Yo, Antonio Huerta Trolez, Notario del Ilustre
Colegio de Madrid, con residencia en la misma capital,
Hago saber: Que en mi Notaría se sigue
procedimiento extrajudicial al amparo de lo dispuesto
en el artículo 16.2 de la Ley 28/1998, de 13 de
julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, a
instancia de FCE Bank PLC Sucursal en España, y
en virtud de acta de requerimiento otorgada con
el número 1262 de su protocolo, de fecha 7 de
mayo de 2004, se requiere de pago a Javier
García-Oubiño Merino, S.L., en paradero desconocido,
y a los herederos desconocidos de don Javier
García-Oubiño Celada, en su calidad de
Comprador/Prestatario y de Fiador solidario,
respectivamente, del Contrato de Financiación a Comprador de
Automóviles, modelo F-FC-M de los aprobados por
la Dirección General de los Registros y del
Notariado en su Resolución de fecha 4 de febrero
de 2000, número 103805, de fecha 27-12-2001,
suscrito con FCE Bank PLC Sucursal en
España, como Financiador, para la financiación
de la adquisición del vehículo Ford
Transit FT 28O S Mix 95 Industrial, número de bastidor
WFORXXBDFR1KO2872, matrícula 1031-BRV.
El requerimiento de pago se efectúa sobre la suma
total de dieciséis mil quinientos tres euros con
cincuenta y cuatro céntimos (16.503,54 euros), de
principal, más mil cuatrocientos euros (1.400,00 euros),
presupuestados para intereses y costas, sin perjuicio
de ulterior liquidación, siendo la causa del
vencimiento de la obligación el impago de más de dos
plazos de los pactados en el contrato de financiación
suscrito, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.2,
último párrafo, de la Ley 28/1998, de 13 de julio,
de Venta a Plazos de Bienes Muebles.
Todo ello haciendo constar que, si el deudor no
pagara los citados importes en el plazo de tres días,
se procederá a la subasta o adjudicación notarial
de los bienes sin necesidad de nuevas notificaciones
ni requerimientos, reservándose FCE Bank PLC
Sucursal en España a actuar en la forma prevista
en el segundo y tercer párrafo del apartado c), en
relación al apartado e), del artículo 16.2 de la
Ley 28/1998, dejando a disposición del requerido,
el excedente que pudiera resultar de la subasta o
adjudicación notarial.
Madrid, 14 de julio de 2004.-El Notario de
Madrid, Antonio Huerta Trolez.-40.862.
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