En cumplimiento de la obligación legal contenida
en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, se notifica a don Daniel Fernández Guillot,
con D.N.I. 44.504.733, con último domicilio
conocido en Calle Ifach, portal número 82, P-7, Valencia,
el extracto de la resolución dictada en procedimiento
de reintegro por pagos indebidos en la nómina de
la Armada relativo al interesado, por los motivos
siguientes:
Concepto del pago indebido: El interesado causó
baja en la Armada el día 26 de diciembre de 2002,
por finalización del compromiso; sin embargo, le
fue abonada en su totalidad la nómina del referido
mes.
Fecha de la nómina del pago indebido: diciembre
de 2002.
Importe total a reintegrar por pago indebido:
32,43 euros.
Por lo expuesto, de conformidad con el
artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre
y en virtud de las competencias atribuidas a esta
Dirección en el punto 5 de la Orden del Ministerio
de Defensa 22/1991, he resuelto anular la nómina
correspondiente al mes de diciembre de 2002, en
lo que afecta exclusivamente al pago indebido
producido y, en consecuencia, declaro indebido el pago
de treinta y dos euros con cuarenta y tres céntimos
(32,43) percibidos por el interesado.
La presente resolución pone fin a la vía
administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante mi Autoridad,
en el plazo de un mes, o bien recurso
contenciosoadministrativo ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses,
en ambos casos a contar desde el día siguiente en
que la misma le sea notificada.
El expediente del presente procedimiento se
encuentra a disposición del interesado en la Sección
de Retribuciones de la Dirección de Asuntos
Económicos de la Armada, Calle Juan de Mena, 1,
28014 Madrid.
Madrid, 24 de marzo de 2004.-Por delegación
del Ministro de Defensa (O.M. 4/1996, de 11 de
enero BOE 16), el Director de Asuntos Económicos
de la Armada, D. Pedro Fernández
Estalayo.-11.216.
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