Con fecha 28 de julio de 2004, el Excmo. Sr.
Secretario de Estado de Infraestructuras y
Planificación del Departamento por delegación de la
Excma. Sra. Ministra del Departamento (orden
30/5/96) ha resuelto:
1. Aprobar el Expediente de Información
Pública y definitivamente el Proyecto en el tramo
comprendido entre el p.k. 38+800 y el p.k. 40+100 cuyo
presupuesto es de 11.366.085,04 euros, que incluye
1.567.735,87 euros en concepto de I.V.A.
(16%) con las siguientes prescripciones a
cumplimentar durante la ejecución de las obras presentado
al Ingeniero Inspector la documentación pertinente
antes del inicio de las unidades de obras
correspondientes:
1.1 Salvo justificación en contrario se diseñará
la estructura 21 con tipología, forma y características
similares a la actual a la que sustituye.
1.2 Salvo justificación en contrario, se alargará
la longitud del carril de deceleración del p.k. 38+950
margen derecha hasta aproximarse a los valores
prescritos en la Norma 3.1.-IC Trazado.
2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras
del Estado en Madrid dé traslado de la presente
Resolución según lo dispuesto en los artículos 31
y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras
del Estado en Madrid lleve a cabo los trámites
necesarios para que la presente Resolución sea publicada
en el Boletín Oficial del Estado.
4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del
Estado en Madrid la incoación del expediente de
expropiación de los terrenos necesarios para la
ejecución de las obras en el tramo comprendido entre
el p.k. 38+800 y el p.k. 40+100. La presente
resolución pone fin a la vía administrativa de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 c) de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en la redacción
dada por la Ley 4/99, y contra la misma se puede
interponer recurso potestativo de Reposición ante
la Excelentísima Sra. Ministra en el plazo de un
mes, o bien directamente Recurso
ContenciosoAdministrativo ante la Audiencia Nacional en el
plazo de dos meses, a partir del día siguiente al
de la publicación de aquélla en el Boletín Oficial
del Estado, sin que quepa formular el recurso
contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación
presunta del recurso de reposición interpuesto.
En el supuesto de que la resolución sea impugnada
por una administración pública se estará a lo
dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/98, de 13
de julio, de Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Madrid, 5 de agosto de 2004.-El Ingeniero Jefe,
P.A. Fdo: Teodoro Remón Remón.-&40.093.
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