Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia,
a instancia de "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima", con domicilio en La Moraleja,
Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los
Gaitanes, 177, solicitando la autorización administrativa
y la declaración, en concreto, de utilidad pública
de la línea eléctrica arriba citada.
Resultando que la petición de "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima" ha sido sometida, a
información pública a los efectos previstos en los
artículos 125 y 144 del Real Decreto 1995/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica, no
presentándose alegación ni oposición alguna al proyecto.
Resultando que de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 127 y 131 del citado Real
Decreto 1995/2000, de 1 de diciembre, se remiten
ejemplares del proyecto al Ayuntamiento de Cartagena,
a "Iberdrola Sociedad Anónima (Central Térmica)"
y a la Dirección General de Ordenación del
Territorio y Costas de la Consejería de Turismo y
Ordenación de Territorio de la Región de Murcia, al
objeto de emisión de informe sobre la conformidad,
oposición o reparos a la instalación proyectada,
solicitando además a este último organismo que se
informe sobre la adaptación de las instalaciones
proyectadas al planeamiento urbanístico que resulte de
aplicación, a efectos de lo dispuesto en la
Ley 13/2003, de 23 de marzo, reguladora del
contrato de concesión de obras públicas.
Resultando que por "Iberdrola Sociedad
Anónima" y por el Ayuntamiento de Cartagena no se
contesta ni a la petición de informe ni a la
reglamentaria reiteración, por lo cual ha de entenderse
su conformidad al proyecto de acuerdo con los
citados artículos 127 y 131.
Resultando que por la Dirección General de
Ordenación del Territorio y Costas se emite informe con
fecha 19 de diciembre de 2003, en el que no se
muestra oposición a la instalaciones proyectadas y
en el que se manifiesta:
El proyecto consiste en la ampliación de la
subestación de Escombreras y una línea eléctrica a 220 kV
simple circuito que conecta con la subestación de
Fausita.
Esta línea tendrá una longitud de 580 metros en
su tramo aéreo y 100 metros subterráneo
discurriendo por suelo urbanizable sin sectorizar en el Valle
de Escombreras.
La línea se ve afectada tanto por las Directrices
de Portman y Sierra Minera, como por las
Directrices y Plan de Ordenación Territorial del Litoral
de la Región de Murcia, así como por las Directrices
y el Plan de Ordenación Territorial de suelo
industrial de la Región de Murcia.
Con referencia a las Directrices Portman,
aprobadas por el Excelentísimo Señor Consejero de
Política Territorial y Obras Públicas con fecha 26 de
Mayo de 1995, no se hace mención en ningún punto
a este tema.
Con referencia a las Directrices y Plan de
Ordenación Territorial de suelo industrial de la Región
de Murcia, aprobadas inicialmente por Orden del
Excelentísimo Señor Consejero de Turismo y
Ordenación del Territorio, dicho Proyecto está incluido
dentro de la Planificación del Sector Eléctrico en
la Región de Murcia.
Resultando que dado traslado del informe a "Red
Eléctrica de España, Sociedad Anónima" esta
Sociedad contesta lo siguiente:
Las Directrices Pormant aprobadas no mencionan
nada sobre este tipo de instalaciones ni a favor ni
en contra, por lo que se entiende que no afectan
a las instalaciones proyectadas.
Sobre las Directrices de Sierra Minera y el Plan
de Ordenación Territorial de Litoral de la Región
de Murcia, el informe no menciona nada al respecto,
por lo que se entiende que tampoco afecta a las
instalaciones proyectadas.
Con referencia a las Directrices del Plan de
Ordenación Territorial de Suelo Industrial de la Región
de Murcia, aprobadas inicialmente por el
Excelentísimo Señor Consejero de Turismo y Ordenación
del Territorio, el citado informe establece que la
ampliación de la subestación y la línea eléctrica
proyectadas están incluidas dentro de la
planificación del Sector Eléctrico en la Región de Murcia.
Entiende "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima" que de acuerdo con el informe emitido
no existen inconveniente al proyecto de ejecución
de la ampliación de la subestación de Escombreras
y la línea eléctrica a 220 kV Escombreras-Fausita.
Resultando que la ampliación de la subestación
y la línea proyectada se encuentran en terrenos
propiedad de "Iberdrola Sociedad Anónima" con la
cual "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima"
manifiesta que ha alcanzado el oportuno acuerdo.
Visto el informe favorable emitido por el Área
de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno
en Murcia.
Visto el informe de la Comisión Nacional de
Energía aprobado por el Consejo de Administración en
su sesión celebrada el día 24 de junio de 2004.
Considerando que la finalidad de la línea es
atender el crecimiento de la demanda y garantizar el
suministro de energía a las ciudades de Murcia y
Cartagena, mediante el apoyo a la red de 220 kV
desde la red de 400 kV, instalando una nueva
transformación 400/220 kV en la subestación de
Escombreras.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios establecidos en el Título VII del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
1. Autorizar a "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima" la instalación de una línea eléctrica
a 220 kV denominada "Escombreras-Fausita", en
el término municipal de Cartagena (Murcia), cuyas
características principales son:
Tramo Aéreo:
Origen: Pórtico de la subestación de Escombreras.
Final: Apoyo número 3 de transición
aéreo-subterráneo.
Numero de circuitos: Uno.
Tipo de conductor: Aluminio-Acero, Gull dúplex
de 281,5 milímetros cuadrados de sección total.
Cables de tierra: Uno, de acero galvanizado de 50
milímetros cuadrados de sección.
Apoyos: Metálicos constituidos por perfiles de
angulares de lados iguales, galvanizados y
organizados en forma de celosía.
Aislamiento: Cadenas de composite.
Cimentaciones: De hormigón en masa,
independientes para cada pata de apoyo.
Puestas a tierra: Mediante un sistema mixto de
picas y anillos, de forma que la resistencia de
difusión no supere los valores que se establecen en
el Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta
Tensión.
Longitud: 530 metros.
Tramo subterráneo:
Origen: Apoyo número 3 de transición
aéreo-subterráneo.
Final: Celdas de 220 kV de la subestación de
Fausita:
Conductores: De cobre de 2500 milímetros
cuadrados de sección; aislamiento seco XLPE, con
pantalla metálica de aluminio.
Conexionado de las pantallas: Tipo single-point.
Tipo de instalación: Terna de cables enterrados,
alojados en el interior de tubos de 250 milímetros
de diámetro colocado al tresbolillo, con una
profundidad al centro de la terna de 1070 milímetros.
Pararrayos: En el apoyo de transición de aéreo
a subterráneo se instalará un pararrayos por fase.
Terminales: uno unipolar por fase, de tipo exterior,
de paso aéreo a subterráneo. Se instalará además
un terminal unipolar por fase de tipo interior, que
serán enchufables a las celdas de SF6 en el Gis
de la Subestación de Fausita.
Longitud: 100 metros.
La línea llevara en todo su recorrido un cable
para comunicaciones de fibra óptica subterráneo
en el interior de un tubo.
2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de
las instalaciones que se autorizan a los efectos
previstos en el Título IX de la Ley 54/1997, de 27
de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Título
VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor
Secretario General de Energía (por delegación Orden
ITC/1102/2004, de 27 de abril, Boletín Oficial del
Estado número 103, de 28 de abril), en el plazo
de un mes, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el
artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración
General del Estado.
Madrid, 27 de julio de 2004.-El Director general,
Jorge Sanz Oliva.-39.543.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid