Visto el expediente tramitado a instancia de la
entidad mercantil ENDESA Distribución Eléctrica,
S. L., para la autorización administrativa,
aprobación de proyecto y declaración en concreto de
utilidad pública de las instalaciones correspondientes
al proyecto de referencia, y en orden a los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.-Mediante escrito de fecha 14 de marzo
de 2003, D. Pedro Méndez Zubiría en nombre y
representación de la entidad mercantil Endesa
Distribución Eléctrica, S. L. solicito autorización
administrativa, aprobación del proyecto y declaración en
concreto de utilidad pública de las instalaciones
correspondientes al proyecto de Línea Aérea
de 20 kV. con conductor AL-AC de 54,6 mm2
de sección y 2.538 metros de longitud, con apoyos
galvanizados, cuya finalidad es el cierre de las líneas
denominadas Los Vallejos y Almachar, afectando
a los términos municipales de Almachar y
Macharaviaya. A esta solicitud la compañía peticionaria
adjunto relación concreta e individualizada de los
bienes y derechos que consideraba de necesaria
expropiación y ocupación.
Segundo.-El trámite de información pública de
este expediente se realizó mediante exposición en
los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de
Almachar y Macharaviaya y anuncio en las
siguientes públicaciones: Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía n.o 195, de 15 de octubre de 2003; Boletín
Oficial del Estado n.o 247, de 9 de octubre de 2003;
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga n.o 199,
de 20 de octubre de 2003 y Diario "La Opinión",
de Málaga, de fecha 16 de septiembre de 2003,
sin que se hayan recibido alegaciones al mismo.
Tercero.-El proyecto presentado fue sometido al
tramite de prevención ambiental, emitiéndose con
fecha 1 de abril de 2004 el preceptivo informe
ambiental favorable condicionado, en los términos
que obran en el expediente.
Fundamentos de derecho
Primero.-Esta Delegación Provincial es
competente para conocer y resolver el presente expediente
conforme a lo establecido en los Reales
Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29
de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios
a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia
de Industria, Energía y Minas; Decreto del
Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre
reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11
de mayo, por el que se regula la estructura orgánica
de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
Vistas la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del
Sector Eléctrico; Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre sobre Autorización de Instalaciones
Eléctricas; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa aprobado por Decreto de 26 de
abril de 1957 y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
Esta Delegación Provincial resuelve: Conceder
autorización administrativa, aprobación del
proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad
pública de la instalación de referencia, con arreglo
a las condiciones siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con
el proyecto presentado y reglamentos de aplicación,
con las variaciones que, en su caso, se soliciten
y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de doce
meses, contados a partir de la fecha de la presente
resolución.
3. La Administración dejara sin efecto la
presente resolución en cualquier momento en que se
observe el incumplimiento de las condiciones
impuestas en ella.
4. Asimismo, el titular de las instalaciones
tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones
impuestas por los Organismos y Corporaciones que
las han establecido, las cuales han sido puestas en
su conocimiento y aceptadas por el mismo. Además
el titular deberá disponer de todos los permisos de
paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra de las citadas instalaciones
certificará que las mismas se ajustan al proyecto
y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. En el caso de proyectos de modificación de
instalaciones existentes, se aportarán las revisiones
reglamentarias de las instalaciones que alimenta.
7. Para la ejecución de las instalaciones se
cumplirán los condicionados y plazos en el Informe
Ambiental.
8. La presente autorización se otorga sin
perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean
necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que
resulten aplicables, y en especial las relativas a la
ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente Resolución, que no agota la
vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación,
Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en
el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
a su notificación, conforme determina el
artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de enero.
Málaga, 24 de mayo de 2004.-El Delegado
Provincial, Enrique Ruiz-Chena Martínez.-41.021.
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