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Documento BOE-B-2004-243067

GESNORTE, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 8 de octubre de 2004, páginas 8944 a 8944 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2004-243067

TEXTO

Gesnorte, S. A., S.G.I.I.C. como Entidad Gestora y Deutsche Bank, S.A.E. como Entidad Depositaria, solicitaron ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), la introducción de algunas modificaciones en la política de inversión del Fondo Fondonorte Divisas, FI, al objeto de transformarlo en un Fondo de Fondos manteniendo su actual vocación inversora de Renta Variable Mixta Internacional y quedando sujeto a los preceptos establecidos en el artículo 52 Bis del Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva. Las modificaciones que se introducen en la política de inversión del Fondo son invertir fundamentalmente en renta variable entre un 30% y un 70% del patrimonio del Fondo y el resto en renta fija y liquidez, invertir en valores emisores radicados en paises emergentes hasta un máximo de 10%, tener un riesgo en divisas de entre el 30% y el 50% del patrimonio y no invertir directamente en derivados, aunque si pudiera hacerlo a través de sus inversiones en otras IIC. La suma de las comisiones de gestión y depositario directas o indirectas no podrán superar el 4,00% y el 0,50% respectivamente sobre el patrimonio del Fondo. El Fondo podrá invertir en las IICs del grupo, en cuyo caso la suma de comisiones de gestión y depositario, tanto directas como indirectas no superarán el 2,25% y el 0,20% respectivamente sobre el patrimonio invertido en las IICs del grupo. Se elimina el 4 por 1000 del patrimonio nominal custodiado como límite máximo de comisión de depositario. El Depositario podrá percibir del Fondo comisiones de realización de operaciones de compra o venta de valores, cobro de cupones u otras actividades similares. Con fecha 7 de septiembre de 2004, la CNMV procedió a autorizar la mencionada modificación. Se informa conforme a lo establecido en la normativa vigente y dado que el Fondo no tiene comisión de reembolso, que los partícipes tienen derecho a reembolsar sus participaciones al valor liquidativo que resulte aplicable el día de la solicitud de reembolso. Estas modificaciones entrarán en vigor una vez registrado el folleto en la CNMV, lo que será como mínimo un mes posterior a la fecha de remisión de la carta a los partícipes.

Madrid, 27 de septiembre de 2004.-Manuel Blanco Esgueva, Director General.-45.245.

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