Está Vd. en

Documento BOE-B-2004-65092

Anuncio del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales por el que se notifica la Resolución del Director General de 3 de noviembre de 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2004, páginas 2359 a 2360 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2004-65092

TEXTO

Notificación a la empresa Guerrilla Films, S. L.,

del escrito de la Subdirectora general de Fomento

de la Industria Cinematográfica y Audiovisual del

Instituto de la Cinematografía y de las Artes

Audiovisuales de 20 de enero de 2004, por el que se

da traslado a la Resolución del Director general

del organismo, de fecha 20 de enero de 2004.

Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación

ordinaria al interesado, se notifica que por la

Subdirectora general de Fomento de la Industria

Cinematográfica y Audiovisual del Instituto de la

Cinematografía y de las Artes Audiovisuales se le ha

dirigido el escrito que se expresa en los siguientes

términos:

"El Ilmo. Sr. Director General, por Resolución

del día de la fecha, ha dispuesto cuanto sigue:

"Por resolución de esta Dirección General de

fecha 3 de noviembre de 2003 se concedió a la

productora cinematográfica Guerrilla Films, S. L.,

con CIF B82795857, una ayuda al cortometraje

realizado ``Golpe de Suerte'',por un importe

de 98,38 euros, al amparo de lo dispuesto en la

Ley 15/01 de 9 de julio y en el artículo 12 del

Real Decreto 526/02 de 14 de junio, y de acuerdo

con la convocatoria de estas ayudas para el año

2003 (Resolución de 30 de diciembre 2002, BOE del

28 de enero de 2003).

En el punto tercero de la citada resolución, se

indicaba que la percepción de la subvención quedaba

condicionada a que el beneficiario acreditase en el

plazo de un mes el cumplimiento de las obligaciones

establecidas en el punto undécimo, apartado B.4

de la Orden de 4 de mayo de 1998, así como la

presentación de las certificaciones acreditativas de

encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus

obligaciones fiscales y para con la Seguridad Social,

así como la fotocopia del último recibo de pago

del AE.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto

y dado que la productora no ha aportado toda la

documentación requerida y que la última fecha para

tramitar los expedientes económicos, en sus fases

de reconocimiento de obligación y pago, finalizaba

el 30 de diciembre de 2003, esta Dirección General

ha resuelto dejar sin efecto la ayuda concedida a

la mencionada productora que figuraba incluida en

la resolución de 3 noviembre de 2003".

La presente resolución pone fin a la vía

administrativa, por lo que contra la misma puede

interponer en el plazo de dos meses desde el día siguiente

a la fecha de su notificación, recurso

contencioso-dministrativo, ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, conforme a lo

establecido en el artículo 9.C) de la Ley 29/98, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-administrativa (Boletín Oficial del Estado de 14

de julio de 1998).

En el caso de no impugnarla directamente

mediante el recurso contencioso-administrativo a que se

refiere el párrafo anterior, la presente resolución

podrá ser recurrida potestativamente en reposición,

enel plazo de un mes y ante el mismo órgano que

la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los

artículos 116 y 117 del la Ley 30/92, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley

4/99, de 13 de enero.

Debo manifestarle que, de interponerse el recurso

de reposición, el recurso contencioso-administrativo

no podrá interponerse hasta que el de reposición

haya sido resuelto expresamente o se haya producido

la desestimación presunta del mismo. El plazo

máximo para dictar y notificar la resolución del recurso

de reposición es de un mes, transcurrido el cual

podrá entenderse desestimado a los efectos de

interponer el recurso contencioso-administrativo.

Madrid, 2 de marzo de 2004.-La Secretaria

General, Milagros Mendoza Andrade.-&8.539.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid