Antecedentes de hecho
Primero.-La Empresa Compañía Sevillana de Electricidad I, Sociedad Anónima (actualmente Endesa Distribución), con domicilio en Avenida de la Borbolla número 5 en Sevilla, solicitó con fecha 24 de julio de 2000 Autorización Administrativa para realizar la instalación de una línea de Alta Tensión a 220 kV doble circuito, con origen en la línea a 220 kV simple circuito «Guadame-Atarfe» y final en la Subestación «Olivares».
Segundo.-De acuerdo con la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, el artículo 9.º del Decreto 2617/1966 de 20 de octubre, que regula el procedimiento para el otorgamiento de Autorización Administrativa en materia de instalaciones eléctricas, así como el artículo 20 del Decreto 292/1995, de 1 de diciembre de la Junta de Andalucía que aprueba el Reglamento de Impacto Ambiental, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 70 de fecha 21 de junio de 2001 y en Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 252 de 21 de octubre de 2000. Tercero.-Según la documentación que obra en el expediente, se remitieron separatas a los organismos y entidades afectados que se relacionan, al objeto de que manifestasen su oposición o conformidad a las instalaciones:
Ayuntamiento de Jaén.
Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Medio Ambiente. Departamento de Patrimonio y Vías Pecuarias. Enagás. Diputación Provincial de Jaén. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
De estos Organismos y entidades unos contestaron solicitando documentación complementaria, lo cual fue informado por Compañía Sevillana de Electricidad y otros contestaron dando su conformidad.
Cuarto.-Consta en el expediente Declaración de Impacto Ambiental favorable, emitido por la Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Medio Ambiente de fecha 29 de enero de 2001, el cual fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 42 de 20 de febrero de 2001. Quinto.-Con fecha 1 de febrero de 2002 Compañía Sevillana de Electricidad I, Sociedad Anónima, presentó en la Delegación Provincial de Jaén de la entonces Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, solicitud de aprobación del Proyecto de ejecución y Declaración de Utilidad Pública, en concreto de la línea de Alta Tensión varias veces mencionada. Sexto.-De acuerdo con la Ley 54/1997 de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, artículos 52, 53 y 54 y con los Decretos 2617/1966 y 2619/1966 de 20 de octubre que regula el procedimiento para el otorgamiento de Autorización Administrativa y Declaración en concreto de Utilidad Pública en materia de instalaciones eléctricas, así como con el Decreto 292/1995 de 12 de diciembre de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento de Impacto Ambiental, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el Boletín Oficial del Estado número 128 de 29 de mayo de 2002, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 68 de 11 de junio de 2002, Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 81 de 10 de abril de 2002, Diario de Jaén de 19 de abril de 2002 y expuestos en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Torredelcampo y Jaén. Posteriormente y por corrección de errores se procedió a insertar nuevos anuncios en Boletín Oficial del Estado número 123 de 23 de mayo de 2003, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 103 de 2 de junio de 2003, Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 80 de 7 de abril de 2003 y Diario de Jaén de 2 de abril de 2003. Séptimo.-Se remitieron separatas del proyecto a los organismos y entidades afectados que se relacionan, al objeto de que manifestasen su oposición o conformidad con las instalaciones, así como que establecieran los condicionados técnicos procedentes:
Enagás.
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. Renfe. Consejería de Medio Ambiente. Consejería de Obras Públicas y Transportes. Ministerio de Fomento. Diputación Provincial de Jaén. Excelentísimo Ayuntamiento de Jaén. Excelentísimo Ayuntamiento de Torredelcampo. Telefónica.
De estos organismos y entidades, unos contestaron dando su conformidad a las instalaciones y declaración en concreto de utilidad pública, emitiendo al mismo tiempo los condicionados oportunos que fueron aceptados por la empresa peticionaria. Otros no contestaron, por lo que una vez reiterada la solicitud de informe, sin recibir tampoco contestación se dio por aceptada la propuesta del solicitante.
Octavo.-Consta en el expediente escrito de la Diputación Provincial de Jaén de la Consejería de Medio Ambiente en el que informa que dado que las modificaciones que figuran en el proyecto no son sustanciales, le será de aplicación la Declaración de Impacto Ambiental que ya fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 20 de febrero de 2001. Noveno.-Se remitió carta certificada con acuse de recibo, conteniendo texto de información pública, publicado en los distintos boletines oficiales, a todos los propietarios afectados. De estos consta en el expediente que se recibieron alegaciones de:
D.ª María de la Capilla Bago Ruiz.
D.ª Raquel Quesada Parras. D.ª Carmen Molinos Martínez. D. Francisco Aguayo Peragón.
Que a su vez fueron remitidas y contestadas por la empresa solicitante.
Fundamentos de derecho
Primero.-Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto de ejecución de acuerdo con el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica y Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
Segundo.-La Autorización Administrativa y la Aprobación del Proyecto de ejecución de instalaciones eléctricas está regulado por el Decreto 2617/1966, de aplicación a este expediente en virtud de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico (Boletín Oficial del Estado 28 de diciembre de 1997). La Declaración en concreto de la utilidad pública está regulada en los artículos 52 y siguientes de la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico en relación con los artículos 52 y siguientes y la Ley 16/1954 sobre Expropiación Forzosa.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía resuelve:
Primero.-Autorizar y Aprobar el Proyecto de ejecución de la Línea aérea de 220 kV referenciada y solicitada por Compañía Sevillana de Electricidad I, Sociedad Anónima, cuyas características principales serán: Origen: Línea 220 kV simple circuito «Guadame-Atarfe».
Final: Subestación «Olivares». Longitud afectada: 8 kilómetros. Términos municipales afectados: Torredelcampo y Jaén. Tipo: Aérea doble circuito. Tensión de Servicio: 220 kV. Conductor: LA-455. Cable de tierra: AC-50. Apoyos: Metálicos Galvanizados. Aislamiento: Cadenas U-120 BS.
Segundo.-Declarar la Utilidad Pública en concreto de la instalación referenciada, a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Tercero.-Antes de proceder a la puesta en servicio de las instalaciones se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen, así como con los condicionados emitidos por los distintos organismos, y los que constan en la Declaración de Impacto Ambiental.
2. El plazo de puesta en servicio será de dos años contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución. 3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Jaén, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente Acta de puesta en servicio.
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante el Excelentísimo señor Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sevilla, 30 de agosto de 2004.-El Director General de Industria, Energía y Minas. Firmado: Jesús Nieto González.-46.287.
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