Al amparo de lo establecido en el artículo 79 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, la empresa «Interurbana de Autocares, Sociedad Anónima» titular de la concesión citada, ha solicitado su modificación en el sentido de suprimir el itinerario concesional que discurre entre Pontevedra y Villagarcía de Arosa, así como la parada en esta última población. Los interesados y afectados en este expediente podrán personarse en el procedimiento y previo examen de la documentación pertinente en la Subdirección General de Gestión y Análisis de los Transportes por Carretera de esta Dirección General (Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana 67, planta cuarta, despacho A-4.39, en horas de nueve a catorce), en la Junta de Galicia, Junta de Castilla y León, Principado de Asturias, Gobierno Vasco y Diputación Regional de Cantabria, efectuar las observaciones que estimen oportunas en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el «Boletín Oficial de Estado».
Madrid, 11 de agosto de 2004.-El Subdirector General. Miguel A. de Frías Aragón.-43.826.
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