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Documento BOE-B-2004-36074

Anuncio del Ministerio de Hacienda por el que se comunica reintegro percepción de haberes indebidos.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2004, páginas 1221 a 1221 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2004-36074

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el

Delegado de Economía y Hacienda en Valladolid,

Hace saber: Al no haber sido posible, por causas

no imputables a la Delegación de Economía y

Hacienda, realizar la notificación al interesado, se

hace público en el B.O.E., la notificación al deudor

abajo indicado del reintegro de 179,40 euros.

Este importe ha sido determinado por la

Dirección General del Tesoro y Política Financiera del

Ministerio de Economía, número de expediente

96/2003 EST, y tiene su origen en la percepción

de dicha cantidad como consecuencia de anotársele

con posterioridad la renuncia a la ampliación de

compromiso concedida según R. 562/02043/02

BOD 67, por lo que el interesado percibió

indebidamente los haberes correspondiente del 5 al 30

de abril de 2002 del Ejército de Tierra -Cuartel

General del M.R. Sur- Jefatura de Intendencia

Económico-Administrativa.

Deudor:

N.I.F. 71.140.072-Z.

Nombre: Ana Isabel Becerra Rico.

Domicilio: Calle Esquila, 19, 3.o B.

Localidad: 47012 Valladolid.

Plazos para efectuar el ingreso (art. 20 del R.G.R.

aprobado por R.D. 1684/1990, de 20 de diciembre):

a) Recibida la notificación entre los días 1 y

15 de cada mes, ambos inclusive: Hasta el día 5

del mes siguiente o inmediato hábil.

b) Recibida la notificación entre los días 16 y

último de cada mes, ambos inclusive: Hasta el día

20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.

Lugares de pago: A través de Entidades

Colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas

de Crédito) en las que no es preciso tener cuenta

abierta, mediante los impresos Carta de Pago y

Talón de Cargo que deberán recoger en cualquier

Delegación de Economía y Hacienda.

Solicitud de aplazamiento: Conforme establece el

art. 48 del Reglamento General de Recaudación,

se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas

en período voluntario. La presentación de las

solicitudes se efectuará en la Delegación Provincial de

Economía y Hacienda en que deba efectuarse el

pago.

Procedimiento de apremio: El vencimiento del

plazo de ingreso en período voluntario, sin haber

sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del

procedimiento de apremio, el devengo del recargo

de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo

con lo dispuesto en el art. 127 de la Ley General

Tributaria y en los arts. 91 y siguientes del

Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/1990,

de 20 de diciembre).

Valladolid, 28 de enero de 2004.-El Delegado

de Economía y Hacienda, Isaías Borregón

Sebastián.-3.839.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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