Visto el expediente referenciado y examinados los
documentos obrantes en el mismo se constatan los
siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.-Con fecha 19 de diciembre de 2001,
Endesa Distribución Eléctrica, S. L., solicitó en esta
Delegación Provincial la autorización
administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, y
declaración de en concreto de utilidad pública
acom
pañando relación de propietarios y organismos
públicos afectados.
Segundo.-De acuerdo con el artículo 53 de la
Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, y del artículo 17 del Decreto de 26 de abril
de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley de Expropiación Forzosa, se sometió el
expediente a información pública, insertándose anuncios
en el B.O.E. n.o 111 de 9 de mayo de 2002, B.O.J.A.
n.o 49 de 27 de abril de 2002, B.O.P. de Granada
de 22 de abril de 2002.
Asimismo, se remitieron separatas y se recabó
informe a los siguientes organismos afectados:
Ayuntamiento de Iznalloz.
Telefónica.
Imponiendo condicionados que posteriormente
fueron aceptados por la empresa peticionaria o bien
siendo aprobados por ausencia de respuesta a la
reiteración de la solicitud de condicionado e
informe.
Tercero.-Durante el periodo de información
pública, presentaron alegaciones los siguientes
afectados:
D. Librado García, D. José Uceda Ruiz, D.
Francisco Rodríguez, D. Francisco Mesa Ruiz y D. José
Mesa Linares manifiestan su disconformidad con
el trazado de la línea, proponiendo una variante
alternativa. El Ayuntamiento de Iznalloz informa
desfavorablemente por entender que la línea podría
afectar a una futura ampliación del casco urbano;
contestando la beneficiaria que el trazado es el que
reúne las mejores condiciones técnicas, ya que la
ampliación del casco urbano no deja de ser una
expectativa todavía no aprobada.
Fundamentos de derecho
Primero.-Esta Delegación Provincial de la
Consejería en Granada de Innovación, Ciencia y
Empresa es competente para conceder la solicitada
aprobación del proyecto de ejecución, declaración en
concreto de utilidad pública y expropiación forzosa
de la línea en cuestión, según lo dispuesto en el
Título I, artículo 13, apartado 14 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía aprobado por la Ley
Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, Decreto de
Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24
de abril, sobre reestructuración de Consejerías y
Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de
Innovación, Ciencia y Empresa.
Segundo.-La autorización y aprobación del
proyecto de ejecución de las instalaciones eléctricas
están reguladas por el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica de conformidad con
lo establecido en el artículo 54 de la Ley 54/1997,
del Sector Eléctrico, la declaración de utilidad
pública llevará implícita en todo caso la necesidad de
ocupación de los bienes o de adquisición de los
derechos afectados e implicará la urgente ocupación
a los efectos del artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación, esta Delegación Provincial de
Innovación, Ciencia y Empresa resuelve:
Primero.-Autorizar la instalación cuyas
características principales son las siguientes:
Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S. L.
Características: Ampliación y mejora de línea
aérea de M.T. a 20 kV D/C de 525 m de longitud
y red subterránea de M.T. a 20 kV. de 550 m,
con origen en Sub. Iznalloz y final en C.T. "Santa
Adela", conductor LA-110, aislamiento por cadenas
de 3 elementos U40BS y apoyos metálicos
galvanizados para la L.A.M.T. y para la R.S.M.T.
conductor aluminio de 150 mm2 y aislamiento de
polietileno reticulado y reforma del C.T. "Santa Adela",
situado en el T.M. de Iznalloz (Granada).
Presupuesto: 108.337,56 euros.
Finalidad: Mejorar la calidad del servicio de la
zona.
Segundo.-Aprobar el proyecto de ejecución de
la mencionada línea.
Tercero.-Declarar en concreto la utilidad pública
de la citada línea, que lleva implícita la necesidad
de ocupación de los bienes o de adquisición de
derechos e implica la urgente ocupación a los efectos
del artículo 54 de la Ley 54/1997, del Sector
Eléctrico, y del artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa.
Cuarto.-Acordar la imposición de servidumbres
y limitaciones de dominio de los bienes que se
relacionan en la relación de propietarios afectados del
anexo a esta Resolución, a los efectos del
artículo 56 de la Ley 54/1997.
Contra la presente resolución, que no pone fin
a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de
Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de su notificación
o a partir de la última de las publicaciones de la
presente Resolución, de conformidad con lo
establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Granada, 16 de julio de 2004.-El Delegado
Provincial, Alejandro Zubeldía Santoyo.-41.781.
Anexo
Datos de la finca Afección
Vuelo Apoyos
N.o
parcela
N.o
polígono Long.
(m)
S.P.
(m2) N.o Sup.
(m2)
CultivoN.o
finca Propietario y dirección
Término
municipal Paraje
2 Librado García García. Ctra. de Deifontes,
paso a nivel s/n (junto subestación sevillana),
Iznalloz.
Iznalloz. Fuente del Pintor. 207 22 7 67,81 - - Frutales.
2/1 Librado García García, José Uceda Ruiz. Ctra.
de Deifontes paso a nivel s/n (junto
subestación sevillana), Iznalloz.
Iznalloz. Fuente del Pintor. 9004 22 10 96,88 - - Camino privado.
3 José Uceda Ruiz. Ctra. de Deifontes, paso a
nivel s/n (junto subestación sevillana),
Iznalloz.
Iznalloz. Fuente del Pintor. 209 22 232 4.523,1 2,3 4,93 Olivo.
4 Francisco Rodríguez Blázquez. C/ Andalucía,
49, Iznalloz.
Iznalloz. Fuente del Pintor. 206 22 60 761,67 - - Cereal.
5 Francisco Mesa Ruiz. C/ Santa Adela, 26,
Iznalloz.
Iznalloz. Fuente del Pintor. 204 22 63 1.062 4(1/2) 1,13 Huerta.
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