Publicación de solicitud de inscripción. El artículo 22 del Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto 733/1993, de 14 de mayo, establece que, para inscribir actos o contratos por los que se transmitan, modifiquen o extingan derechos de propiedad intelectual, deberá constar previamente inscrito el derecho de la persona que otorgue los actos o contratos referidos y que, cuando dicha inscripción previa no exista, notificará a las personas que, por la información disponible, pudieran ostentar derechos sobre la obra y publicará la solicitud de inscripción en el Boletín Oficial del Estado y en el de la Comunidad Autónoma correspondiente. Por ello, de conformidad con las funciones atribuidas a los Registros Territoriales por el artículo 3 del citado Reglamento, resuelvo:
1.º Publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid que se ha presentado en este Registro Territorial solicitud de inscripción sobre la transmisión por Ergonova, S.A., a favor de Price Waterhouse Coopers Asesores de Negocios, S. L., de los derechos de propiedad intelectual correspondientes a la obra de don Julián Pérez de Ugarro titulada «Programa de ordenador Eyetraking», que no están inscritos en el Registro de la Propiedad Intelectual.
2.º Notificar a las personas que, por la información disponible, pudieran ostentar derechos sobre la obra referida. 3.º Practicar la inscripción previa, si en el plazo de seis meses desde la publicación de la presente resolución nadie manifestara oposición a dicha inscripción.
Madrid, 19 de abril de 2004.-La Registradora Territorial. Fdo.: Emilia del Campo Ruiz.-46.228.
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