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El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, en el recurso extraordinario de revisión promovido por don Luis Ernesto Hidalgo Armijo contra acuerdo de fecha 24 de octubre de 2001, del Administrador de la AEAT, en Arganda, por el que se emite liquidación provisional por el concepto Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicio 2000, acuerda: Desestimarlo.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd., advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía económico-administrativa puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la fecha de este Edicto.
Madrid, 1 de octubre de 2004.-Antonio Longás Lafuente.-46.670.
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