La Dirección General de Carreteras del Ministerio
de Fomento aprobó con fecha 3 de octubre de 2003
el proyecto arriba reseñado. Esta aprobación lleva
implícita la declaración de utilidad pública y
necesidad de la ocupación, siendo de aplicación el
procedimiento de urgencia a que se refiere el art. 77.1
de la Ley 24/2001, de 31 de diciembre, sobre
medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social
(B.O.E. del 31 de diciembre de 2001), que modifica
la Ley 25/1988 de Carreteras.
Por la misma Resolución se ordena a la
Demarcación de Carreteras de Castilla y León Oriental,
la incoación del expediente de expropiación forzosa
de los bienes y derechos afectados por las obras
comprendidas en dicho proyecto.
Para ello, esta Demarcación de Carreteras, de
conformidad con lo establecido en el artículo 52 de
la vigente Ley de Expropiación Forzosa, que regula
el procedimiento de urgencia, ha resuelto convocar
a los propietarios que figuran en la relación íntegra
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia
de Ávila, en el Diario de Ávila y que se encuentran
expuestas en los tablones de anuncios del
Ayuntamiento de Ávila, así como en los de la Unidad
de Carreteras de Ávila, para que asistan al
levantamiento de actas previas a la ocupación, en el
Ayuntamiento de Ávila en las fechas que se indican:
Día 17 de marzo de 2004. Hora de 11,00 a 12,00.
A dicho acto comparecerán bien personalmente
o representados por persona debidamente
autorizada, al objeto de trasladarse al propio terreno si
fuera necesario, debiendo aportar los documentos
acreditativos de su titularidad, pudiendo ir
acompañados, si así lo desean, de un Notario y un Perito,
con gastos a su costa. Todo ello les será notificado
individualmente a los afectados que tengan
domicilio conocido.
Esta publicación se realiza, además a los efectos
de Información Pública contemplada en los artículos
17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación forzosa
para que, por un plazo de quince días desde la
última de las publicaciones de los medios antes
citados que, conforme con lo dispuesto en el artículo
56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa,
podrán prorrogarse hasta el momento del
levantamiento de las actas previas a la ocupación, los
interesados, así como las personas que siendo
titulares de derechos reales o intereses económicos,
que se hayan podido omitir en la relación indicada,
podrán formular ante la Demarcación de Carreteras,
Unidad de Ávila (P.o de San Roque, 34, 05071
Ávila), alegaciones al sólo efecto de subsanar
posibles errores que pudieran figurar en dichas
relaciones. Los Planos parcelarios y la relación de
interesados podrán ser consultados en las dependencias
citadas.
Burgos, 23 de enero de 2004.-El Ingeniero Jefe
de la Demarcación, Benedicto Elvira
Llorente.-3.428.
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