Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras de fecha 3 de febrero de 2004, y Resolución
complementaria de fecha 5 de febrero de 2004,
se aprueba el proyecto de construcción arriba
indicado y se ordena a esta Demarcación la incoación
del expediente de expropiación forzosa de los bienes
y derechos afectados por las obras de ejecución
del proyecto aprobado.
Es de aplicación el apartado 1 del Art. 8 de la
Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras,
modificado por el artículo 77 de la Ley 24/2001, de
27 de diciembre, a cuyo tenor se declara de urgencia
la ocupación de los bienes por la expropiación
forzosa a que dé lugar la construcción de la mencionada
obra. La tramitación del correspondiente expediente
expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al
procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52
de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954, y concordantes de su
Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el art. 98 de la Ley
de Expropiación Forzosa y atendiendo a lo señalado
en las reglas 2.a y 3.a de su Art. 52, ha resuelto
convocar a los propietarios que figuran en la relación
que se hará publica en el Boletín Oficial de la
Provincia de Lugo, y que se encuentra expuesta en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villalba,
así como en el de la Unidad de Carreteras del Estado
en Lugo y en esta Demarcación de Carreteras, para
que asistan al levantamiento de las actas previas
a la ocupación en el lugar, día y hora que a
continuación se indica:
Término municipal: Villalba. Lugar:
Ayuntamiento de Villalba.
Fincas n.o: de la 001 a la 070.
Día y hora: veinte de abril de dos mil cuatro,
de nueve y media a trece y media horas.
Fincas n.o: de la 071 a la 105.
Día y hora: veinte de abril de dos mil cuatro,
de dieciséis a dieciocho horas.
Fincas n.o: de la 106 a la 175.
Día y hora: veintiuno de abril de dos mil cuatro,
de nueve y media a trece y media horas.
Fincas n.o: de la 176 a la 210.
Día y hora: veintiuno de abril de dos mil cuatro,
de dieciséis a diciocho horas.
Fincas n.o: de la 211 a la 280.
Día y hora: veintidós de abril de dos mil cuatro,
de nueve y media a trece y media horas.
Fincas n.o: de la 281 a la 315.
Día y hora: veintidós de abril de dos mil cuatro,
de dieciséis a dieciocho horas.
Fincas n.o: de la 316 a la 385.
Día y hora: veintitrés de abril de dos mil cuatro,
de nueve y media a trece y media horas.
Fincas n.o: de la 386 a la 455.
Día y hora: veintiséis de abril de dos mil cuatro,
de nueve y media a trece y media horas.
Fincas n.o: de la 456 a la 490.
Día y hora: veintiséis de abril de dos mil cuatro,
de dieciséis a dieciocho horas.
Fincas n.o: de la 491 a la 560.
Día y hora: veintisiete de abril de dos mil cuatro,
de nueve y media a trece y media horas.
Fincas n.o: de la 561 a la 595.
Día y hora: veintisiete de abril de dos mil cuatro,
de dieciséis a dieciocho horas.
Fincas n.o: de la 596 a la 667.
Día y hora: veintiocho de abril de dos mil cuatro,
de nueve y media a trece y media horas.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en los diarios "El Progreso" y
"La Voz de Galicia", así como en el Boletín Oficial
del Estado.
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar a su costa, de Peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplados en los Arts. 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de
Expropiación Forzosa para que en el plazo de quince
días (que, conforme establece el Art. 56.2 del
Reglamento de Expropiación Forzosa podrán prorrogarse
hasta el momento en que se proceda al
levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación),
los interesados puedan formular, por escrito, ante
esta Demarcación de Carreteras (calle Concepción
Arenal, número 1-1.o, 15071 A Coruña) alegaciones
a los solos efectos de subsanar posibles errores que
se hayan producido al relacionar los bienes afectados
por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
A Coruña, 4 de marzo de 2004.-El Ingeniero
Jefe de la Demarcación, Ángel González del
Río.-10.078.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid