Por resolución de fecha 7 de Julio de 2.004, se
aprueba el Proyecto de construcción arriba indicado
y se ordena a esta Demarcación la incoación del
expediente de expropiación forzosa de los bienes
y derechos afectados por las obras de ejecución
del proyecto aprobado.
Es de aplicación el artículo 8.1 de la Ley 25/1988,
de 29 de julio, de Carreteras modificado por el
artículo 77 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre,
a cuyo tenor se declara de urgencia la ocupación
de los bienes por la expropiación forzosa a que
dé lugar la construcción de la mencionada obra.
La tramitación del correspondiente expediente
expropiatorio se ha ajustar, por tanto, al
procedimiento de urgencia previsto en el artículo 52 de
la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento
de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de la facultades que le otorga el artículo 98 de la
Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a lo
señalado en las reglas 2y 3de su artículo 52,
ha resuelto convocar a los propietarios que figuran
en la relación que se hará pública en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz, y que se
encuentra expuesta en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Santa Marta, así como en el de esta
Demarcación de Carreteras, para que asistan al
levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación
en el lugar, día y hora que a continuación se indica:
Lugar: Ayuntamiento de Santa Marta.
Fecha y hora: Veinticinco, veintiséis, veintisiete
y veintiocho de octubre de dos mil cuatro, desde
las nueve horas.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados mediante
citación individual, y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en el diario de Badajoz "Hoy"
y en el Boletín Oficial del Estado.
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de la Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropien
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplados en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley
de Expropiación Forzosa para que en el plazo
legalmente previsto, que conforme establece el artículo
56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa
podrá prorrogarse hasta el momento en que se
proceda al levantamiento de las citadas actas previas
a la ocupación, los interesados podrán formular por
escrito, ante esta Demarcación de Carreteras
(Avenida de Europa, n.o 1. 06071-Badajoz), alegaciones
a los solos efectos de subsanar posibles errores que
se hayan producido al relacionar los bienes afectados
por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Badajoz, 2 de septiembre de 2004.-El Ingeniero
Jefe de la Demarcación, P. A., el Jefe del Servicio
de Planeamiento, Proyectos y Obras. Fdo. Antonio
Ruiz-Roso Gómez.-43.058.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid