Al amparo de lo establecido en el artículo 79
del Reglamento de Ordenación de los Transportes
Terrestres, las empresas "Continental Auto,
Sociedad Limitada" y "Autocares Discrecionales del
Norte, Sociedad Limitada" han solicitado la siguiente
modificación:
Segregación en la concesión VAC-102
(Bilbao-Burgos con hijuelas) de los tráficos que se realizan en
el tramo Balmaseda-Bilbao, para su incorporación
a la concesión VAC-065 (Lanestosa-Bilbao).
Los interesados y afectados en este expediente
podrán personarse en el procedimiento y previo
examen de la documentación pertinente en la
Subdirección General de Transportes por Carretera de
esta Dirección General (Ministerio de Fomento,
Paseo de la Castellana, 67, planta cuarta, despacho
A-4.29, en horas de nueve a catorce), en el Gobierno
Vasco y en la Junta de Castilla y León, efectuar
las observaciones que estimen oportunas en el plazo
de veinte días contados a partir del día siguiente
al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial
del Estado.
Madrid, 15 de diciembre de 2003.-El Subdirector
General, Miguel Ángel de Frías Aragón.-&3.825.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid