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Documento BOE-B-2004-212045

Resolución de 17 de mayo de 2004, de la Generalitat de Catalunya, Departament de Treball i Industria, de autorización administrativa, declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto eléctrico y necesidad de ocupación por el procedimiento de urgencia de los bienes y los derechos afectados por la instalación eléctrica en el término municipal de Tarragona (RAT-10089).

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 2 de septiembre de 2004, páginas 7845 a 7845 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2004-212045

TEXTO

Cumplidos los trámites reglamentarios en el

expediente promovido a petición de la empresa Endesa

Distribución Eléctrica, S. L., con domicilio social

en Madrid, avda. Príncipe de Vergara, núm. 187,

y con domicilio a efectos de notificación en

Tarragona, crta. de Valencia PK 1157,5, de solicitud de

autorización administrativa, declaración de utilidad

pública, aprobación de proyecto y necesidad de

urgente ocupación, a los efectos de expropiación

y de imposición de servidumbre de paso, de acuerdo

con lo que disponen la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de régimen jurídico de las

administraciones públicas y del procedimiento administrativo

común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de

organización, procedimiento y régimen jurídico de la

Administración de la Generalidad de Cataluña; la

Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación

forzosa, y el Decreto de 26.4.1957, por el que se

aprueba el Reglamento de la ley de expropiación

forzosa; vistos los artículos 52, 53 y 54 de la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico

(BOE de 28.11.1997); visto el título VII del Real

decreto 1955/2000, de 1 de noviembre, que regula,

entre otros, el procedimiento de autorización de

instalaciones eléctricas (BOE de 27.12.2000), así

como el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23

de noviembre, por el que se determinan los

procedimientos administrativos aplicables a las

instalaciones eléctricas (DOGC de 28.12.1987) y el

artículo 35 del Decreto 329/2001, de 4 de diciembre,

por el que se aprueba el Reglamento de suministro

eléctrico, se somete a información pública el

proyecto siguiente.

Considerando que los organismos, las

corporaciones y las empresas de servicios fundamentales,

servicio de Carreteras de la Diputación de Tarragona

y Ayuntamiento de Tarragona han emitido informe

favorable o con condicionantes que ha aceptado

el peticionario;

Considerando que se notificó individualmente a

cada uno de los afectados la información

mencionada, mediante carta certificada con acuse de recibo,

para que se manifestasen con relación a lo

establecido en el título VII del Real decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre (BOE de 27.12.2000);

Considerando que el proyecto se ha sometido al

trámite de información pública durante el período

de 20 días reglamentarios mediante el anuncio en

el DOGC núm. 4057, de 27.1.2004, BOE núm. 35,

de 10.2.2004; y Diari de Tarragona de 16.1.2004,

sin que se hayan presentado alegaciones ni

reclamaciones;

Considerando que la competencia para autorizar,

declarar la utilidad pública, aprobar el proyecto y

la ocupación urgente es para instalaciones como

la que se propone de los Servicios Territoriales de

Tarragona del Departamento de Trabajo e Industria,

resuelvo:

1. Otorgar a la empresa Endesa Distribución

Eléctrica, S. L., la autorización administrativa de

la instalación de una línea eléctrica aérea y

subterránea a 25 kV, el Centro de Transformación.

2. Aprobar el proyecto el proyecto de ejecución

de esta instalación, con las características técnicas

siguientes:

a) Línea en alta tensión de alimentación.

-Origen en el CT 24409 Junta Com.Pla.P.SP Segelades

existente. Salida en subterráneo por la acera de las

calles Violant d'Hongria y Séneca y lado derecho

de la carretera TP-2031 de la diputación de

Tarragona. Longitud 0,610 km. Formado por un circuito

de 3 conductores unipolares, tipo RHZ1 Al o DHZ1

Al. Tensión asignada al cable 18/30 kV, conductor

de aluminio de 240 mm2, pantalla de cobre de 16

mm2, recubrimiento por capa de material aislante.

Conversión subterráneo-aéreo. Tramo aéreo en una

longitud de 0,086 km de línea en un circuito sobre

2 apoyos de celosía, conductor de aluminio-acero

LA-56, conversión aéreo subterráneo.

b) Centro de transformación.-Tipo

prefabricado ubicado en la calle Migdia, s/n, del polígono

Els Plans, situado adosado a las instalaciones del

depósito de agua del Consorcio. Instalación

diseñada por un trafos de 1.000 kVA aunque

inicialmente se instalará de 630 kVA. Relación de

transformación 25000/400 V, con celdas de líneas y 1

de protección contra sobre intensidades,

sobrecargas, instalaciones de puesta en tierra, tierras

separadas y autoválvulas para protección de

sobretensiones.

3. Declarar, en concreto, la utilidad pública de

la instalación eléctrica que se autoriza.

4. Declarar urgente la ocupación de los bienes

y derechos afectados.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo

dispuesto según la normativa ante mencionada, y

también con el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto

1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de

instalación, ampliación y traslado de industrias, y está

sometida a las condiciones especiales siguientes:

a) Las instalaciones deberán realizarse según el

proyecto técnico firmado por el ingeniero técnico

industrial don Francisco Estopa Garciapons, visado

el 8 de agosto de 2003 por el Colegio de Ingenieros

Técnicos Industriales de Tarragona, con el número

34174, que ha servido de base para la tramitación

del expediente, con las variaciones que, en su caso,

se soliciten y se autoricen.

b) La construcción y el funcionamiento de esta

instalación eléctrica se someterá a lo previsto en

el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión,

aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de

noviembre; en el Reglamento sobre condiciones técnicas

y garantías de seguridad en centrales eléctricas,

subestaciones y centros de transformación,

aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12

noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias,

aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre

de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad

de las instalaciones industriales, y el resto de

disposiciones de aplicación general.

c) La empresa titular será la responsable del

uso, la conservación y el mantenimiento de la

instalación, según las condiciones de seguridad que

requiere la normativa vigente.

d) El plazo para la puesta en servicio de la

ampliación autorizada será de 12 meses, contados

a partir de la fecha de publicación de esta Resolución

el DOGC.

e) Los Servicios Territoriales del Departamento

de Trabajo e Industria podrán realizar, durante las

obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y

las pruebas que considere necesarias en relación

con el cumplimiento de las condiciones generales

y especiales de esta Resolución.

Con esta finalidad, el titular de la instalación

comunicará al mencionado órgano administrativo

el inicio de las obras, las incidencias dignas de

mención y su finalización.

Junto con la comunicación del final de las obras,

se adjuntará el certificado de dirección y finalización

de la instalación que acredite que se ajustan al

proyecto aprobado, que se han cumplido las normas

y disposiciones antes mencionadas y, si procede,

se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas.

f) La Administración dejará sin efecto esta

autorización administrativa por las causas que establece

el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de

julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte

del titular de la instalación, de las condiciones

impuestas en esta.

En este supuesto, la Administración, con la

instrucción previa del expediente correspondiente,

acordará la revocación de la autorización con todas

las consecuencias de orden administrativo y civil

que se deriven de ello según las disposiciones legales

vigentes.

g) Esta autorización se otorga sin perjuicio a

terceros y es independiente de las autorizaciones

o licencias de competencia de otros organismos o

entidades públicas necesarias para realizar las obras

y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso de alzada

ante el Director general de Energía, Minas y

Seguridad Industrial, en el plazo de un mes a contar

desde el día siguiente al de su publicación, de

acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la

redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tarragona, 17 de mayo de 2004.-Josep M.

Solanes Segura, Director de los Servicios

Territoriales.-41.518.

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