La Diputación Provincial de Alicante, en sesión ordinaria de fecha 4 de noviembre de 2004, ha adoptado los siguientes acuerdos:
Primero.-La aprobación del expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los terrenos, bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras reseñadas en el encabezamiento.
Segundo.-La aprobación de la relación concreta e individualizada de los bienes, derechos y propietarios afectados por dichas obras, y su sometimiento a información pública, a fin de que durante el plazo de quince días hábiles, contados desde la fecha de publicación del presente Anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», puedan los interesados formular por escrito cuantas alegaciones estimen oportunas en relación con el expediente expropiatorio, pudiendo hacerlo tanto en los Ayuntamientos cuyo término municipal radiquen los bienes o derechos afectados, como en el Registro General de esta Corporación Provincial, sito en C/. Tucumán, n.º 8, 03005-Alicante.
El anuncio más detallado, acompañado de la relación de propietarios, bienes y derechos afectados, aparece publicado en el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante», número 277, de fecha 1 de diciembre de 2004.
Transcurrido el mencionado plazo, podrán igualmente los interesados, al amparo de lo previsto en el art. 56.2 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa, aportar los datos oportunos para subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados o al grafíar los mismos en los correspondientes planos-parcelarios.
Lo que se hace público para general conocimiento de todos los interesados y a los efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el art. 56.1 del Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957, así como en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (según redacción dada por Ley 4/1999).
Alicante, 9 de diciembre de 2004.-El Presidente, José Joaquín Ripoll Serrano.-El Secretario General acctal., Tatiana Parreño Samaniego.-57.843.
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