Por Resolución de la Consejería de Industria y
Empleo de 16/03/2004, y a la vista de la solicitud
de Declaración de Utilidad y posterior expropiación
forzosa por vía de urgencia realizada por la sociedad
"Northeolic Sierra de Bodenaya, S. L.", a cuyo favor
ha sido autorizada administrativamente con fecha
24 de enero de 2002 la instalación de un parque
eólico en la Sierra de Bodenaya, sito en el Concejo
de Salas y cuyo Proyecto de Ejecución ha sido
aprobado por Resolución de 04/02/2004, al amparo de
lo establecido en el Título IX de la Ley 54/1997,
de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y en el
Capítulo V del Título VII del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica y, en
cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 18 y 19
de la Ley de Expropiación Forzosa de 16.XII.1954,
y art. 144 del R. D. 1955/2000, se ha acordado
la información pública del expediente de referencia
durante un período de veinte días contados a partir
de su publicación.
Dicho Proyecto de Ejecución, aprobado por
Resolución de esta Consejería de 04/02/2004, con
informe favorable de la Consejería de Medio Ambiente
de 30/05/2003, ha sido redactado conforme a la
Declaración de Impacto Ambiental publicada en
el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.o
130, el 06/06/2000, al Acuerdo de la Comisión
Permanente del Patrimonio Histórico de Asturias
de 09/05/2000 y al Acuerdo de la Comisión de
Urbanismo y Ordenación del Territorio de
18/09/2000. Igualmente tanto el Parque Eólico
"Sierra de Bodenaya" como su línea de evacuación
tienen licencia de obras del Ayuntamiento de Salas
de 28/03/2003.
Destacar que para la ejecución de la línea la
sociedad "Northeolic Sierra de Bodenaya, S. L.", ha
llegado a un acuerdo para la ocupación y servidumbre
creada por la línea con un total de 40 propietarios
de los 41 afectados.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente del propietario de los terrenos y
demás afectados por la pretensión de "Northeolic
Sierra de Bodenaya, S. L.", cuya relación se inserta
al final de esta Resolución para que pueda ser
examinado el expediente en la Dirección General de
Minería, Industria y Energía (plaza de España, n.o
1, 3.a planta, Oviedo), con el objeto de alegar por
escrito los datos oportunos para rectificar posibles
errores de la relación.
Oviedo a 17 de marzo de 2004.-El Coordinador
de Asesoramiento Jurídico Administrativo, Gonzalo
Martín Morales de Castilla.-11.269.
Anexo PE-8-EXP
Finca afectada por la imposición de servidumbre
de paso de energía eléctrica, con objeto de dar
cumplimiento al Proyecto de Ejecución del Parque Eólico
"Sierra de Bodenaya" y su línea de evacuación,
Concejo de Salas
Beneficiaria de la expropiación: "Northeolic Sierra
de Bodenaya, S. L."
N.o: 1. Paraje: La Rozona, La Espina, Salas. Datos
catastrales: Polígono 51, finca 23. Extensión (m2):
7.324. Superficie afectada por el vuelo de la línea:
Un vuelo de 67 m en una banda de 18 m de ancho.
Total: 1.206 m2 Titular: Doña Margarita del Oso
Oso. Observaciones: No hay apoyos en la finca.
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