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El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, en resolución a la reclamación económico-administrativa interpuesta por Haryma, Sociedad Anónima, contra providencia de apremio, acuerda: Desestimarla, confirmando los actos impugnados.
Lo que notifico reglamentariamente a usted, advitiéndole que contra esta resolución definitiva en vía económico-administrativa puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la fecha de esta notificación.
Madrid, 8 de octubre de 2004.-El Vocal Jefe de la Sección 11.ª, Francisco J. Palacio Ruiz de Azagra.-48.840.
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