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Documento BOE-B-2004-30098

Resolución de 1 de diciembre de 2003, del Director General de Obras Públicas, por la que se aprueba definitivamente el Proyecto Básico 51-A-1694(2). Ronda Suroeste de San Miguel de Salinas. Conexión de las carreteras CV-95 Y CV-941 (Alicante).

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2004, páginas 974 a 974 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-B-2004-30098

TEXTO

Por Resolución de fecha 4 de abril de 2003 del

Director General de Obras Públicas se aprobó

provisionalmente el proyecto básico "51-A-1694(2).

Ronda Suroeste de San Miguel de Salinas. Conexión

de las carreteras CV-95 y CV-941. (Alicante)". En

el Boletín Oficial del Estado número 122 de fecha

22 de mayo de 2003 y en el Diario Oficial de la

Generalitat Valenciana número 4502 de fecha 19

de mayo de 2003 se publicaron los anuncios en

virtud de los cuales se abría el trámite de información

pública a los efectos de lo dispuesto en la legislación

vigente. Habiendo dictado en fecha 14 de noviembre

de 2003 el Director General de Gestión del Medio

Natural la Declaración de Impacto Ambiental del

Proyecto de referencia.

En virtud de las atribuciones asignadas por el

Decreto 114/2003, de 11 de julio, del Gobierno

Valenciano, por el que se aprueba el reglamento

Orgánico y Funcional de la Conselleria de

Infraestructuras y Transporte, a la vista del informe emitido

por la División de Carreteras, con los efectos

señalados en el artículo 22 de la Ley 6/1991 de la

Generalitat Valenciana de 27 de marzo, de

Carreteras de la Comunidad Valenciana, y del artículo

123 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre,

por el que se aprueba el Reglamento General de

la ley de Contratos de las Administraciones Públicas,

así como por delegación de la Orden del Conseller

de Infraestructuras y Transporte de 1 de agosto de

2003 (DOGV núm. 4.560), resuelvo:

Primero: Aprobar definitivamente el proyecto

básico "51-A-1694(2). Ronda Suroeste de San

Miguel de Salinas. Conexión de las carreteras CV-95

y CV-941. (Alicante)".

Segundo.-Visto lo dispuesto en el artículo 20 y

siguientes de la Ley 6/1991, de 27 de marzo, de

Carreteras de la Generalitat Valenciana, razones de

interés público aconsejan la publicación de esta

Resolución de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 60 de la Ley 4/99, de 13 de enero, de

modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de régimen jurídico de las Administraciones Públicas

y del procedimiento administrativo común.

Contra la presente resolución que agota la vía

administrativa podrá interponerse con carácter

potestativo, recurso de reposición ante el Director

General de Obras Públicas en el plazo de un mes,

contado desde el día siguiente al de su publicación,

en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y

117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, en la

redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999

de 13 de enero (BOE n.o 12, de 14 de enero).

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior,

la presente resolución podrá ser impugnada

directamente ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo de la ciudad de Valencia, mediante la

interposición del correspondiente recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados

desde el día siguiente al de la publicación de la

misma o, en su caso, de la resolución expresa del

recurso potestativo de reposición, de conformidad

con lo establecido en el artículo 46 de la Ley

29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio

de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro

recurso que estime procedente.

Valencia, 1 de diciembre de 2003.-El Director

General de Obras Públicas.-Victoriano

Sánchez-Barcáiztegui Moltó.-&3.175.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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