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Documento BOE-B-2004-52075

Anuncio del Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales por el que se notifica la resolución del expediente 48/03.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2004, páginas 1880 a 1880 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2004-52075

TEXTO

Notificación a D. José A. Penades Peris, titular

del Cinematógrafo "Dúplex Salas B y A", de

Valencia de la resolución de fecha 15 de diciembre último,

correspondiente al expediente sancionador número

48/03, por infracción de la normativa que regula

la actividad de exhibición cinematográfica, que se

hace por este medio por haberse intentado sin efecto

la notificación ordinaria del mismo al último

domicilio conocido, que es: C/ Cuenca, 64. 46008

Valencia cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

"Visto el expediente y la propuesta anterior, este

Instituto ha resuelto imponer a la empresa titular

del Cinematógrafo "Dúplex Salas A y B" de

Valencia, la sanción de multa de mil quinientos sesenta

y dos euros (1.562 euros)".

Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos

previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y

Procedimiento Administrativo Común, significando que

el texto íntegro de la citada Resolución se encuentra

archivado en la Secretaría General de este

Organismo, Plaza del Rey, n. 1, en Madrid. Esta

resolución es definitiva en la vía administrativa, de

acuerdo con lo establecido en la disposición adicional

decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril,

de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado (LOFAGE), y contra

la misma cabe interponer recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido

en el artículo 9, c) de la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar

desde el día siguiente a la fecha de la notificación

de la presente resolución, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1.998.

En el caso de no impugnarla directamente mediante

el recurso contencioso administrativo a que se refiere

el párrafo anterior, la presente resolución podrá ser

recurrida potestativamente en reposición, en el plazo

de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado,

de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 116 y 117

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción

dada por la Ley 4/1999 de 13 de Enero. Debo

manifestarle que, de interponerse el recurso de

reposición, el recurso contencioso-administrativo, no

podrá interponerse hasta que el de reposición haya

sido resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del mismo. El plazo máximo

para dictar y notificar la resolución del recurso de

reposición es de un mes, transcurrido el cual podrá

entenderse desestimado a los efectos de interponer

el recurso contencioso-administrativo.

Madrid, 12 de febrero de 2004.-La Secretaria

general, Milagros Mendoza Andrade.-6.523.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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