Este Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
Albacete 7, S. L., contra resolución dictada por el
Tribunal Económico-Administrativo Regional de
Madrid en reclamaciones números 28/15027/97 y
28/1833/98, acuerda: Desestimarlo y confirmar la
resolución recurrida.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este edicto.
Madrid, 6 de febrero de 2004.-Alejandro Rebollo
Álvarez Amandi, Vocal Jefe.-&5.016.
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