El Proyecto de Construcción "Variante de Falset.
Carretera N-420 de Córdoba a Tarragona por
Cuenca. P.K. 839,600 al 842,300" fue aprobado
provisionalmente con fecha 4 de febrero de 2004 por
Resolución del Excmo. Sr. Secretario de Estado de
Infraestructuras, por delegación del Excmo. Sr.
Ministro del Departamento (Orden 30-5-96).
El Proyecto ha sido supervisado por la Unidad
de Supervisión de Proyectos cuyo informe, de fecha
29 de enero de 2004, está preceptuado en el artículo
128 del texto refundido de la Ley de Contratos
de las administraciones públicas, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y de
acuerdo con la Resolución de la Secretaría de Estado
de Infraestructuras de 7 de marzo de 2001, sobre
la Supervisión de Proyectos en el ámbito de las
competencias de la Dirección General de Carreteras.
Con fecha 12 de julio de 2004 se ha redactado
el informe de seguimiento.
Con fecha 13 de julio de 2004 la Dirección
General de Carreteras ha propuesto la aprobación del
expediente de información pública y definitiva del
citado Proyecto, haciendo constar sucesivamente:
1.o El Proyecto de Construcción de referencia
(en lo sucesivo Proyecto) está compuesto por los
documentos que integran el Proyecto redactado en
octubre de 2003.
2.o El Proyecto, conforme con lo indicado en
la Orden de Estudio, ha sido redactado por la
empresa AUDING, S.A., mediante un contrato de
asistencia técnica que ha sido suscrito con fecha 6 de
marzo de 2001, siendo el Ingeniero Autor del
Proyecto (en lo sucesivo Autor) el Ingeniero de
Caminos, Canales y Puertos D. Félix Campo Chávarri
y actuando como Director del Contrato el Ingeniero
de Caminos, Canales y Puertos D. Vicente Vilanova
Martínez-Falero y D. José María Larrea Barona
como ingeniero Director del Expediente de
información pública, ambos afectos a la Demarcación
de Carreteras del Estado en Cataluña.
3.o El Proyecto incluye los documentos con la
extensión y el contenido que su Autor ha
considerado necesarios para cumplir con lo indicado en
el artículo 27 del Reglamento General de Carreteras,
aprobado por Decreto 1812/1994, de 2 de
septiembre, habiéndose comprobado que, en general, se
ajusta a lo exigido en dicho artículo.
4.o El Proyecto reúne los requisitos que su Autor
ha considerado necesarios para cumplir con lo
exigido por el Reglamento General de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas, y
concre
tamente con lo establecido en lo relativo a que los
proyectos deben referirse necesariamente a obras
completas.
5.o Se ha dado cumplimiento a la Orden
Circular 7/2001 del Director General de Carreteras
de 1 de octubre de 2001, modificada con fecha 11
de abril de 2002.
6.o El Expediente de Información Pública ha
sido tramitado de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 26 de noviembre, y en cumplimiento de cuanto
establece el artículo 10 de la vigente Ley 25/1988,
de Carreteras y concordantes de su Reglamento.
7.o La longitud del tramo objeto del Proyecto
"Variante de Falset. Carretera N-420 de Córdoba
a Tarragona por Cuenca. P.K. 839,600 al 842,300",
según su definición geométrica, es de 3,457 km.
8.o El Proyecto incluye un programa de trabajo
valorado, en cumplimiento del artículo 132 del
Reglamento General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas.
9.o El presupuesto base de licitación del
Proyecto es de 13.850.040,28 euros, que incluye
1.910.350,38 euros en concepto de IVA (16%).
Y resuelvo
1.o Aprobar el Expediente de Información
Pública y definitivamente el Proyecto de
Construcción "Variante de Falset. Carretera N-420 de
Córdoba a Tarragona por Cuenca. P.K. 839,600 al
842,300", por su presupuesto base de licitación de
13.850.040,28 euros, que incluye 1.910.350,38
euros, en concepto de IVA (16%), con la siguiente
prescripción a cumplimentar durante la ejecución
de las obras, presentando al Ingeniero Director de
las mismas la documentación pertinente:
Se estudiará y ejecutará, en su caso, la conexión
de la carretera T-300, de Falset a Marçà con el
enlace de Falset Centro, conforme con el estudio
previo de conexión incluido en el Proyecto, que
consiste en un vial de conexión de doble sentido
de circulación por la margen derecha de la variante
de Falset adosado al pie del desmonte del tronco
entre los pp.kk. 1 0 y 1 9, y que conecta con la
glorieta sur del enlace de Falset Centro.
2.o Ordenar que la Demarcación de Carreteras
del Estado en Cataluña dé traslado de la presente
Resolución según lo dispuesto en los artículos 31
y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 26 de noviembre.
3.o Ordenar que la Demarcación de Carreteras
del Estado en Cataluña lleve a cabo los trámites
necesarios para que la presente Resolución sea
publicada en el Boletín Oficial del Estado.
4.o Ordenar a la Demarcación de Carreteras del
Estado en Cataluña la incoación del Expediente
de Expropiación de los terrenos necesarios para la
ejecución de las obras, teniendo en cuenta, en su
caso, lo indicado en el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, modificado por la Ley
11/1996 de 27 de diciembre.
Madrid, 15 de julio de 2004.-La Excma. Sra.
Ministra de Fomento, P.D. (Orden 30-5-96), el
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Infraestructuras
y Planificación, Víctor Morlán Gracia.-39.453.
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