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Documento BOE-B-2004-285105

Anuncio del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales por el que se notifica el inicio del expediente 78.2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 26 de noviembre de 2004, páginas 10527 a 10528 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-B-2004-285105

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59, apartado 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se notifica a «Doño Aluip, S.L.», como titular del cine «Terraza Lumiere», de Alboraya (Valencia), el acuerdo de iniciación del expediente sancionador n.º 78/2004, dictado el 27 de septiembre de 2004 por el Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, en virtud de lo establecido en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 15/2001, de 9 de julio, de Fomento y Promoción de la Cinematografía y el Sector Audiovisual, así como en el artículo 21 y siguientes del Real Decreto 81/1997, de 24 de enero, y de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1398/1993, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (RPS), de 4 de agosto, al haberse intentado sin efecto la notificación ordinaria del mismo, prevista por el apartado 2 del citado artículo 59 de la LRJPAC, en el último domicilio conocido, Avda. de la Horchata, 13 puerta 7 ó 3, 46120 Alboraya (Valencia), y a la vista de la posible comisión por la empresa de una infracción leve de las tipificadas en el artículo 12.3 de la Ley 15/2001, de 9 de julio citada, por vulneración de lo establecido en el artículo 9.1 de la misma, en relación con el artículo 12 del Real Decreto 81/1997, de 24 de enero, y con el apartado Sexto, 6 de la Orden de 7 de julio de 1997, que podrá ser sancionada con apercibimiento o multa de hasta 3.000 euros, de acuerdo con el artículo 13.1.ª de la misma Ley. Se nombra Instructor del procedimiento al Servicio de Inspección y Sanciones de la Secretaría General, siendo competente para su resolución esta misma Dirección General, conforme a lo prescrito en el artículo 13 de la Ley 15/2001. El acuerdo de iniciación que se notifica no se publica en su integridad de acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, encontrándose a disposición del interesado el texto íntegro del mismo, así como la totalidad de documentos obrantes en el expediente, en la sede de este Instituto (Secretaría General. Servicio de Inspección y Sanciones) ubicado en la Plaza del Rey, n.º 1. 28071 Madrid.

Frente al citado acuerdo de iniciación dispone el interesado de un plazo de quince días para la formulación de alegaciones y presentación de documentos e informaciones que estime convenientes a su defensa, de acuerdo con el artículo 16, apartado 1, del RPS.

Madrid, 15 de noviembre de 2004.-La Secretaria General, Milagros Mendoza Andrade.-52.758.

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