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Documento BOE-B-2004-228097

Resolución de 2 de julio de 2004, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica la Convocatoria del VI Concurso de Pintura del Parque Nacional de Timanfaya, 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 21 de septiembre de 2004, páginas 8261 a 8262 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2004-228097

TEXTO

Se convoca el "VI Concurso de Pintura del Parque

Nacional de Timanfaya. 2004", dotado con los

siguientes premios:

Primer premio, de mil quinientos euros (1.500,00

euros) y diploma.

Segundo premio de quinientos euros (500,00

euros) y diploma.

Tercer premio de doscientos euros (200,00 euros)

y diploma.

Los premios serán sufragados con cargo a los

Presupuestos Generales del Organismo Autónomo

Parques Nacionales para el año 2004.

Objeto del concurso.-Es objeto del presente

concurso fomentar la divulgación de los valores

naturales del Parque Nacional de Timanfaya bajo una

perspectiva y visión plástica y artística. Los trabajos

a presentar tendrán como principal motivo el Parque

Nacional de Timanfaya, sus valores naturales,

paisajísticos, florísticos, geológicos, culturales,

históricos, humanos o socioeconómicos del mismo.

Normas generales:

1.1 Podrán concurrir al VI Concurso de Pintura

del Parque Nacional de Timanfaya, nacionales o

extranjeros, con obras cuyo tema esté relacionado

o referido con cualquiera de los múltiples aspectos

del Parque Nacional de Timanfaya o en las que

figure algún elemento característico de este Parque

Nacional.

1.2 Cada autor podrá presentar tantas obras

como desee, no existiendo limitación alguna en este

aspecto, siendo de participación abierta, pudiendo

presentarse tanto profesionales como aficionados.

1.3 Las obras presentadas a concurso podrán

elaborarse con cualquier técnica de dibujo,

respetando únicamente el formato establecido en las

presentes bases. No serán admitidas las obras

presentadas protegidas por cristal o cualquier otro

elemento similar (metacrilato, plexiglas, etc.).

1.4 La composición del jurado y su fallo se

podrá dar a conocer una vez firmada el acta de

deliberación, publicándose posteriormente en el

"Boletín Oficial del Estado".

1.5 El jurado podrá declarar desierto esta

convocatoria cuando estime que las obras presentadas

no reúnan las condiciones exigidas en la

convocatoria o carezcan de la calidad y rigor inherentes

a aquellas. Excepcionalmente, el Jurado podrá

conceder las menciones honoríficas que considere

oportunas, otorgando un diploma acreditativo, sin

dotación económica. El fallo del Jurado será inapelable.

1.6 Todos los trabajos se remitirán a la

Administración del Parque Nacional de Timanfaya, calle

La Mareta, 9, 355560 Tinajo-Lanzarote (Las

Palmas), con la indicación "VI Concurso de Pintura

del Parque Nacional de Timanfaya". Las obras

deberán tener entrada en el Registro General del Parque

Nacional de Timanfaya, en horario de 8,00 a 15,00

(hora de Canarias) desde el día siguiente a la

publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial

del Estado" y hasta el día 15 de octubre de 2004.

1.7 Para su identificación, en el sobre cerrado

que contenga la obra deberá figurar un lema.

Asimismo, se entregará un sobre aparte (plica) cerrado

y precintado donde se especificará en su cubierta

el lema de la obra, y en su interior los datos

personales del autor (nombre, número de identificación

fiscal, dirección postal, teléfono, y optativamente

dirección de correo electrónico).

1.8 Para realizar cualquier consulta, los

interesados podrán dirigirse a la Dirección del Parque

Nacional de Timanfaya (928-840 238

timanfayaUmma.es).

1.9 De conformidad con la legislación tributaria

vigente, los premios están sujetos al tipo

correspondiente de retención fiscal.

1.10 La Administración del Parque Nacional de

Timanfaya no se hace responsable de los posibles

deterioros que pudieran sufrir las obras desde su

entrega hasta su devolución, si bien cuidará de las

mismas con el máximo celo.

1.11 El conjunto de las obras presentadas podrá

ser difundido por la Administración del Parque

Nacional de Timanfaya, después de su fallo

definitivo por cualquier medio de comunicación social,

o en una o varias exposiciones públicas organizadas

por esta unidad administrativa.

1.12 Las obras galardonadas con dotación

económica quedarán en propiedad del Organismo

Autónomo Parques Nacionales, el cual se reserva todos

los derechos de propiedad y explotación, incluyendo

las reproducciones totales o parciales de las mismas,

por cualquier medio, técnica o soporte, para el

ámbito nacional o internacional, por un tiempo ilimitado,

ajustándose a lo establecido en el Real Decreto

Legislativo 1/1996, de 12 de abril, que aprueba el

texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

1.13 El plazo de retirada de las obras no

galardonadas será, previa comunicación por el interesado

(928-840238 ó timanfayaUmma.es) y posterior

acreditación de su identidad desde el día siguiente a

la publicación de la Resolución del fallo del jurado

en el "Boletín Oficial del Estado", en horario de

lunes a viernes, de 8,00 a 15,00 horas (hora de

Canarias), hasta las 15,00 horas del 31 de diciembre

de 2004. La remisión de las obras a los autores

será por cuenta exclusiva del autor.

1.14 Las obras no retiradas en los plazos

previstos, salvo comunicación escrita, en tiempo y

forma, del propietario del método de devolución,

pasarán a ser propiedad de la Administración del Parque

Nacional de Timanfaya.

1.15 El fallo de los premios será comunicado

a los ganadores por el Secretario del Jurado. Los

ganadores recogerán el premio personalmente, o a

través de una persona delegada expresamente por

el autor. Los Premios podrán, en su caso, ser

entregados en un acto oficial que se les anunciará

previamente.

1.16 La participación en esta convocatoria

supone la aceptación íntegra de las bases de la

presente convocatoria.

Características.-Las obras que se presenten al V

Concurso de Pintura del Parque Nacional de

Timanfaya deberán ser inéditas, y en formato DIN A3

(420 x 297 mm).

Jurado:

1.17 El jurado que establecerá el fallo del

concurso estará integrado por:

El Presidente del Patronato del Parque Nacional

de Timanfaya.

El Vicepresidente del Patronato del Parque

Nacional de Timanfaya.

Un representante del Organismo Autónomo

Parques Nacionales.

Un representante del Gobierno de Canarias.

Un representante del Ayuntamiento de Yaiza y

otro de Tinajo.

Un representante del Excelentísimo Cabildo

Insular de Lanzarote.

Un representante de las Universidades.

Un representante de los agentes sociales:

Empresarios o ecologistas.

Dos artistas o profesionales artísticos.

Un funcionario de la Administración del Parque

Nacional de Timanfaya, que actuará

simultáneamente como Secretario del jurado.

1.18 El Jurado podrá constituirse al menos con

siete de sus miembros, siendo imprescindible que

entre éstos se encuentren el Presidente, o en su

defecto el Vicepresidente, y el Secretario del jurado.

1.19 El fallo del jurado tendrá lugar

considerando unicamente los votos emitidos por los

miembros del jurado que asistan personalmente a las

reuniones convocadas a tal fin.

1.20 Cualesquiera otros aspectos no previstos

en estas bases quedarán a decisión del jurado previa

propuesta del Presidente del mismo.

Madrid, 1 de septiembre de 2004.-El Director,

Juan Garay Zabala.-&42.899.

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