Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo previsto en la Ley de
Instituciones de Inversión Colectiva, se hace público:
Que con fecha 26 de noviembre de 2002, el
Consejo de Administración de Gesmanresa, Sociedad
Anónima, S.G.I.I.C., como Sociedad Gestora de los
Fondos de Inversión Caixa de Manresa Mundiborsa,
F.I.M. (Fondo Absorbente) y Caixamanresa
Oportunitats Globals, F.I.M. (Fondo Absorbido), aprobó
por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción
de los mencionados fondos.
Que con fecha 23 de enero de 2003, el Consejo
de Administración de Caixa d'Estalvis de Manresa,
como Entidad Depositaria de los mencionados
Fondos, aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión
por absorción de los citados Fondos.
Que con fecha 26 de diciembre de 2003 el
Vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado
de Valores autorizó el Proyecto de Fusión de los
citados Fondos presentado por dichas Entidades,
en el que se recoge la fusión por absorción de Caixa
de Manresa Mundiborsa, F.I.M. (Fondo
Absorbente) y Caixamanresa Oportunitats Globals, F.I.M.
(Fondo Absorbido) con disolución si liquidación
del Fondo Absorbido y transmisión en bloque de
todos sus activos y pasivos al Fondo Absorbente,
sucediendo a título universal en todos sus derechos
y obligaciones al Fondo absorbido.
Que como consecuencia de lo anterior, y a los
efectos de lo establecido en la legislación vigente
en materia de Instituciones de Inversión Colectiva,
se comunica a los partícipes de los Fondos afectados
el derecho de separación que les asiste, ejercitable
en el plazo de 30 días a contar desde la fecha de
publicación de este anuncio o de la remisión de
la oportuna comunicación individualizada a los
partícipes, sin deducción de comisión de reembolso
ni gasto alguno.
Que, asimismo, los acreedores de los Fondos
participantes en la fusión podrán oponerse a la misma
en el plazo de un mes a contar desde la fecha
de publicación del último anuncio de fusión, en
los términos establecidos en el artículo 106 del Texto
Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Que de conformidad con lo establecido en los
artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley
de Sociedades Anónimas, se hace constar que los
partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar
y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados
y del Proyecto de Fusión.
Manresa, 15 de enero de 2004.-Pere Ribera
Sellares. El Secretario del Consejo de
Administración.-1.361.
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