuida el Consejo de
Administración en materia de recaudación, excepto la
concesión de aplazamientos en el pago de la deuda
tributaria.
Grao de Castellón, 20 de julio de 2004.-El
Presidente, Juan José Monzonís Martínez.-38.150.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid