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Documento BOE-B-2004-222061

Resolución de la Autoridad Portuaria de Barcelona por la que se hace público un requerimiento a la empresa "Mediterranean Rainbow, Sociedad Limitada" de desalojo de unas naves del muelle adosado del Puerto de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 14 de septiembre de 2004, páginas 8081 a 8081 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2004-222061

TEXTO

En fecha 5 de julio de 2004, el señor Director

de la Autoridad Portuaria de Barcelona, atendido

que desde el 1 de noviembre de 2003 la empresa

"Mediterranean Rainbow, Sociedad Limitada"

ocupa sin título las naves 7 y 8 del tinglado núm. 1

del muelle Adosado del puerto de Barcelona, y

atendido lo previsto en el artículo 128 de la Ley 48/2003,

de 26 de noviembre, de régimen económico y de

prestación de servicios de los puertos de interés

general, dictó la siguiente resolución:

"Primero.-Requerir formalmente a Mediterranean

Rainbow, S.L. que en el plazo de diez (10) días a

contar desde la recepción de esta notificación desalojen

las naves 7 y 8 del tinglado núm. 1 del muelle Adosado

y hagan entrega de las mismas, libres, vacuas y expeditas,

a la Autoridad Portuaria de Barcelona.

A tal efecto pueden entregar las llaves de las naves

en el Servicio de Planificación de Espacios

Portuarios (Edificio ASTA, Tramo VI de la Carretera

de Circunvalación del Puerto, de lunes a viernes

laborables, de 09:00 a 14:00).

Durante el plazo indicado pueden ustedes

presentar las alegaciones que estimen oportunas,

mediante escrito dirigido al Sr. Director de la

Autoridad Portuaria de Barcelona.

Segundo.-Apercibir formalmente a

Mediterranean Rainbow, S.L. que de incumplir este

requerimiento, la Autoridad Portuaria de Barcelona

acordará el desahucio administrativo de oficio de las

naves, todo ello sin perjuicio de las demás

responsabilidades que puedan serles exigibles con arreglo

a Derecho.

Tercero.-Ordenar al Sr. Secretario de la

Autoridad Portuaria de Barcelona que notifique esta

resolución al interesado."

Lo que se hace público a los efectos del

artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, al no haber sido posible notificar

al interesado en su domicilio.

Barcelona, 6 de septiembre de 2004.-El

Secretario general: Pere Caralps Riera.-42.863.

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