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Documento BOE-B-2004-49082

Anuncio del Instituto Municipal de Hacienda de Barcelona sobre subasta de bienes inmuebles: Vivienda en planta tercera, puerta segunda en la calle Aribau, 218 al 224, de Barcelona y otro.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2004, páginas 1801 a 1801 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2004-49082

TEXTO

Antoni Rodríguez Sivera, Director Gerente del

Instituto Municipal de Hacienda de Barcelona,

Comunica: De conformidad con lo que dispone

el artículo 146 del Reglamento General de

Recaudación, se pone en conocimiento de los deudores

y de todas las personas a quien interese, que en

los expedientes de apremio que se relacionan al

final de este edicto, se ha dictado la siguiente:

"Providencia.-De conformidad con lo que

dispone el artículo 146 del Reglamento General de

Recaudación y autorizada por la Tesorera la

enajenación de los bienes embargados a los deudores

relacionados al final de este edicto, se proceda a

la celebración de la subasta de los mencionados

bienes, en la sala M.a Aurelia Campmany, en el

Pati Llimona, calle Regomir, 3, de Barcelona, el

día 25 de marzo de 2004, a las doce horas.

Sean observadas en su trámite y realización las

prescripciones de los artículos 146, 147 y 148 del

mencionado Reglamento, señalando que el tipo de

subasta de los bienes a enajenar será el que se indica

para cada uno de ellos.

Sea notificada esta providencia al deudor y a todas

las personas interesadas y sea anunciado al público

mediante edictos en el Boletín Oficial de la Provincia

y, en su caso, en el Boletín Oficial del Estado, en

la forma reglamentaria."

Y, en cumplimiento de lo manifestado, se publica

el presente edicto convocando a los licitadores y

advirtiendo a todos los que deseen tomar parte en

la subasta, lo siguiente:

1. Los bienes embargados a enajenar son los

que se relacionan al final de este edicto.

2. Los licitadores deberán constituir el

preceptivo depósito de garantía, que podrá hacerse desde

el día de la publicación del presente edicto hasta

el día anterior a la celebración de la subasta en

la Tesorería Municipal, plaza San Miguel, 3-5,

1.a planta, en horario de lunes a jueves de 9,00

a 13,30 horas y de 16,30 a 18,00 horas y el viernes

de 9,00 a 13,30 horas, y que será del 20 por 100

del tipo de subasta, con la advertencia de que el

citado depósito se ingresará en firme en la Tesorería

Municipal si los adjudicatarios no satisfacen el

precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades

en que incurrirán por los mayores perjuicios que

sobre el importe del depósito origine la inefectividad

de la adjudicación.

3. Constituido el depósito para cualquier

licitación, se considerará que el depositante ofrece la

postura mínima, que corresponde al tipo de subasta,

por el solo hecho de haberlo realizado y sin perjuicio

de que puede efectuar otra u otras posturas en sobre

cerrado o durante las licitaciones correspondientes.

En caso de no producirse posturas al alza, se

entenderá automáticamente adjudicado al licitador que

primero haya constituido el depósito.

4. Los licitadores podrán entregar o presentar

sus ofertas en sobre cerrado, por el importe

resultante de añadir números enteros de tramos al precio

de redondeo que se indica para cada uno de los

bienes.

5. En el caso de que una oferta en sobre cerrado

no se ajuste a los criterios anteriormente indicados,

se entenderá ofertado el importe inmediatamente

inferior que los cumpla.

Las propuestas se presentarán en la Tesorería

Municipal, plaza San Miguel, 3-5, 1.a planta, hasta

24 horas antes de constituirse la Mesa de la Subasta.

Estas ofertas, que tendrán carácter de máximas,

deberán ser registradas por orden, con indicación

de día y hora de presentación e ir acompañadas

de cheque conformado, al portador, por el importe

del depósito. En la sesión de subasta, la Mesa licitará

en nombre de los ofertantes en sobre cerrado, de

la misma forma que lo harían los propios

interesados, sin sobrepasar el límite máximo fijado en

la oferta; es decir, empezando con el precio de salida

o tipo de licitación y, si hay más interesados en

el lote, continuará ofreciendo nuevos importes

sujetos a los tramos de licitación fijados para el lote,

hasta que nadie ofrezca más cantidad o sea superada

la ofertas máxima que consignó el ofertante en el

sobre cerrado. No obstante, si los ofertantes en sobre

cerrado están presentes en la sala, podrán, previa

identificación hacer posturas superiores a las del

sobre cerrado, una vez se vean superadas por las

ofertas de los licitadores presentes en la sala.

En caso de concurrencia de diferentes ofertas en

sobre cerrado, empezará la admisión de posturas

a partir de la segunda más alta de aquellas y será

adjudicataria la postura más alta por el tramo

superior a la segunda, en el caso de no existir otras

ofertas.

6. La primera postura será al alza por redondeo

y las sucesivas se ajustarán a los tramos, de acuerdo

con la tabla siguiente:

De 0 a 10.000 euros, tramo 250.

De 10.001 a 25.000 euros, tramo 500.

De 25.001 a 100.000 euros, tramo 1.000.

De 100.001 a 250.000 euros, tramo 2.000.

De 250.001 a 500.000 euros, tramo 3.000.

De 500.001 a superiores euros, tramo 5.000.

7. Los licitadores deberán conformarse con los

títulos de propiedad que se hayan aportado al

expediente, sin tener derecho a exigir otros. Los títulos

disponibles podrán ser examinados por aquellos a

quien interese, hasta el día anterior al de la subasta,

en las oficinas del Instituto Municipal de Hacienda

de Barcelona.

8. La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

9. El rematante deberá entregar a partir del día

siguiente a la adjudicación y dentro del plazo de

los cinco días siguientes, en las oficinas del Instituto

Municipal de Hacienda de Barcelona, avenida

Litoral, 30, 2.a planta, la diferencia entre el depósito

constituido y el precio de la adjudicación. Si el pago

no se efectúa, el adjudicatario perderá el importe

del depósito.

10. Las cargas y gravámenes anteriores y

preferentes a la anotación preventiva de embargo

quedarán subsistentes, sin aplicar el precio del remate

a su extinción.

11. La Mesa de la Subasta podrá, cuando así

lo estime pertinente y previa deliberación, acordar

la realización de una segunda licitación, una vez

finalizada la primera, de los bienes que no hayan

sido adjudicados en ésta.

12. Los bienes no enajenados en subasta podrá

adjudicarse mediante venta por gestión directa,

conforme al procedimiento establecido en el

artículo 150 del Reglamento de Recaudación.

13. Caso de existir derechos de tanteo y retracto,

la adjudicación quedará en suspenso hasta que se

dé cumplimiento a los requisitos legales exigidos

en los respectivos derechos de adquisición

preferente.

14. La devolución a los licitadores no

adjudicatarios se hará en las mismas dependencias

municipales donde se constituyeron los depósitos.

15. Todos los gastos originados por la

adjudicación de los bienes serán por cuenta del rematante.

Advertencias: Los posibles acreedores

hipotecarios o pignoraticios, forasteros o desconocidos y

el cónyuge, en su caso, se tendrán por notificados

con plena validez legal, con la publicación del

presente edicto, así como todos los demás interesados

en el expediente.

En el caso de no poderse notificar la providencia

de subasta al deudor por ignorarse su domicilio,

haber rehusado la notificación o encontrarse

reiteradamente ausente en su domicilio, se dará por

notificado con plena validez legal, mediante la

publicación del presente edicto.

El Instituto se reserva el derecho de pedir la

adjudicación de los bienes que no hubiesen sido

rematados, conforme a lo que dice el artículo 158 y

siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Contra el presente acto se puede interponer

recurso de reposición ante la Alcaldía, de conformidad

con lo que establece la Ordenanza Fiscal General

de Barcelona, en el plazo de un mes a contar desde

la publicación del presente edicto en el Boletín

Oficial del Estado, o cualquier otro que estime

procedente.

La interposición de recurso sólo podrá suspender

el procedimiento en los casos y condiciones que

fija el artículo 101 del Reglamento General de

Recaudación.

En todo aquello no previsto en este edicto, se

estará a lo preceptuado en las disposiciones legales

que regulen el acto y confieran algún derecho a

favor de terceros.

Relación de bienes a enajenar:

Urbana: Departamento 42, planta tercera, puerta

segunda. Vivienda de la escalera números 218

al 224 de la calle Aribau, de Barcelona. Superficie:

188,53 metros cuadrados. Coeficiente: 1,153

por 100.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número

15 de Barcelona, a favor de Magdalena Homar

Ferrer de Sant Jordi, en el tomo 268, libro 268,

folio 41, finca 16.058-N.

Derechos del deudor: Dominio.

Valoración: 443.900,00 euros.

Cargas que han de quedar subsistentes:

103.070,50 euros (hipoteca Caja Madrid).

Tipo de subasta: 340.829,50 euros.

Primera postura de rendondeo: 342.000 euros.

Tramos de subasta: 3.000 euros.

Urbana: Porción de terreno sito en Barcelona,

barriada de San Martín de Provensals, señalado con

los números 120 al 126 de la calle Josep Pla de

Barcelona. Superficie: 129,38 metros cuadrados.

Inscrito en el Registro de la Propiedad número

21 de Barcelona, a favor de Olimpia Park, S. L.,

en el tomo 2.217, libro 181, folio 144,

finca 14.318-N.

Derechos del deudor: Dominio.

Valoración: 626.200,00 euros.

Cargas que han de quedar subsistentes: 39.393,05

euros (juicio ejecutivo 884/96, Banco Sabadell).

Tipo de subasta: 586.806,95 euros.

Primera postura de redondeo: 590.000 euros.

Tramos de subasta: 5.000 euros.

Barcelona, 17 de febrero de 2004.-La Secretaria

Delegada, Paloma González Sanz.-&6.128.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Cataluña
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Varios lotes de servicios.

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