La Secretaría de Estado de Aguas y Costas del
Ministerio de Medio Ambiente, con fecha 10 de
Septiembre de 2003 aprobó los proyectos: "Proyecto
de ramales derivados del canal alto de los Payuelos
(León). 1.a Fase-zona Esla" y "Proyecto de ramales
derivados del canal alto de los Payuelos (León).
2.a Fase-zona Centro", a los que resulta de directa
aplicación el artículo 36 de la Ley 10/2001, de
5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, así como,
el artículo 123 de la Ley 62/2003, de 30 de
diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden
social (BOE n.o 313), motivos por los cuales dichas
obras llevan implícita la declaración de utilidad
pública, interés general, y necesidad de ocupación
así como la urgencia a los efectos de ocupación
de los bienes y derechos afectados, conforme el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
La especificación de las distintas afecciones se
pormenoriza de la siguiente forma:
Para las zonas excluidas del procedimiento de
concentración parcelaria:
1. Expropiación en pleno dominio de los
terrenos sobre los que se han de construir o en su caso
ocupar o inundar, las instalaciones fijas en superficie.
2. Para la canalización de la conducción
principal:
a) Imposición de servidumbre permanente de
paso y de acueducto a lo largo del trazado de la
conducción con una anchura variable entre 1,25
metros lineales y 3,15 metros lineales, en función
del diámetro de la tubería, a cada lado del eje de
la misma, por donde dicha conducción discurrirá
enterrada. Esta servidumbre estará sujeta a las
siguientes limitaciones al dominio:
Prohibición de efectuar trabajos de arada o
similares a una profundidad superior a ochenta
centímetros, así como de plantar árboles o arbustos,
realizar cualquier tipo de obras, construcción,
edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar
o perturbar el buen funcionamiento de las
instalaciones, a una distancia variable entre 1,25 metros
lineales y 3,15 metros lineales, a contar desde el
eje de la conducción.
Libre acceso del personal y equipos necesarios
para poder mantener, reparar o renovar las
instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que
se ocasionen.
b) Ocupación temporal de los terrenos
necesarios de cada una de las fincas, en la franja
contemplada tanto en la relación de bienes y derechos
afectados como en los planos parcelarios de
expropiación, por un período coincidente con los plazos
de ejecución de las obras, haciendo desaparecer
temporalmente todo obstáculo y ejecutando las obras
u operaciones precisas a dichos fines.
Para las zonas incluidas en el mencionado
procedimiento de concentración parcelaria, la afección
se concreta exclusivamente en la ocupación
temporal de los terrenos necesarios de cada una de
las fincas, en la franja que se refleja tanto en la
relación de bienes y derechos afectados como en
los planos parcelarios de expropiación, por un
período coincidente con los plazos de ejecución de las
obras, haciendo desaparecer temporalmente todo
obstáculo y ejecutando las obras u operaciones
precisas a dichos fines.
En consecuencia, esta Confederación
Hidrográfica del Duero, en uso de las facultades que le
confiere el artículo 98 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y en
cumplimiento de lo dispuesto en la reglas 2.a y 3.a de
su artículo 52, ha resuelto convocar a los titulares
de determinados bienes y derechos afectados por
los mencionados proyectos, de acuerdo con los
Edictos publicados en el Boletín Oficial del Estado,
Boletín Oficial de la Provincia de León, en los periódicos
"Diario de León", "La Crónica-El Mundo" y
expuestos, con relación de titulares de los bienes y
derechos, en los tablones de anuncios de los
Ayuntamientos de El Burgo Ranero, Valdepolo, Vallecillo,
Bercianos del Real Camino, Castrotierra de
Valmadrigal, Santas Martas y Villamoratiel de las
Matas, y en las Juntas Vecinales de Grañeras,
Villamuñío, Sahelices del Payuelo, Aldea del Puente,
Villeza, Reliegos y Villamarco, donde radican los
bienes y derechos afectados y en las oficinas de
Aguas del Duero, S. A. (Calle Duque de la
Victoria, n.o 20-1.o; 47001 Valladolid); en su calidad
de Sociedad Estatal gestora de las mencionadas
obras; para que, sin perjuicio de trasladarse al lugar
de las fincas, si se considerase necesario, asistan
al levantamiento de las correspondientes Actas
Previas a la Ocupación en los lugares, fechas y horas
que a continuación se indican:
Proyecto de ramales derivados del canal alto de
los Payuelos (León). 1.a Fase-zona Esla:
Lugar: Ayuntamiento de Santas Martas. Fechas:
23, 24, 25 y 26 de febrero de 2004. Horas: 09:00
a 14:00 y 16:30 a 18:30.
Lugar: Ayuntamiento de Valdepolo. Fecha: 27
de febrero de 2004. Hora: 09:00 a 14:00.
Proyecto de ramales derivados del canal alto de
los Payuelos (León). 2.a Fase-zona Centro:
Lugar: Ayuntamiento de El Burgo Ranero.
Fechas: 1, 2, 3 y 4 de marzo de 2004. Horas: 09:00
a 14:00 y 16:30 a 18:30.
Lugar: Ayuntamiento de El Burgo Ranero. Fecha:
5 de marzo de 2004. Hora: 09:00 a 14:00.
Lugar: Ayuntamiento de El Burgo Ranero.
Fechas: 8, 9, 10 y 11 de marzo de 2004. Horas:
09:00 a 14:00 y 16:30 a 18:30.
Lugar: Ayuntamiento de Villamoratiel de las
Matas. Fecha: 12 de marzo de 2004. Hora: 09:00
a 14:00.
Lugar: Ayuntamiento de Vallecillo. Fechas: 15,
16 y 17 de marzo de 2004. Horas: 09:00 a 14:00
y 16:30 a 18:30.
Lugar: Ayuntamiento de Bercianos del Real
Camino. Fecha: 18 de marzo de 2004. Hora: 09:00 a
14:00.
Lugar: Ayuntamiento de Bercianos del Real
Camino. Fecha: 22 de marzo de 2004. Horas: 09:00
a 14:00 y 16:30 a 18:30.
Lugar: Ayuntamiento de Castrotierra de
Valmadrigal. Fechas: 23 y 24 de marzo de 2004. Horas:
09:00 a 14:00 y 16:30 a 18:30.
Lugar: Ayuntamiento de Castrotierra de
Valmadrigal. Fecha: 25 de marzo de 2004. Hora: 09:00
a 14:00.
Lugar: Ayuntamiento de Santas Martas. Fecha:
25 de marzo de 2004. Hora: 16:30 a 18:30.
Lugar: Ayuntamiento de Valdepolo. Fecha: 26
de marzo de 2004. Hora: 09:00 a 14:00.
A dichos actos, a los que deberán asistir el
Representante de la Confederación Hidrográfica del
Duero y el Perito de la Sociedad Estatal Aguas del
Duero, S. A., así como el Alcalde del Término
Municipal correspondiente o Concejal en quien delegue;
deberán asimismo, comparecer, los interesados
afectados personalmente o bien representados por
persona provista de poder notarial, identificándose
mediante la presentación de su D.N.I. y aportando
los documentos acreditativos de su titularidad y el
último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
que corresponda al bien afectado, pudiendo hacerse
acompañar, si así lo desean, de un Notario y Peritos,
con gastos a su costa; para lo cual serán notificados
por correo certificado y con acuse de recibo.
Asimismo la presente publicación se realiza
igualmente a los efectos previstos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, según la nueva redacción
dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sirviendo
como notificación a los posibles interesados no
identificados, a los titulares de bienes y derechos
afectados que sean desconocidos y a aquéllos de los
que se ignore su paradero.
Es de señalar que la presente publicación se
realiza, además, a los efectos de apertura del trámite
de información pública contemplado en los
artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa, para que en el plazo de quince días (que
conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento
de Expropiación Forzosa, podrá prorrogarse hasta
el momento en el que se proceda al levantamiento
de las citadas Actas Previas a la Ocupación) los
interesados, así como las personas que siendo
titulares de algún derecho o interés económico sobre
los bienes afectados y que se hayan podido omitir
en la relación aneja a los Edictos expuesta en los
Tablones de Anuncios de los Ayuntamientos y
Juntas Vecinales señalados, y en las oficinas de Aguas
del Duero, S.A (Calle Duque de la
Victoria, n.o 20-1.o; 47001 Valladolid), puedan formular
por escrito las alegaciones que estimen oportunas,
a los solos efectos de subsanar posibles errores que
se hubieran podido cometer al relacionar los bienes
y derechos afectados por las expropiaciones,
poniendo a su disposición el número de teléfono de
atención 902 36 41 61, para cualquier aclaración o
duda.
Valladolid, 27 de enero de 2004.-EL Presidente,
José Carlos Jiménez Hernández.-&3.555.
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