Habiendo sido intentada infructuosamente en el
último domicilio conocido la notificación personal
a Katerin Congresos, S.A., e ignorándose su
domicilio actual y conforme previene el Artículo 59.4
de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se notifica:
Por la presente se le reclama en período
voluntario, al amparo de lo dispuesto en el R.D.
1684/1990 de 20 de diciembre por el que se aprueba
el Reglamento General de Recaudación, el abono
de la cantidad pendiente de pago correspondiente
al contrato de servicio de bar, cafetería y restaurante
del Palacio de Congresos de Madrid firmado
el 01/11/1987. De acuerdo con la Cláusula Novena
e) del Pliego de Cláusulas de dicho contrato el
contratista se compromete al pago de determinados
conceptos como agua, luz, gas, teléfono y otros.
La cantidad a la que asciende la presente
liquidación se halla pendiente de abono al no resultar
cubierta por la incautación de la garantía constituida
para garantizar el cumplimiento de las obligaciones
de dicha relación jurídica, realizada en aplicación
de los artículos 47.4 y 43.2 del Real Decreto
Legislativo 2/2000 por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas.
La deuda pendiente de abono, tras ser satisfecha
parcialmente con cargo a la incautación de la fianza,
proviene de los siguientes conceptos:
Fact. n.o 178/96 de fecha 30/04/1996 "Cuota
de abono y gastos teléfono; Iberdrola; prestación
de servicios; gastos de taxi de personal y Canal
de Isabel II" por 858.950 pesetas (5.162,39 euros).
Fact. n.o 230/96 de fecha 31/05/1996 "Cuota
de abono y gastos teléfono, Gas Natural, Iberdrola"
por 1.008.843 ptas. (6.063,27 euros).
Fact. n.o 234/96 de fecha 31/05/1996 "Gastos
de fotocopias" por 60.406 ptas. (363,05 euros).
Fact. n.o 274/96 de fecha 29/06/1996 "Cuota
de abono y gastos teléfono; prestación de servicios;
gastos de taxi de personal y Canal de Isabel II"
por 374.991 ptas. (2.253,74).
Fact. n.o 282/96 de fecha 11/07/1996 "Alquiler
servicios de seguridad en Pub Castellana" por
34.452 ptas. (207,06 euros).
Fact. n.o 311/96 de fecha 31/07/1996 "Cuota
de abono teléfono; Iberdrola; prestación de servicios;
Canal de Isabel II" por 938.697 ptas. (5.641,68
euros).
Fact. n.o 404/96 de fecha 31/10/1996 "Cuota
de abono y gastos teléfono; prestación de servicios;
gastos de taxi de personal; Canal de Isabel II; Gas
Natural" por 429.200 ptas. (2.579,54 euros).
Año 1996 no prescrito: 3.705.539 ptas.
(22.270,74 euros).
Ingreso fianza incautada 17/06/2003: -3.600.000
ptas. (-21.636,44 euros).
Total deuda: 105.539 ptas. (634,30 euros).
La cifra resultante de la presente liquidación se
desglosa en: 532.81 euros por los conceptos referidos
anteriormente y 101,89 por el Impuesto sobre el
Valor Añadido (IVA).
Con este escrito se adjunta copia de las referidas
facturas, notificadas válidamente en su día, y del
acuerdo de incautación de la fianza por la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera.
Plazos para efectuar el ingreso (artículo 20 del
Reglamento citado):
1. Recibida la notificación entre los días 1 al
15 de cada mes, desde la fecha de la notificación
hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil
posterior.
2. Recibida la notificación entre los días 16 al
último de cada mes, desde la fecha de la notificación
hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato
hábil posterior.
El vencimiento del plazo de ingreso en período
voluntario sin que se haya satisfecho la deuda
determinará la exigibilidad del recargo de apremio
establecido y el devengo de los intereses de demora
hasta la fecha de ingreso de la deuda no tributaria,
en aplicación del Artículo 36 de la Ley General
Presupuestaria.
Medio de pago: Mediante transferencia bancaria
en la Cuenta Corriente que este Organismo tiene
abierta en el Banco de España de Madrid C/ Alcalá
50 Código Postal 28014 Entidad 9000 Sucursal
0001 D.C. 20 con el número 020-000896-5, a
nombre del Instituto de Turismo de España.
Recursos: La presente liquidación puede ser
recurrida en el plazo de un mes a contar desde
el siguiente al de su notificación, potestativamente
en reposición ante la Presidencia del Instituto de
Turismo de España, o ser impugnada directamente
ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora
de dicha Jurisdicción.
Madrid, 15 de marzo de 2004.-El Subdirector
de Gestión Económico-Administrativa, José Muñoz
Contreras.-10.033.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid