En cumplimiento de lo dispuesto en el Real
Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba
la Oferta de Empleo Público para 2004, y con el
fin de atender las necesidades de personal de la
Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles
(RENFE), la Dirección General de Seguridad,
Organización y Recursos Humanos de esta entidad, en
uso de las facultades que tiene atribuidas en el marco
establecido por el Estatuto de RENFE aprobado
por Real Decreto 121/1994, de 28 de enero, previo
informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, procede a realizar la siguiente
Oferta de empleo público.
Convocatoria de ingreso en RENFE
A) Objeto
Cobertura de 30 plazas de la categoría de
Montador Eléctrico de Instalaciones de Seguridad.
La relación de puestos es la siguiente:
Número
de plazasMunicipio
Madrid .................................. 11
Barcelona ............................... 2
Granollers .............................. 2
Vic ....................................... 2
Ripoll .................................... 2
Guadalajara ............................. 2
Alsasua .................................. 3
Burgos ................................... 3
Bilbao .................................... 3
Las funciones básicas del puesto son las propias
de un Técnico Electricista especializado en
instalaciones de seguridad, con conocimientos suficientes
de electrónica y de interpretación de esquemas y
planos de conjunto de las instalaciones que,
actuando a las órdenes inmediatas de un Encargado de
Sector Eléctrico de Instalaciones de Seguridad,
realiza con efectividad y pericia los trabajos
correspondientes a la revisión, conservación, y montaje
de las instalaciones de seguridad eléctricas y
eletromecánicas, pudiendo desempeñar asimismo, en
los términos establecidos en la normativa laboral
de RENFE, las funciones de Encargado de Trabajos
y de Piloto de Seguridad.
B) Sujeto:
1. Personas en las que concurran los siguientes
requisitos:
a) Podrán participar en las pruebas:
a.1) Los españoles.
a.2) Los nacionales de un Estado miembro de
la Unión Europea, los nacionales del Reino de
Noruega, y los nacionales de la República de
Islandia. También podrá participar el cónyuge,
descendientes y descendientes del cónyuge, de los
españoles y de los nacionales de países miembros de
la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre
que no estén separados de derecho, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan
a sus expensas.
a.3) Quienes no estando incluidos en los
anteriores apartados a.1) y a.2) se encuentren en España
en situación de legalidad, siendo titulares de un
documento que les habilite a residir y a poder
acceder sin limitaciones al mercado laboral. En
consecuencia, podrán participar quienes se encuentren
en situación de residencia temporal, quienes se
encuentren en situación de residencia permanente,
quienes se encuentren en situación de autorización
para residir y trabajar, así como los refugiados.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no
haber alcanzado la edad de jubilación de 64 años
establecida en la normativa laboral de RENFE.
c) Estar en posesión del título de Formación
Profesional de Grado Superior en Electricidad y
Electrónica, en cualquiera de sus especialidades, o
del título de Formación Profesional de Grado
Superior en Mantenimiento y Servicios a la Producción
en la especialidad de Mantenimiento de Equipo
Industrial, o equivalentes, o cumplir las condiciones
necesarias para su obtención. Los interesados que
hayan cursado sus estudios fuera del territorio
nacional deberán poseer el reconocimiento u
homologación del título en España.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por
limitación física o psíquica que sea incompatible
con el desempeño de las funciones propias de las
plazas objeto de la convocatoria.
e) No haber mantenido relación laboral con
RENFE o cualquier otra empresa pública que haya
finalizado por alguna de las siguientes causas:
Despido disciplinario del artículo 54 del Estatuto
de los Trabajadores.
Despido por causas objetivas de las letras a), b)
y d) del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
Adscripción voluntaria a un expediente de
regulación de empleo o a un plan de bajas incentivadas.
Por mutuo acuerdo de las partes de la letra a)
del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.
f) No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, de cualesquiera de las
Administraciones Públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no
sea la española no deberán estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su
Estado, el acceso a la función pública.
g) No hallarse inhabilitado para el desempeño
de la profesión o funciones relacionadas con los
puestos de trabajo objeto de la convocatoria.
h) No estar incurso en ninguna de las
incompatibilidades que determina la legislación vigente.
i) No disfrutar pensión de jubilación ni de
incapacidad.
2. Trabajadores en situación de excedencia
voluntaria en RENFE que cumplan lo dispuesto
en las letras anteriores. Los excedentes voluntarios
de RENFE de la misma categoría que las plazas
objeto de cobertura y los de la categoría de
Montador Eléctrico de Instalaciones de Seguridad con
Especialización quedarán exentos del cumplimiento
del requisito establecido en la letra c).
3. Personas que adquirieron experiencia
ferroviaria en RENFE en los Regimientos de
Movilización y Prácticas hasta la 45.a Promoción o
Zapadores Ferroviarios hasta la 27.a Promoción y en
las Escuelas de Aprendices, siempre que dicha
experiencia se hubiese adquirido con anterioridad al año
1988 y cumplan lo dispuesto en las letras anteriores.
4. Trabajadores cuya relación laboral con RENFE
se extinguió como consecuencia de declaración de
incapacidad permanente en los grados de total,
absoluta o de gran invalidez por el Instituto Nacional
de la Seguridad Social que, no habiendo prestado
servicios posteriormente para otra empresa, hayan
recuperado la plena capacidad laboral o continúen
afectos de tal incapacidad pero en grado de parcial
según declaración oficial emitida por dicho
organismo, siempre que cumplan lo dispuesto en las
letras anteriores y las siguientes condiciones:
Tener solicitada su reincorporación a la empresa
en tiempo y forma, cumpliendo los requisitos
establecidos en el Real Decreto 1451/1983, de 11 de
mayo, por el que se regula el empleo selectivo y
las medidas de fomento de empleo de los
trabajadores minusválidos.
Que la última categoría ostentada en la empresa
fuese la misma que la de las plazas objeto de
cobertura o alguna de las de su mismo grupo profesional
en caso de recuperación plena de la capacidad, no
siendo necesaria esta circunstancia si continuase
afecto de incapacidad permanente parcial.
Aquellos trabajadores de la misma categoría que
las plazas objeto de cobertura y los de la categoría
de Montador Eléctrico de Instalaciones de
Seguridad con especialización quedarán exentos del
cumplimiento del requisito establecido en la letra c).
Todos los requisitos enumerados en este
apartado B) deberán poseerse en el día de finalización
del plazo de admisión de solicitudes de participación
y mantenerlos hasta el momento de toma de
posesión de la plaza obtenida.
C) Carácter de la cobertura de plazas
C.1 Aquellos trabajadores que reingresen en
RENFE desde la situación de excedencia voluntaria
como consecuencia de esta convocatoria lo harán
con carácter indefinido y jornada a tiempo completo,
por cesar los efectos suspensivos de aquella
situación, y con categoría de Montador Eléctrico de
Instalaciones de Seguridad.
Los excedentes voluntarios de la categoría de
Montador Eléctrico de Instalaciones de Seguridad
con Especialización que reingresen con ocasión de
su participación en esta convocatoria, lo harán con
dicha categoría.
C.2 El ingreso en RENFE del resto de personas
que en su caso obtengan plaza en esta convocatoria
se llevará a cabo mediante la modalidad de
contratación indefinida a tiempo completo del Título I
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto
refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y con categoría de
Montador Eléctrico de Instalaciones de Seguridad.
C.3 Los aspirantes que obtengan plaza en esta
convocatoria tendrán fijado en su contrato un
período de prueba de dos meses, excepto aquellos en
excedencia voluntaria de RENFE que en el
momento de iniciarse dicha situación vinieran
desempeñando un puesto de la misma categoría que la de
la plaza obtenida.
El cómputo de este periodo de prueba, que habrá
de cumplirse con servicios efectivos, se suspenderá
cuando durante el mismo sobrevenga una situación
de incapacidad temporal.
D) Solicitudes de participación y de petición
de plazas:
1) Formularios:
La solicitud de participación y de petición de
plazas se realizará en el modelo oficial que podrá
obtenerse en cualquiera de los centros que se relacionan
en el anexo, en horario de 9:00 a 14:00 horas de
lunes a viernes, excepto festivos, o en la dirección
de internet http://www.renfe.es, a partir del día
siguiente al de publicación de la convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
Excepcionalmente, los interesados que, estando
empadronados en Canarias, Baleares, Ceuta y
Melilla, tengan residencia habitual en dichos ámbitos
podrán instar su participación en la convocatoria
mediante escrito remitido por correo certificado con
acuse de recibo a la dirección mencionada en el
punto siguiente, en el que deberán hacer constar
nombre y apellidos, número de Documento
Nacional de Identidad y letra correspondiente al número
de identificación fiscal, domicilio, teléfono de
contacto, indicación de si es excedente voluntario de
RENFE o tuvo la experiencia ferroviaria indicada
en el apartado E) n.o 2, y, en su caso, el número
de matrícula que le fue asignado. Asimismo, deberán
acompañar fotocopia por las dos caras del
documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta
de identidad y certificado de empadronamiento.
2) Plazo de admisión:
Los interesados deberán entregar la solicitud de
participación y petición de plazas debidamente
cumplimentadas en el modelo oficial, en la Dirección
de Planificación y Control de Recursos Humanos,
sita en el Paseo del Rey n.o 30 de Madrid, código
postal 28008, en horario de 9:00 a 14:00 horas
de lunes a viernes, excepto festivos, durante el
período de los quince días laborables inmediatamente
siguientes a la fecha de publicación de esta
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La fecha
límite para la presentación de solicitudes lo será
asimismo para la admisión de las posibles
impugnaciones que pudieran presentarse contra la
convocatoria.
Los interesados que posean la nacionalidad
española deberán presentar además dos fotocopias del
documento nacional de identidad por ambas caras.
Los aspirantes incluidos en el apartado B.a.2)
anterior que residan en España deberán presentar
dos fotocopias compulsadas del correspondiente
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta
de residente comunitario o de familiar de residente
comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta
temporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes incluidos en el apartado B.a.2)
anterior que no residan en España, bien por residir
en el extranjero o por encontrarse en España en
régimen de estancia, deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del documento de identidad o
pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar
dos fotocopias compulsadas del pasaporte, del
visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado
la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente
tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos
deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo
de parentesco y una declaración jurada o promesa
del español o del nacional de la Unión Europea,
de Noruega o de Islandia con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de
su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el
aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes a los que se refiere el
apartado B.a.3) anterior deberán presentar dos fotocopias
del pasaporte en vigor, así como dos fotocopias
del correspondiente permiso de residencia, o de
trabajo y de residencia.
Asimismo, podrán también presentarse los
documentos antes citados mediante su remisión por
correo certificado con acuse de recibo a la dirección
señalada anteriormente, teniendo validez siempre
que tengan entrada durante el período de los quince
días laborables inmediatamente siguientes a la fecha
de publicación de esta convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
Una vez presentada la solicitud de participación
no será posible efectuar modificación alguna de las
plazas solicitadas.
E) Relación de participantes:
RENFE publicará la relación de los participantes
admitidos y excluidos en la convocatoria, que
contendrá el nombre y apellidos y el número de
documento identificativo de todos ellos.
Para los admitidos en la convocatoria se
publicarán además los siguientes datos:
1. Respecto de los participantes procedentes de
la situación de excedencia voluntaria se
incorporarán también:
La fecha de fin de la excedencia o de la prórroga
de la misma,
la categoría desde la que accedieron a tal situación,
la última residencia de destino al servicio de
RENFE,
antigüedad en la categoría,
antigüedad en la empresa,
y la indicación de quienes, con la misma categoría
que las plazas convocadas, hagan valer en su
solicitud de participación y de petición de plazas su
derecho preferente a aquéllas pertenecientes a la
última residencia en que prestaron sus servicios a
la empresa.
2. Respecto del resto de participantes, en su
caso, se incluirá de igual manera:
La indicación de haber pertenecido a los
Regimientos de Movilización y Prácticas (hasta la
45.a Promoción), Zapadores Ferroviarios (hasta la
27.a Promoción) o Escuela de Aprendices con
anterioridad al año 1988. Este hecho deberá acreditarse
mediante la aportación de documentación relativa
al mismo conjuntamente con la solicitud de
participación.
La última categoría en activo y la fecha de
declaración de la recuperación de la capacidad laboral
emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad
Social, cuando se haga referencia a trabajadores cuya
relación laboral fue extinguida por habérseles
reconocido una incapacidad permanente.
En el caso de los excluidos de la convocatoria
se indicará la causa de la exclusión.
Dicha relación estará ordenada por turnos de
preferencia para la adjudicación y será objeto de
exhibición en los centros recogidos en el anexo, así
como en la dirección de internet http://www.
renfe.es. El momento en que se procederá a la
exhibición será oportunamente anunciado en el Boletín
Oficial del Estado. Durante un plazo de 15 días
laborables a contar desde el primer día de su
exhibición, los interesados podrán poner de manifiesto
la existencia de errores en la relación o reclamar
contra la omisión o exclusión de la convocatoria.
Dicha reclamación deberá efectuarse por escrito
entregado en la Dirección de Planificación y Control
de Recursos Humanos, sita en el Paseo del Rey
n.o 30 de Madrid, código postal 28008, en horario
de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, excepto
festivos.
El citado documento también podrá remitirse por
correo certificado con acuse de recibo a la dirección
señalada en el párrafo anterior, teniendo validez
siempre que tenga entrada en ella durante el plazo
de quince días laborables contados a partir del
primer día de exhibición de la relación de participantes
admitidos y excluidos de la convocatoria.
La relación definitiva de los participantes será
exhibida en los centros relacionados en el anexo
de la convocatoria, así como en la dirección de
internet http://www.renfe.es. El momento en que
se procederá a dicha exhibición será oportunamente
anunciado en el Boletín Oficial del Estado. La
exhibición hará las veces de comunicación al interesado
de la resolución adoptada por RENFE a su
reclamación.
F) Proceso de selección y adjudicación
de plazas
El proceso de selección y adjudicación comenzará
en primer término con la asignación de plazas entre
los participantes que hubieran cesado en la empresa
por haber sido declarados afectos de una
incapacidad permanente en el grado de total, absoluta
o de gran invalidez que, tras el correspondiente
proceso de revisión de aquella hubieran recuperado
la plena capacidad laboral o hubieran quedado en
situación de incapacidad permanente parcial, y
continuará en segundo término con la asignación entre
los excedentes voluntarios de RENFE.
Si quedasen plazas sin cubrir, se procederá a
realizar dicho proceso entre aquellos aspirantes que
hubieran pertenecido a los Regimientos de
Movilización y Prácticas (hasta la 45.a Promoción),
Zapadores Ferroviarios (hasta la 27.a Promoción) o
Escuela de Aprendices con anterioridad al año 1988.
Por último, si después de esta acción continuase
la descobertura de plazas, se iniciará el
procedimiento de selección y adjudicación entre el resto
de los participantes.
Las plazas se adjudicarán entre aquellos aspirantes
que las hubiesen solicitado en tiempo y forma, por
el siguiente orden de prelación:
Turno previo
Trabajadores cesados como consecuencia de
declaración de incapacidad permanente total,
absoluta o gran invalidez, respecto de los que se haya
producido la recuperación parcial o total de la
capacidad laboral de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 1451/1983, de 11 de mayo.
Dentro del turno previo, el orden de preferencia
en la adjudicación de plazas vendrá dado por la
fecha anterior de declaración de recuperación de
la plena capacidad laboral o de incapacidad
permanente parcial emitida por el Instituto Nacional
de la Seguridad Social.
Primer turno
Trabajadores cuyo período inicial de excedencia
voluntaria en RENFE o de prórroga de la misma
haya finalizado y hayan solicitado el reingreso en
tiempo y forma de acuerdo con lo previsto en los
artículos 273 y 275 de la normativa laboral de
RENFE.
Segundo turno
Trabajadores en excedencia voluntaria en RENFE
participantes en la convocatoria cuyo período inicial
de excedencia o de prórroga de la misma no se
encuentre finalizado.
Dentro del primer y segundo turno la preferencia
para la obtención de plaza vendrá dada por la
aplicación sucesiva de los siguientes criterios:
1.o Serán preferentes los excedentes voluntarios
de la misma categoría que las plazas objeto de
cobertura (considerándose a estos efectos como una
misma categoría las de Montador Eléctrico de
Instalaciones de Seguridad y la de Montador Eléctrico
de Instalaciones de Seguridad con Especialización),
y entre ellos existirá prioridad absoluta por las plazas
pertenecientes al último municipio en que prestaron
sus servicios a la empresa.
2.o Serán preferentes los excedentes voluntarios
cuya fecha de finalización del período de excedencia
sea anterior, por determinar ésta el derecho más
antiguo al reingreso en la empresa. Se tomará por
dicha fecha la de fin del período inicial de excedencia
voluntaria, salvo en caso de existencia de prórroga
o prórrogas de la misma, en cuyo supuesto se tomará
la de finalización de la última prórroga.
De producirse empate una vez aplicados los
criterios anteriores, éste se resolverá atendiendo en
primer lugar a la mayor antigüedad en la categoría
y en segundo lugar a la mayor antigüedad en la
empresa ; salvo en el caso de excedentes de distinta
categoría a la de las plazas a cubrir, para los cuales
el desempate se efectuará tan solo por la mayor
antigüedad en la empresa.
Las antigüedades citadas en el párrafo anterior
serán las que resulten de aplicar lo dispuesto en
el capítulo 4.o del título II de la normativa laboral
de RENFE.
Tercer turno
Aspirantes que adquirieron experiencia ferroviaria
en RENFE en los Regimientos de Movilización y
Prácticas, hasta la 45.a Promoción, o Zapadores
Ferroviarios, hasta la 27.a Promoción, y en las
Escuelas de Aprendices, siempre que dicha
experiencia se hubiese adquirido con anterioridad al
año 1988.
Cuarto turno
Resto de participantes en la convocatoria.
La adjudicación de plazas dentro del tercer y
cuarto turno se realizará por orden decreciente
comenzando por el aspirante que mayor puntuación haya
obtenido en el examen final del cursillo de
adaptación.
En caso de empate a puntos, este se resolverá
atendiendo a la mayor puntuación final obtenida
en las pruebas selectivas.
1) Pruebas de selección y sistema de
puntuación:
Los trabajadores de RENFE en situación de
excedencia voluntaria, que integran los turnos primero
y segundo, y los aspirantes del turno previo, estarán
exentos de la realización de las pruebas selectivas
que se señalan en este punto.
La información del lugar, fecha y hora de
realización de las pruebas selectivas se pondrá a
disposición de los aspirantes a través de los centros
relacionados en el anexo de la convocatoria y en
la dirección de internet http://www.renfe.es. El
momento a partir del cual se podrá acceder a tal
información será oportunamente anunciado en el
Boletín Oficial del Estado.
El D.N.I., pasaporte en vigor o tarjeta de identidad
deberá ser presentado en el momento de acceder
a las pruebas de selección. La falta de presentación
del documento identificativo determinará la no
admisión a la realización de las pruebas y, por tanto,
la eliminación de la convocatoria.
1.a Pruebas selectivas:
Serán las siguientes realizadas por el orden que
se indica:
1.o Psicométrica que consistirá en un test que
evaluará la inteligencia y razonamiento general de
los aspirantes.
2.o Teórico-práctica de conocimientos que
versará sobre las siguientes materias:
Electrónica analógica y digital.
Instalaciones eléctricas en media y baja tensión.
Suministro de energía y centros de transformación
sistemas de telemando y transmisión de datos.
Sistemas de regulación, control y automatismos.
Las instrucciones de cada una de las pruebas serán
indicadas en el momento de realización de las
mismas.
Los aspirantes serán convocados a las pruebas
en llamamiento único y acreditarán su identidad
a solicitud de los miembros del Tribunal.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del
Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, los
aspirantes que no posean la nacionalidad española y
no sea deducible de su origen el conocimiento
adecuado del castellano no deberán realizar una prueba
previa de conocimiento del mismo, ya que las
pruebas selectivas establecidas en la presente
convocatoria implican por sí mismas la demostración de
un conocimiento adecuado del castellano.
1.b Sistema de puntuación: (Ver imagen página 8027)
1.o Prueba psicométrica:
Puntuación máxima: 30 puntos.
Puntuación = aciertos
-errores
n-1
n = número de alternativas
2.o Prueba teórico-práctica:
Puntuación máxima: 70 puntos.
Puntuación = aciertos
-errores
n-1
n = número de alternativas
La puntuación máxima total de estas dos pruebas
será de 100 puntos.
La puntuación final será la suma de las
puntuaciones alcanzadas en cada una de las pruebas.
2) Tribunal de evaluación:
Para la evaluación de las pruebas en general se
constituirá un Tribunal que estará compuesto de
la siguiente forma:
Un Presidente designado por la Dirección
Corporativa de Organización y Recursos Humanos de
RENFE que habrá de tener superior categoría que
el resto de los componentes.
Dos Vocales designados por la Representación
Legal de los Trabajadores.
Otros dos Vocales con similar o superior categoría
que las plazas convocadas designados por la
Dirección Corporativa de Organización y Recursos
Humanos de RENFE, uno de los cuales actuará
como Secretario.
En caso de que se estime necesario, por
presentarse a las pruebas un elevado número de aspirantes,
la Dirección Corporativa de Organización y
Recursos Humanos de RENFE podrá designar
Comisiones de Examen compuestas de la misma forma que
el Tribunal y que auxiliarán al mismo.
3) Ordenación y relación de aspirantes que
hayan participado en las pruebas selectivas:
RENFE publicará la relación de aspirantes que
hayan tomado parte en las pruebas selectivas,
ordenados de mayor a menor puntuación final obtenida.
En caso de igualdad en cuanto a puntuación se
figurará en primer lugar al aspirante que haya
obtenido mayor puntuación en la prueba
teórico-práctica.
La exhibición de dicha relación se efectuará en
los centros recogidos en el anexo de la convocatoria,
y del momento en que se procederá a la misma
se dará oportuno anuncio en el Boletín Oficial del
Estado.
4) Cursos de adaptación y de reciclaje
profesional:
Los excedentes voluntarios y los aspirantes del
turno previo de distinta categoría que las plazas
objeto de cobertura, y los del tercer y cuarto turnos,
que hayan sido declarados APTOS en el
reconocimiento médico, se someterán a un curso de
adaptación con una duración aproximada de un mes.
Los excedentes voluntarios y los aspirantes del
turno previo de la misma categoría que las plazas
objeto de cobertura y los de la categoría de
Montador Eléctrico de Instalaciones de Seguridad con
Especialización que se prevea que puedan obtener
plaza, que hayan sido declarados APTOS en el
reconocimiento médico, deberán realizar un curso de
reciclaje profesional con la duración que se estime
necesaria. El orden de llamamiento al curso será
el establecido por la prelación en la adjudicación
y, dentro del tercer y cuarto turnos, por el orden
establecido en el punto 3 del apartado F.
El primer llamamiento para la realización del
curso de adaptación incluirá como mínimo un
cincuenta por ciento más de aspirantes que plazas
pendientes de cubrir. En todo caso, el número de
aspirantes que iniciarán dicho curso será al menos un
treinta por ciento superior al de plazas pendientes
de cobertura.
En caso necesario, se irán efectuando
llamamientos sucesivos de un número de aspirantes superior
en un cincuenta por ciento al necesario para
completar el mínimo del treinta por ciento de exceso
establecido en el párrafo anterior.
Si finalizado el curso quedasen plazas sin cubrir,
se efectuarán llamamientos sucesivos de los
siguientes aspirantes mejor clasificados que hubiesen
solicitado dichas plazas.
Independientemente del tipo de curso a realizar,
el llamamiento será único para cada aspirante. La
no presentación en el lugar, fecha y hora que se
les indique implicará su eliminación de la
convocatoria.
Para ser admitidos al curso, los aspirantes deberán
aportar la documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos de la convocatoria que se
les solicite. La no presentación de la totalidad de
dicha documentación en el plazo de 8 días
laborables a partir del momento en que les sea requerida
supondrá su eliminación de la convocatoria.
Al final del curso se efectuará un examen sobre
las materias impartidas, a fin de acreditar que se
poseen los conocimientos necesarios a juicio de
RENFE para poder resultar adjudicatarios de plaza.
La inasistencia total o parcial a cualquiera de las
sesiones del curso requerirá justificación
documental, implicando la no presentación de la misma la
eliminación de la convocatoria. En cualquier caso,
la inasistencia -aún justificada- superior en
cómputo global a tres días del periodo lectivo también
dará lugar a la citada eliminación.
5) Reconocimiento médico y psicotécnico:
Los aspirantes que sean llamados para la
realización del curso de adaptación, y los excedentes
voluntarios y aspirantes del turno previo de la misma
categoría que las plazas convocadas para quienes
se prevea que puedan obtener plaza, se someterán
a reconocimiento médico previo por parte de los
Servicios Médicos de RENFE para determinar si
su capacidad médico-laboral se corresponde con la
capacidad requerida para el desempeño de los
puestos de trabajo a que opten.
El resultado de dicho reconocimiento será de
APTO o de NO APTO, significando esta última
calificación la imposibilidad de la obtención de
plaza, quedando por tanto el aspirante eliminado de
la convocatoria.
5.1 Reconocimiento médico:
A) Las condiciones mínimas de capacidad
médico-laboral exigidas a los trabajadores de
RENFE que se encuentran en situación de excedencia
voluntaria, que integran los turnos primero y
segundo, y a los aspirantes del turno previo, son las
siguientes:
1. Visión-Agudeza visual:
Visión binocular:
Agudeza visual: 0.700 en un ojo y 0.500 en el
otro, en la escala de Wecker, sin o con corrección.
2. Visión-Otras condiciones:
Sentido cromático normal.
Sentido luminoso normal.
Visión estereoscópica normal.
Campo visual, para el blanco y los colores, normal.
Integridad de los ojos y sus anejos.
No padecer enfermedad infecciosa crónica de los
órganos de visión.
3. Audición:
Audiometría tonal liminar, sin prótesis auditivas:
Pérdida media que cumpla una de las siguientes
opciones:
Opción A: No sobrepasar los 40 dB en el lado
peor.
Opción B: No sobrepasar los 45 dB en el lado
peor, a condición de que en el otro oído no se
superen los 30 dB.
Pérdida a 4.000 Hz que cumpla una de las
siguientes opciones:
Opción C: No sobrepasar los 60 dB en el lado
peor.
Opción D: No sobrepasar los 70 dB en el lado
peor, a condición de que en el otro oído no se
superen los 50 dB.
No padecer otorrea.
4. Sistema locomotor y aparato respiratorio ;
Estado anatómico y funcional del sistema
locomotor que permita la realización correcta de trabajos
físicos intensos.
Pruebas funcionales respiratorias:
Índice de Tiffenau disminuido, como máximo, un
20 por 100 respecto del valor teórico que
corresponda.
Capacidad vital forzada disminuida, como
máximo, un 20 por 100 respecto del valor teórico que
corresponda.
5. Sistema cardio-vascular, psiquismo, varios:
No padecer cardiopatías ni vasculopatías
descompensadas, ni miocardiopatías isquémicas en
cualquiera de sus formas.
No padecer enfermedad mental.
No padecer enfermedad alcohólica crónica.
No presentar indicios analíticos de consumo de
drogas.
No padecer hipertensión arterial.
No padecer afecciones que cursen con ataques
convulsivos, temblores, incoordinación de
movimientos, trastornos de la marcha, pérdidas bruscas
de conocimiento o alteraciones del nivel de
consciencia.
No padecer epilepsia en ninguna de sus formas.
No estar bajo tratamiento con fármacos
hipoglucemiantes, antihistamínicos o psicotropos.
No padecer diabetes.
B) Condiciones mínimas de capacidad
médico-laboral para el resto de los participantes en esta
convocatoria:
1. Visión-Agudeza visual:
Visión binocular:
Agudeza visual: 1.000 en un ojo y 0.500 en el
otro o 0.700 en cada ojo, por separado, en la escala
de Wecker, sin corrección.
2. Visión-Otras condiciones:
Sentido cromático normal.
Sentido luminoso normal.
Visión estereoscópica normal.
Campo visual, para el blanco y los colores, normal.
Integridad de los ojos y sus anejos.
No padecer enfermedad infecciosa crónica de los
órganos de la visión.
3. Audición:
Audiometría tonal liminar, sin prótesis auditivas:
Pérdida media inferior a 25 dB, en el lado peor.
No sobrepasar los 50 dB de pérdida a 4.000 Hz,
en el lado peor.
No padecer otorrea.
4. Sistema locomotor y aparato respiratorio:
Estado anatómico y funcional del sistema
locomotor que permita la realización correcta de trabajos
fisicos intensos.
Pruebas funcionales respiratorias, normales.
5. Sistema cardio-vascular, psiquismo, varios:
No padecer cardiopatías ni vasculopatías
descompensadas, ni miocardiopatías isquémicas en
cualquiera de sus formas.
No padecer enfermedad mental.
No padecer enfermedad alcohólica crónica.
No presentar indicios analíticos de consumo de
drogas.
No padecer hipertensión arterial.
No padecer afecciones que cursen con ataques
convulsivos, temblores, incoordinación de
movimientos, trastornos de la marcha, pérdidas bruscas
de conocimiento o alteraciones del nivel de
consciencia.
No padecer epilepsia en ninguna de sus formas.
No estar bajo tratamiento con fármacos
hipoglucemiantes, antihistamínicos o psicotropos.
No padecer diabetes.
5.2 Psicotécnico:
Por ser una categoría relacionada con la
circulación, deberán superarse las pruebas
correspondientes a la "Batería de Seguridad" que comprenden:
a) Prueba de inteligencia concreta manipulativa.
b) Pruebas de medición de tiempos de reacción
ante estímulos simbólicos y luminosos.
c) Prueba de estimación de velocidad de un
móvil.
d) Cuestionario de personalidad para detectar
alteraciones psicopatológicas graves.
6) Resolución definitiva:
Será objeto de publicación la resolución definitiva
de la convocatoria en la que se figurará el nombre
y apellidos, número de documento identificativo,
puntuación obtenida en el examen final del cursillo
de adaptación, en su caso, y la plaza adjudicada.
Dicha resolución será objeto de publicación en el
Boletín Oficial del Estado, así como en la dirección
de internet http://www.renfe.es.
Los candidatos que obtengan plaza derivada de
esta convocatoria quedarán eliminados
automáticamente del resto de convocatorias de RENFE en
las que participen y se encuentren pendientes de
resolución definitiva.
G) Bolsa de trabajo para futuras
contrataciones temporales
Conforme a lo establecido en el apartado F) de
la presente convocatoria, solamente se iniciará el
proceso de selección descrito en el mismo entre
los aspirantes del cuarto turno cuando después de
la adjudicación entre los turnos previo, primero,
segundo y tercero quedasen plazas sin cubrir. Como
consecuencia de ello, esta bolsa de trabajo será
establecida únicamente si dicho proceso de selección
tiene lugar.
En este último caso, los cursillistas que no
habiendo resultado eliminados de la convocatoria no
hubieran obtenido plaza, entrarán a formar parte de la
bolsa de trabajo para futuras contrataciones
temporales que fuera necesario realizar por RENFE
hasta el 31 de diciembre de 2004.
La empresa ofrecerá dichos contratos a los
integrantes de la bolsa siguiendo el mismo orden de
prelación indicado en la letra F) Proceso de
selección y adjudicación de plazas de esta convocatoria,
bien entendido que sólo se formalizará la
contratación con aquéllos que cumplan las condiciones
y requisitos legalmente establecidos para la
modalidad de contratación decidida por RENFE.
Los integrantes de la bolsa tienen la obligación
de comunicar a RENFE cualquier variación que
se produzca en sus datos personales.
Quedarán automáticamente eliminados de la bolsa
aquellos integrantes que:
Por no haber mantenido actualizados sus datos
personales no puedan ser localizados para ofrecerles
un contrato de trabajo.
Una vez ofrecido el contrato de trabajo no
manifiesten su aceptación de manera fehaciente en el
plazo indicado en la oferta.
Anexo : (Ver imágenes páginas 8029 y 8030)
Provincia Centros RENFE Dirección
Álava . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Vitoria/Gasteiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Dato, 46. 01005 Vitoria.
Albacete . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Albacete . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. García Lorca, s/n. 02001 Albacete.
Alicante . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Alacant-Terminal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. Salamanca, 1. 03005 Alicante.
Almería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Almería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de España, 6. 04006 Almería.
Asturias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Oviedo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Uría, s/n. 33003 Oviedo.
Ávila . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Ávila . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. José Antonio, s/n. 05001 Ávila.
Badajoz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Badajoz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. Carolina Coronado, s/n. 06006 Badajoz.
Barcelona . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Barcelona-Sants . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaça Paisos Catalans, s/n. 08014 Barcelona.
Burgos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Burgos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Conde de Guadalhorce, s/n. 09001 Burgos.
Cáceres . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Cáceres . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. Alemania, s/n. 10005 Cáceres.
Cádiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Cádiz . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de Sevilla, s/n. 11006 Cádiz.
Cantabria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Santander . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de las Estaciones, s/n. 39002 Santander.
Castellón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Castelló de la Plana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de España, 1. 12002 Castellón.
Ciudad Real . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Ciudad Real . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda de Europa, s/n. 13005 Ciudad Real.
Córdoba . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Córdoba-Central . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Glorieta de las Tres Culturas, s/n. 14011 Córdoba.
Coruña, A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de A Coruña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Joaquín Planelles, s/n. 15007 A Coruña.
Cuenca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Cuenca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. General Moscardó, 10. 16004 Cuenca.
Girona . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Girona . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de España, s/n. 17001 Girona.
Granada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Granada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. Andaluces, s/n. 18014 Granada.
Guadalajara . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Guadalajara . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Francisco Aritio, s/n. 19004 Guadalajara.
Guipúzcoa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de San Sebastián/Donostia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. de Francia, s/n. 20012 San Sebastián.
Huelva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Huelva-Término . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. de Italia, s/n. 21001 Huelva.
Huesca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Huesca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Zaragoza, 14. 22005 Huesca.
Jaén . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Jaén . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Paseo de la Estación, s/n. 23007 Jaén.
León . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de León . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Astorga, s/n. 24009 León.
Lleida . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Lleida . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de Berenguer IV, s/n. 25007 Lleida.
Lugo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Lugo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de Conde Fontao, s/n. 20309 Lugo.
Madrid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Dirección de Planificación y Control de RR.HH. . . . . . . . . . . . . Paseo del Rey, 30. 28008 Madrid.
Málaga . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Málaga . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Explanada de la Estación, s/n. 29002 Málaga.
Murcia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Murcia del Cármen . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Industria, s/n. 30002 Murcia.
Navarra . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Pamplona . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación RENFE, s/n. 31012 Pamplona.
Ourense . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Ourense . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. de Marín, s/n. 32001 Ourense.
Palencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Palencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de los Jardinillos, s/n. 34003 Palencia.
Pontevedra . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Pontevedra . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Alférez Provisional, s/n. 36003 Pontevedra.
Rioja, La . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Logroño . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de Europa, s/n. 26003 Logroño.
Salamanca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Salamanca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Paseo de la Estación, s/n. 37004 Salamanca.
Segovia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Segovia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Obispo Quesada, 1. 40006 Segovia.
Sevilla . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Sevilla-Santa Justa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. Kansas City, s/n. 41007 Sevilla.
Soria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Soria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Carretera de Madrid, s/n. 42005 Soria.
Tarragona . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Tarragona . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza de la Estación, s/n. 43004 Tarragona.
Teruel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Teruel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Camino de la Estación, s/n. 44001 Teruel.
Toledo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Toledo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Paseo de las Rosas, s/n. 45006 Toledo.
Valencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Valencia. Del Nord . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Xátiva, 24. 46007 Valencia.
Valladolid . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Valladolid-Campo Grande . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C/ Recondo, s/n. 47007 Valladolid.
Vizcaya . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Bilbao-Abando . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Plaza Circular, 2. 48008 Bilbao.
Zamora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación de Zamora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Carretera de la Estación, s/n. 49010 Zamora.
Zaragoza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Estación Zaragoza-El Portillo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Avda. de Anselmo Clavé, s/n. 50004 Zaragoza.
Información convocatoria
Teléfonos: 91 540 31 53 y 91 540 31 76.
Internet: http://www.renfe.es
En lo no regulado expresamente en la presente convocatoria se estará a lo previsto en la normativa convencional de RENFE.
Madrid, 6 de septiembre de 2004.-El Director General de Seguridad, Organización y Recursos Humanos, Juan Fernández Álvarez.-42.731.
Instrucciones de cumplimentación y de tramitación
a) Instrucciones generales de cumplimentación:
Escriba solamente a mano con bolígrafo y trazo
firme utilizando mayúsculas de tipo imprenta.
Coloque cada letra o número que escriba bien
separado del resto y dentro del espacio delimitado
para ello por las marcas de base sin tocar éstas.
Asegúrese de que los datos resultan claramente
legibles.
Evite grapar, arrugar o rasgar el papel y realizar
correcciones, enmiendas o tachaduras. No escriba
en los espacios sombreados o en los que así se
indique en el apartado b). No olvide firmar y fechar
el impreso.
b) Instrucciones particulares de cuplimentacion
II. Datos personales:
2 y 3. En caso de tener la nacionalidad española
cumplimente únicamente la casilla número 2 con
el número de su documento nacional de identidad
alineado a la derecha y figurando en el último
recuadro la letra correspondiente al número de
identificación fiscal. Si posee la nacionalidad de alguno
de los países miembros de la Unión Europea u otra
de las que dan derecho a participar en la
convocatoria, o se encuentra en la situación citada al
final del punto a) del apartado B) SUJETO de la
convocatoria, cumplimente únicamente la casilla 3
indicando el número del pasaporte o tarjeta de
identidad con la que se encuentre en España.
4 a 15. Figure los datos personales, datos de
nacimiento, teléfono de contacto (con prefijo) y
domicilio particular.
III. Datos profesionales:
16 a 18. Cumplimente estos datos únicamente
si es trabajador en situación de excedencia voluntaria
en RENFE. No obstante, si en algún momento
prestó servicios en RENFE y le fue asignado número
de matrícula, indique éste en la casilla 16. No
cumplimente los campos "Código" sombreados.
19 y 20. Cumplimente estos datos si perteneció
con anterioridad al año 1988 a los Regimientos
de Movilización y Prácticas, hasta la 45.a
Promoción, o de Zapadores Ferroviarios, hasta la 27.a
Promoción, o a las Escuelas de Aprendices de
RENFE. Figure además el número de matrícula en la
casilla 16 si le fue asignado.
IV. Plazas solicitadas:
Indique el orden de preferencia en el que desee
concurrir a cada una de las plazas convocadas
figurando en la casilla "ORDEN" ubicada a la izquierda
de cada plaza un número del "1" al "9", ambos
inclusive. Se entenderá que únicamente concurre
por las plazas en las que haya figurado un orden
de preferencia válido, y no por aquellas cuya casilla
"ORDEN" aparezca en blanco o se haya
cumplimentado de manera no válida de acuerdo con lo
previsto en el párrafo siguiente. En consecuencia,
de no obtener alguna de las plazas en las que haya
figurado un número de orden válido, resultará
eliminado de la convocatoria.
En aquellos casos en los que en la casilla
"ORDEN" de la solicitud se figuren números repetidos ;
con enmiendas o tachaduras ; o cualesquiera otros
signos, letras, o números distintos de los
comprendidos desde el 1 hasta el 9 ambos inclusive, se
tendrán por no puestos y por tanto por no solicitadas
las plazas a las que dichos números o signos se
refieran. Si esta situación afecta al total de las plazas
solicitadas o si en la solicitud de participación no
se señala preferencia por ninguna plaza por figurar
todas las casillas "ORDEN" en blanco, resultará
excluido a participar en la convocatoria. Dicha
exclusión será definitiva si no presenta una nueva
solicitud de participación válida según lo dispuesto
en las bases de la convocatoria.
Si es excedente voluntario de RENFE de la misma
categoría que la de las plazas a cubrir y la residencia
en la que prestaba servicio antes de pasar a la
situación de excedencia voluntaria pertenece a alguno
de los municipios donde se convocan plazas, deberá
solicitar éste como primero de su orden de petición.
En caso de no hacerlo así, resultará excluido de
la convocatoria.
Por otra parte, si es excedente voluntario de
RENFE de la misma categoría que la de las plazas a
cubrir y se encuentra en expectativa de reingreso
una vez finalizado el período de excedencia o de
prórroga de la misma, además de cumplir en su
caso lo previsto en el párrafo anterior, deberá
solicitar todas las plazas ofertadas ; bien entendido que
si así no lo hiciera y no obtuviere ninguna de las
plazas que sí solicitase, quedaría definitivamente
extinguida su relación laboral con la empresa ya
que ello equivale a la renuncia a la reanudación
de los efectos del contrato de trabajo.
Una vez presentada la solicitud no será posible
efectuar modificación alguna de las plazas
solicitadas.
c) Instrucciones de tramitación:
La solicitud de participación y de petición de
plazas deberá entregarse dentro del plazo establecido
en la convocatoria, junto con dos fotocopias por
ambas caras del D.N.I., Pasaporte o tarjeta de
identidad y el resto de documentación requerida en cada
caso según las bases publicadas, en la Dirección
de Planificación y Control de Recursos Humanos
de RENFE, sita en el Paseo del Rey n.o 30, 28008
Madrid, bien directamente o mediante correo
certificado con acuse de recibo. Si se opta por presentar
la documentación directamente, la solicitud se
cumplimentará por duplicado ejemplar, uno de los cuales
quedará en poder de RENFE y el otro se devolverá
sellado al interesado con la fecha de recepción por
el centro de admisión de solicitudes.
Información de la convocatoria
Tfnos.: 91.540.31.76 y 91.540.31.53.
Internet: http://www.renfe.es
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid