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Documento BOE-B-2004-48098

Resolución del Departament de Treball i Industria de la Dirección General d'Energia i Mines de 24 de diciembre, por la que se otorga a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de una línea eléctrica en los términos municipales de Santa Cecilia de Voltregà y Les Masies de Voltregà (exp. 03/11650).

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2004, páginas 1762 a 1763 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2004-48098

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, SL,

con domicilio social en c. Príncipe de Vergara,

núm. 187, Madrid, ha solicitado ante la Dirección

General de Energía y Minas del Departamento de

Trabajo, Industria, Comercio y Turismo la

autorización administrativa, la declaración en concreto

de utilidad pública y la aprobación del proyecto

de ejecución de la nueva línea eléctrica aérea a

25 kV, dos circuitos, ER Santa Cecilia-La Cambra,

en los términos municipales de Santa Cecilia de

Voltregà y Les Masies de Voltregà (Osona).

En cumplimiento de los trámites que establecen

el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de

noviembre, por el que se determinan los

procedimientos administrativos aplicables a las

instalaciones eléctricas, y el Real decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre, por el que se regulan las

actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización

de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud

mencionada ha sido sometida a un período de

información pública mediante el Anuncio

publicado en el DOGC núm. 3925, de 15.7.2003, el

BOE núm. 166, de 12.7.2003; y el periódico Avuí,

de 8.7.2003.

Paralelamente al trámite de información pública,

en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144

del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,

se notificará a los ayuntamientos de los términos

municipales donde radiquen los bienes o derechos

afectados por la instalación, para su exposición al

público por un período de 20 días, para que las

personas interesadas puedan alegar la existencia de

errores en la relación mencionada, así como

formular las alegaciones procedentes, de acuerdo con

lo que disponen los artículos 145 y 147 del citado

Real decreto. Considerando que la empresa Endesa

Distribución Eléctrica, SL, no ha podido llegar a

un acuerdo con todos los propietarios afectados por

esta instalación eléctrica, se ha notificado

individualmente a los afectados, para que puedan formular

las alegaciones que sean procedentes.

En el plazo otorgado los propietarios afectados

no se han manifestado.

De acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del

Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por

el que se regulan por el que se regulan las actividades

de transporte, distribución, comercialización,

suministro y procedimientos de autorización de

instalaciones de energía eléctrica, se solicitó informe al

Ayuntamiento de Les Masies de Voltregà, la Agencia

Catalana del Agua y Dirección General de

Carreteras del Departamento de Política Territorial y

Obras Públicas, los cuales, previa reiteración, no

se han manifestado. Asimismo el Ayuntamiento de

Santa Cecilia de Voltregà, la Diputación de

Barcelona y Telefónica, SA, han presentado

condicionantes al proyecto, los cuales han sido aceptados

por la empresa peticionaria.

Cumplidos los trámites administrativos que

disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

régimen jurídico de las administraciones públicas

y del procedimiento administrativo común, y la Ley

13/1989, de 14 de diciembre, de organización,

procedimiento y régimen jurídico de la Administración

de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

1. Autorizar a la empresa Endesa Distribución

Eléctrica, SL, nueva línea eléctrica aérea a 25 kV,

dos circuitos, ER Santa Cecilia-Lacambra, en los

términos municipales de Santa Cecilia de Voltregà

y Les Masies de Voltregà (Osona).

2. Declarar la utilidad pública de la instalación

eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad

pública lleva implícita la ocupación urgente de los

bienes y derechos afectados que fueron sometidos

a información pública en el anuncio publicado en

el DOGC núm. 3925, de 15.7.2003, y comporta

las afecciones descritas en el mismo.

3. Aprobar el proyecto el proyecto de ejecución

de esta instalación, con las características técnicas

siguientes:

Descripción de la línea, que abarca 6 tramos

diferentes:

1. Línea aérea/subterránea desde la estación

receptora Santa Cecilia hasta el centro de

transformación CD 15033, Farga La Cambra. El tramo

aéreo se construirá con conductor LA-180 sobre

apoyos metálicos de celosía (T1 a T2) con una

longitud de 5.061 m. El tramo subterráneo con

conductor 18/30 kV, 3 ^ 400 Al, comienza a la

conversión A/S del apoyo T-32 y finaliza en el centro

de transformación CD 15033, Farga La Cambra,

con una longitud total de 678 m.

2. Línea aérea desde la estación receptora Santa

Cecilia hasta unirse con la línea aérea a 25 kV,

Ribes 1 y 2. Esta línea comparte apoyos con la

línea mencionada anteriormente desde la ER Santa

Cecilia hasta el apoyo T-26 (4.240 m) ya partir

de aquí se bifurca para enlazar con la línea de Ribes 1

y 2, con una vano de 99 m. Por este motivo es

necesario reemplazar uno de los apoyos de la línea

Ribes 1 y 2 por un nuevo apoyo metálico. Esta

línea se construirá con conductor LA-180 y la

longitud total será de 4.339 m.

3. Línea aérea/subterránea derivación de la Ln

25 kV Sant Quirze a CD 15027 y CD 15036. Se

desmonta un tramo de línea aérea que comienza

en la línea 25 kV Sant Quirze y acaba en el CD

15036 con una longitud total de 764 m y 7 apoyos

metálicos. En su lugar se instalará una nueva línea 2

circuitos un circuito para alimentar al CD 15033

y el otro para alimentar al CD 15027, CD 15036

y CD 15014. Este tramo común de doble circuito

va desde el apoyo T.28 al T.32, con una longitud

de 482 m con conductor LA-180. El tramo

subterráneo comienza en la conversión

aéreo-subterránea en el apoyo T.32 y acaba en el CD 15027

pasando por el CD 15036 con una longitud total

de 347 m con conductor 18/30 kV 3^240 AL.

4. Línea aérea 25 kV derivación al CD 15014

a Vilasertu. Se retensará ya que esta empezará en

el nuevo apoyo T.30 y tendrá una longitud de 43 m

con 3 conductores LAS-56.

5. Línea aérea 25 kV derivación a nuevo CD

Serratosa, empezará en el nuevo apoyo T.19 y tendrá

una longitud de 15 m con 3 conductores LA-56

y finalizará en el nuevo centro de transformación

intemperie, sobre apoyo metálico de celosía que se

construirá al lado de la masía La Soleia.

6. Línea subterránea 25 kV unión CD 15027

con CD 15033, comenzará en el CD 15027

Vinyoles 2 y finalizará en CD 15033 Farga La Cambra.

Este circuito se instalará en la misma zanja que

la línea del apartado 1. Tendrá una longitud total

de 361 m con conductor 18/30 kV 3x240 AL, que

en principio se dejará en reserva.

Finalidad: ampliar el suministro de energía

eléctrica de la empresa Farga La Cambra.

Presupuesto: 246.029,00 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo

dispuesto en la normativa anteriormente citada, así

como el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto

1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de

instalación, ampliación y traslado de industrias, y

sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones deberán realizarse de

acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero

técnico industrial señor Antoni Queralt i López y

visado por el Colegio de Ingenieros Industriales de

Manresa, con el núm. 62588, en fecha 25 de marzo

de 2003 con las variaciones que, si procede, se

soliciten y autoricen.

2. La construcción y el funcionamiento de esta

instalación eléctrica se someten a lo establecido en

el Reglamento sobre condiciones técnicas y

garantías de seguridad en centrales eléctricas,

subestaciones y centros de transformación, aprobado por

el Real decreto 3275/1982, de 12 noviembre, y sus

instrucciones técnicas complementarias, aprobadas

por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984;

el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión,

aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de

noviembre; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad

de las instalaciones industriales, y el resto de

disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular será la responsable del

uso, la conservación y el mantenimiento de la

instalación, de acuerdo con las condiciones de

seguridad que requiere la normativa vigente.

4. El plazo para la puesta en marcha de la

instalación autorizada será de dos años a contar desde

la fecha de publicación de esta Resolución el Diari

Oficial de la Generalitat de Catalunya.

5. La Dirección General de Energía Y Minas

podrá realizar, durante las obras y una vez

finalizadas estas, las comprobaciones y pruebas que

considere necesarias en relación con el cumplimiento

de las condiciones generales y especiales de esta

Resolución.

6. Con esta finalidad, el titular de la instalación

comunicará al mencionado órgano administrativo

el inicio de las obras, las incidencias dignas de

mención durante su curso y también su finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de

las obras se adjuntará el certificado de dirección

y finalización de la instalación que acredite que estas

se ajustan al proyecto aprobado, que se ha dado

cumplimiento a las normas y disposiciones antes

mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas

de las pruebas realizadas.

7. La Administración dejará sin efecto esta

autorización administrativa por las causas que establece

el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de

julio, y en el supuesto de incumplimiento por parte

del titular de la instalación, de las condiciones

impuestas en ésta.

En este supuesto, la Administración, con la

instrucción previa del expediente oportuno, acordará

la anulación de la autorización con todas las

consecuencias de orden administrativo y civil que se

deriven según las disposiciones legales vigentes.

8. Esta autorización se otorga sin perjuicio a

terceros y es independiente de las autorizaciones

o licencias de competencia de otros organismos o

entidades públicas necesarias para realizar las obras

y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso de alzada

ante el Director general de Energía y Minas, en

el plazo de un mes contado desde al día siguiente

al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, y según la redacción dada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 24 de diciembre de 2003.-Joseph M.

de Juan i Capdevila, Jefe del Servicio de Energía

Eléctrica.-6.430.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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