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A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7
de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en el Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimiento de
autorización de instalaciones de gas natural; en el
art. 17 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento
(Decreto de 26 de abril de 1957), se somete a
información pública la solicitud señalada y que se detalla
a continuación:
Peticionario: Enagás, S. A., con domicilio a efectos
de notificaciones en Madrid, calle Albasanz, n.o 16,
planta 2.a (C.P.: 28037).
Objeto de la petición: Autorización administrativa,
aprobación del proyecto de ejecución y el
reconocimiento de la utilidad pública del proyecto de
instalaciones "Adenda I al Gasoducto Córdoba-Santa
Cruz de Mudela" y sus instalaciones auxiliares, en
la provincia de Jaén.
Descripción de las instalaciones: Esta Adenda al
Gasoducto Córdoba-Santa Cruz de Mudela, tiene
por objeto introducir las siguientes modificaciones
al mencionado proyecto de autorización:
Posición K-39, situada en el T.M. de Andújar.
Cambio de emplazamiento, sustitución de la válvula
de interceptación prevista por una válvula de
interceptación con derivación, y la incorporación de una
estación de regulación y medida G-1000.
Posición K-42 situada en el T.M. de Navas de
San Juan. Cambio de emplazamiento y modificación
del trazado de la tubería entre los vértices V-I-583
y V-I-587.
El incremento total del presupuesto, en la
provincia de Jaén, asciende a la cantidad de 302.624,24
euros.
El proyecto incluye planos parcelarios y la relación
concreta e individualizada de los bienes y derechos
afectados.
Afección a fincas de la propiedad privada derivada
de la construcción del proyecto y sus instalaciones
auxiliares:
Uno.-Expropiación forzosa en pleno dominio de
los terrenos sobre los que se han de construir los
elementos de instalación fija en superficie
(posiciones, caminos de acceso y apoyos eléctricos).
Dos.-Para las canalizacioines de gas y del cable
de comunicaciones del gasoducto:
A) Imposición de servidumbre permanente de
paso, en una franja de terreno de cuatro metros,
dos a cada lado del eje, a lo largo del gasoducto,
por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías
que se requieran para la conducción del gas, así
como para el cable de comunicaciones del gasoducto
y que estará sujeta a las siguientes limitaciones:
Prohibición de efectuar trabajos de arada o
similares a una profundidad superior a 50 centímetros,
así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto
a una distancia inferior a dos metros a contar desde
el eje de la tubería o tuberías.
Prohibición de realizar cualquier tipo de obras,
construcción, edificación; o efectuar acto alguno que
pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento
de las instalaciones, a una distancia inferior a 10
metros del eje del trazado, a uno y otro lado del
mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que
se solicite expresamente y se cumplan las
condiciones que, en cada caso, fije el órgano competente
de la Administración.
Libre acceso del personal y equipos necesarios
para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las
instalaciones, con pago, en su caso, de los daños
que se ocasionen.
Posibilidad de instalar los hitos de señalización
o delimitación y los tubos de ventilación, así como
de realizar las obras superficiales o subterráneas que
sean necesarias para la ejecución o funcionamiento
de las instalaciones.
B) Ocupación temporal, como necesidad
derivada de la ejecución de las obras, de la zona que
se refleja para cada finca en los planos parcelarios
de expropiación. En esta zona se hará desaparecer,
temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las
obras necesarias para el tendido e instalación de
la canalización y elementos anexos, ejecutando los
trabajos u operaciones precisas a dichos fines.
Tres.-Para las líneas eléctricas:
A) Servidumbre permanente de paso en una
franja de terreno de un (1) metro a cada lado del
eje de la línea y en todo su trazado, que implicará
el libre acceso del personal y equipos necesarios
para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las
instalaciones, con pago, en su caso, de los daños
que se ocasionen.
B) Servidumbre permanente de vuelo en una
franja vertical de quince (15) metros centrada con
el eje de la línea, en la que se establecen:
Prohibición de levantar edificaciones o
construcciones de cualquier tipo, ni efectuar acto alguno
que pueda dañar el buen funcionamiento de la línea,
a una distancia inferior a 7,5 metros del eje de
la línea de postes del tendido.
Prohibición de plantar árboles con altura máxima
superior a cuatro (4) metros a una distancia inferior
a tres (3) metros del eje de la línea de postes del
tendido.
C) Ocupación temporal de la superficie que se
determina para cada finca en los planos parcelarios,
para realizar las obras necesarias.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios de terrenos y
demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya
relación se inserta al final de este anuncio, para
que pueda ser examinado el proyecto en esta
Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno, sita en Jaén, Plaza de las Batallas,
s/n, así como los planos parcelarios en los
Ayuntamientos respectivos, y presentar por triplicado, en
esta Dependencia, las alegaciones que consideren
oportunas en el plazo de veinte días a partir del
siguiente al de la inserción de este anuncio.
Jaén, a 4 de febrero de 2004.-El Jefe de la
Dependencia de Industria y Energía, Pedro Barbero
Romo.-5.549.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por servidumbre de paso por instalaciones auxiliares
Proyecto: 174-Gas. Córdoba-Sta. Cruz de Mudela, provincia J-Jaén. municipio: AN-Andújar
Adenda I: Camino de acceso a la posición K-39 y acometida eléctrica a la posición K-39
Abreviaturas utilizadas: SE-Superficie a expropiar; SP-Servidumbre de paso; OT-Ocupación temporal, POL-Polígono, PAR-Parcela.
Afección D. Catastro
Finca n.o Titular y domicilio SE
-m2
SP
-ml
OT
-(m2)
Pol. Parc.
Naturaleza
J-AN-624LE Clara Palomares Gavilán. Calle La Feria, 4, 2.o, 23740
Andújar.
2 163 652 7 220 Labor regadío.
J-AN-624LE bis Antonio García Mesas. Calle San Eufrasio, 2, 10.a, 23740
Andújar.
2 163 652 7 220
-
J-AN-626LE Antonio García Mesas y M.a Dolores Pérez Pérez. Calle
San Eufrasio, 2, 10.a, 23740 Andújar.
4 406 1.624 7 219 Labor regadío.
J-AN-626/1LE José García Jiménez. Calle Cervantes, 8, 23740. 1 179 716 7 218 Olivar secano.
J-AN-627LE Inmaculada Barragán Morales. Avda. Andalucía, 27, 27346
La Higuera de Arjona.
2 20 80 7 166 Olivar Secano.
J-AN-624PO Clara Palomares Gavilán. Calle La Feria, 4, 2.o, 23740
Andújar.
3444 - - 7 220 Labor regadío1.
J-AN-624PO bis Antonio García Mesas. Calle San Eufrasio, 2, 10A, 23740
Andújar.
3.444 - - 7 220 Labor regadío2.
J-AN-625PO Eugenia García Mercado. Calle Infanta Beatriz, 3, 4.o B,
18004 Granada.
2 - - 7 221 Olivar secano3.
J-AN-626PO Antonio García Mesas y M.a Dolores Pérez Pérez. Calle
San Eufrasio, 2, 10A, 23740 Andújar.
- 1.260 - 7 219 Labor regadío4.
J-AN-623PO Diputación Provincial de Jaén. Consejería de Medio
Ambiente. Pza. San Francisco, 1, Jaén. Calle Fuente del Serbo,
3, Jaén.
- 4.152 - - - Ctra. A-3115.
(1) Posición: 2.198 m2. Camino nuevo: 1.246 m2.
(2) Posición: 2.198 m2. Camino nuevo: 1.246 m2.
(3) Posición: 2 m2.
(4) Camino de acceso a vivienda y balsa de riego existente: 1.260 m2.
(5) Tramo de carretera muerto. Incluidos taludes de esta.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por servidumbre de paso
Proyecto: 174-Gas. Córdoba-Sta. Cruz de Mudela, provincia J-Jaén. Municipio: NJ-Navas de San Juan
Addenda I: Variante de posición K-42, entre los vértices V-583 y V-587 de Navas de San Juan
Abreviaturas utilizadas: SP-Servidumbre de paso; OT-Ocupación temporal, POL-Polígono, PAR-Parcela.
Afección D. Catastro
Finca n.o Titular y domicilio SP
-ml
OT
-(m2)
Pol. Parc.
Naturaleza
J-NJ-1V Antonia Gil Paredes, Diego Gil Paredes, Isidoro Gil Paredes
y Manuel Risoto Gil. Calle Duquesa Victoria, 8, Navas de
San Juan, Jaén.
226 5.664 1 10 MBajo/Encinar/Pastos.
J-NJ-5V Antonia Gil Paredes, Diego Gil Paredes, Isidoro Gil Paredes
y Manuel Risoto Gil. Calle Duquesa Victoria, 8, Navas de
San Juan, Jaén.
190 4.650 1 9 MBajo/Encinar/Pastos.
Relación individualizada de bienes y derechos afectados por servidumbre de paso por instalaciones auxiliares
Proyecto: 174-Gas. Córdoba-Sta. Cruz de Mudela, provincia J-Jaén. Municipio: NJ-Navas de San Juan
Abreviaturas utilizadas: SP-Servidumbre de paso; OT-Ocupación temporal, POL-Polígono, PAR-Parcela.
Afección D. Catastro
Finca n.o Titular y domicilio SE
-m2
SP
-ml
OT
-(m2)
Pol. Parc.
Naturaleza
J-NJ-5POV Antonia Gil Paredes, Diego Gil Paredes, Isidoro Gil
Paredes y Manuel Risoto Gil. Calle Duquesa
Victoria, 8, Navas de San Juan, Jaén.
2.1321 - - 1 9 MBajo/Encinar/Pastos.
(1) Posición: 1.764 m2, camino nuevo: 368 m2
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