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Documento BOE-B-2004-301103

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la subestación a 400 KV denominada «Fuendetodos», en el término municipal de Fuendetodos (Zaragoza), y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 15 de diciembre de 2004, páginas 11100 a 11100 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2004-301103

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública, de la instalación que se cita. Resultando que a los efectos previstos en los artícu-los 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» no habiéndose presentado alegaciones ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que enviados ejemplares del proyecto y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto1995/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo al Servicio Provincial de Zaragoza del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón y al ayuntamiento de Fuendetodos, y reiterada la petición, no existe pronunciamiento alguno por parte de los mismos por lo que se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en los 127.2, 131.4 y 146.1del referido Real Decreto. Resultando que enviados ejemplares del proyecto y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo a la Confederación Hidrográfica del Ebro, a la Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, al Servicio Provincial de Zaragoza del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón y la Subdirección de Carreteras del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Aragón, no presentaron oposición a la instalación proyectada. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Fuendetodos, además de a los citados efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras publicas con el fin de que emitieran informe sobre la adaptación del mencionado proyecto al planeamiento urbanístico, transcurrido el plazo de un mes sin que por este organismo se haya emitido contestación alguna al respecto, se entiende evacuado el informe en sentido favorable, conforme a lo establecido en la disposición adicional tercera, apartado primero, de la Ley 13/2003, de 27 de mayo. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte del Gobierno de Aragón a fin de que, de conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras publicas, emitieran informe sobre la adaptación del mencionado proyecto al planeamiento urbanístico, este organismo manifestó su conformidad a la instalación proyectada mediante el correspondiente informe. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza. Visto el informe favorable emitido por la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión del día 30 de septiembre de 2004. Visto el informe del Operador del Sistema en el que se justifica la fiabilidad y seguridad de la instalación proyectada. Considerando que se han cumplido los tramites reglamentarios que se establecen en el Titulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la subestación a 400 KV denominada «Fuendetodos», en el término municipal de Fuendetodos (Zaragoza), cuyas características principales son: Emplazamiento: Término municipal de Fuendetodos, con acceso desde la carretera A-220, de Cariñena a Belchite.

Configuración:

Doble anillo con siete posiciones de interruptor de celda blindada que posibilita las siguientes posiciones: Posición 11: Autotransformador AT-2 (futura).

Posición 12: Línea Almazán. Posición 13: Autotransformador AT-1 (400/220 KV y 600 MVA). Posición central: Cierre de anillo. Posición 21: Línea Morella 1 (futura). Posición 22: Línea Morella 2 (futura). Posición 23: Línea Escatrón.

En esta primera fase se equipará un anillo completo con cuatro posiciones blindadas de interruptor que habilitan tres conexiones: Posición 12: Línea Almazán.

Posición 13: Autotransformador AT-1. Posición 23: Línea Escatrón.

En una segunda fase se instalarán tres nuevas posiciones de interruptor que permitirán las conexiones siguientes: Posición 11: Autotransformador AT-2.

Posición 21: Línea Morella 1. Posición 22: Línea Morella 2.

Equipamiento:

La subestación tendrá las características de una instalación de tipo exterior, y estará formada por un parque de intemperie único de 400 KV, en el que se ubicará el aparellaje de protección y maniobra, así como las estructuras metálicas de soporte del mismo, y los elementos necesarios para su correcto funcionamiento. El aparellaje estará compuesto por módulos blindados, con aislamiento en SF6 y equipos convencionales en las salidas de Línea y Transformador.

Cada posición de interruptor de celda blindada con sistema de corte de SF6 modelo 8 DQ de Siemens, se compone de tres módulos MNANL, incluyendo cada módulo: 1 módulo de terminación para salida aérea (1BA),1 Seccionador motorizado unipolar (1SB), 1 Puesta a tierra motorizada, 1 Transformador de intensidad (1TI), 1 interruptor unipolar (1IN), 1 puesta a tierra unipolar motorizada (1sb), 1 transformador de intensidad (1ti) y 1 Módulo de terminación para salida aérea (1BA) así como de 1 Armario de centralización y control celda (1CC).

Aparellaje convencional:

Banco de transformación AT-1 compuesto por tres unidades monofásicas de 400/220/33 KV de 600 MVA, tipo acorazado, seccionadores rotativos con doble puesta a tierra, transformadores de tensión capacitivos, bobinas de bloqueo, aisladores soporte y pararrayos autoválvulas para 400 y 220 KV.

Redes de tierra superiores e inferiores. Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua. Centro de transformación en caseta prefabricada de hormigón, media/baja tensión, transformador trifásico 15KV/420 V con una potencia de 400KVA. Línea eléctrica de acometida en 15 KV desde el parque contiguo de 220 KV. Construcción de un edificio de mando y control. Sistemas de protecciones de medida y control. Sistemas de comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna. Sistemas de alumbrado y fuerza.

La finalidad de la subestación proyectada surge de la necesidad de reforzar la alimentación a Zaragoza, facilitar la alimentación de las vías férreas de alta velocidad y conjuntamente con la correspondiente línea eléctrica de entrada y salida en la misma, potenciar la red de transporte para permitir la incorporación a la misma de la generación del régimen especial de la zona.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en el titulo IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 1 de diciembre de 2004.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.-56.350.

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