El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, en el recurso extraordinario de revisión interpuesto por doña Florencia Medina Martínez, contra resolución de recurso de reposición dictada por la Administración de La Palma del Condado de la Delegación de Huelva de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de fecha 10 de mayo de 2001, referente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1999, acuerda: Declarar la inadmisibilidad del presente recurso extraordinario de revisión.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd., advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía económico-administrativa puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio.
Madrid, 24 de noviembre de 2004.-El Vocal, Conrado Montesinos Jaén.-54.519.
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